QUECHULA, PUEBLO DE

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        QUECHULA, PUEBLO DE

          Términos equivalentes

          QUECHULA, PUEBLO DE

            Términos asociados

            QUECHULA, PUEBLO DE

              3 Descripción archivística resultados para QUECHULA, PUEBLO DE

              3 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0059 · Unidad documental simple · 1696/07/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Isidro Hernández de Seresero, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, residente en esta villa de Córdoba, declara deber al Regidor Miguel de Leyba, vecino de esta villa, 593 pesos 4 tomines de oro común, procedidos de 230 arrobas de azúcar [roto] a precio de 22 tomines que importaron [632 pesos] 4 tomines, de los cuales le había dado 40 pesos.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0064 · Unidad documental simple · 1698/07/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Carrillo, vecino del pueblo de Quechula y estante en esta villa, se obliga a pagar a Nicolás de Olivera, vecino de esta villa y poseedor de hacienda de beneficiar azúcar en su jurisdicción, 468 pesos de oro común, los mismos que Carrillo le estaba debiendo a don Miguel de Leyva, Regidor de esta villa, y dicho Olivera por hacerle amistad y buena obra le pagó a dicho regidor. Cuya cantidad irá pagando a Olivera desde el próximo 1 de octubre hasta que pague toda la cantidad, sacando todos los viajes de azúcar del trapiche de Olivera, y en cada mes un viaje en su recua conduciéndola a la ciudad de la Puebla de los Ángeles y donde la entregará al Capitán Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, encomendero de Olivera. Y se le ha de pagar a Carrillo de flete por cada carga de azúcar 4 pesos y dicho encomendero le ha de ir descontando del débito 40 pesos de oro en cada viaje. Para seguridad de la deuda hipoteca quince mulas de carga aparejadas de lazo y reata.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0055 · Unidad documental simple · 1698/06/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Carlos de Yarsaval, vecino del pueblo de Quechula y residente en esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Capitán Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, la cantidad de 466 pesos 6 reales de a 8 reales cada uno de oro común, que irá pagando con los fletes que haga con su atajo de mulas, sacando los azucares que fabrican en el trapiche de dicho capitán y llevándolos a la ciudad de los Ángeles y entregarlos al encomendero, al precio de 4 pesos por el flete de cada carga, y hasta que dicho debito esté satisfecho ha de pagar al encomendero de la ciudad de los Ángeles 20 pesos de oro en cada viaje. También se obliga a tener conservadas y aviadas sus quince mulas de todo lo necesario y sacar dichos azúcares hasta que esté satisfecha la deuda.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL