QUECHULA, PUEBLO DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0017 · Unidad documental simple · 1643/09/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Juan García Valero, Alcalde de mesta y vecino de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Domingo Moreno y a Sebastián de Perera, vecinos del pueblo de Quichula [Quechula], en la provincia de Tepeaca, la cantidad de tierras que tiene en jurisdicción de esta villa, en el pago que llaman la Mata de los Otates, desde el arroyo que llaman del Zezenal [Azezenatl] hasta otro arroyo que pasa de la dicha mata al naranjal, linda por esa parte con la corriente de dicho arroyo; por la banda de abajo con tierras de Juan de la Rea; por otra parte con tierras que fueron de Agustín [roto]; y por la parte de arriba mira al cerro de Zacatepeque [Zacatepec], con linde [roto] tierras del Capitán Juan de [Miranda]. El arrendamiento es por tiempo de seis años que empezarán a contar desde el primer día de [1644], por precio de 100 pesos anuales.

              ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0005-PC_0005_0001 · Unidad documental simple · 1649/05/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Durán, vecino de esta villa, como principal y Pedro Durán, su hermano, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], como su fiador y principal pagador, se obligan a pagar a Juan Martínez Romano, vecino de esta villa, 90 pesos de oro común en reales de contado dentro de dos meses, cuya cantidad es el resto de 100 pesos y 10 fanegas de maíz en que se concertaron por todo lo que hasta la fecha le deben al dicho Juan Martínez Romano como heredero de Dionisio Francisco, su difunto suegro, por el arrendamiento de un rancho que este último hizo a Juan Durán.

              JUAN GARCÍA DE MIRANDA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0007 · Unidad documental simple · 1673/02/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jhoan [Juan] Pecellin [Pezellin] Vaca, vecino [roto] jurisdicción de Orizaba, arrendatario del molino de la Puente; Francisco de Aguilar, Regidor de la villa de Córdoba; y el Capitán Joseph [José] Blanco, ambos vecinos de esta villa, otorgan poder a Gaspar [de los Reyes], vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en nombre del dicho Juan Pecellin [Pezellin] Vaca haga arrendamiento con el Señor Conde del Valle Vizconde de San Miguel, del dicho molino de pan moler nombrado de la Puente, que su señoría tiene en esta jurisdicción. Dicho arrendamiento ha de ser por los años y precio que le parezca, con la obligación y condiciones con que lo ha tenido arrendado el año pasado, obligando como fiadores a Francisco de Aguilar y al Capitán Joseph [José] Blanco.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0010 · Unidad documental simple · 1683/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Flores, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de dar y pagar al Bachiller Gaspar Durán, a doña María, Antonia y Josepha [Josefa] de Cárdenas Durán, hermanos, vecinos del pueblo de Quichula [Quechula], hijos y legítimos herederos de Pedro Durán, difunto, 250 pesos de oro común por otros tantos que dicho Bachiller, sus hermanas y él convinieron en la dependencia del arrendamiento de doscientas cabras y sesenta y ocho ovejas, que el difunto Pedro, le arrendó, de los que ha de pagar 40 pesos anuales, que corren desde hoy día de la fecha hasta concluir los 250 pesos.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0009 · Unidad documental simple · 1683/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              [Diego Flores] vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de pagar al [Bachiller Gaspar Durán] Clérigo Presbítero, a doña María, doña Antonia y Josepha [Josefa] de Cárdenas Durán, hermanas, vecinas del pueblo de Quichula [Quechula], provincia de Tepeaca, 250 pesos de oro común, por otros tantos que dicho Bachiller y él convinieron en la dependencia del arrendamiento de doscientas cabras y sesenta y ocho ovejas que Pedro Durán, padre de los susodichos, le arrendó, y por el valor de las dichas 200 cabras que dejó de entregarle, cantidad de pesos que pagará a los susodichos a razón de 40 pesos anuales que empezarán a correr desde hoy día de la fecha hasta que dicha cantidad quede satisfecha. Y estando presente Joseph [José] de Bonfil, vecino de Quechula, apoderado de los susodichos, señala que acepta lo contenido en esta escritura, y menciona que recibió de Diego Flores, a cuenta del primer plazo, dos bueyes mansos concertados en 10 pesos y dos novillos que se le han de abonar al susodicho.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL