PRESBÍTEROS

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              1713 Archivistische beschrijving results for PRESBÍTEROS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0143 · Stuk · 1707/10/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud de su poder general otorga que vende al Alférez don José Gómez Dávila, su sobrino, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 caballerías de tierra y herido de molino, que por la parte del norte está entre el río de Atoyaque [Atoyac], y por la parte del sur con el río de Tleapa, que es el mismo que se le remataron a dicho su parte entre 57 sitios de tierra, en el juzgado general de bienes de difunto de esta Nueva España por bienes de Pedro Barrero. Las vende en precio de 500 pesos que han de quedar a censo principal redimible.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0015 · Stuk · 1712/02/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, exhibió una escritura de venta a censo de una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] Omealca, en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, que le vendió al susodicho don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la Puebla de los Ángeles, apoderado del Capitán Juan de Piña, en cantidad de 31 174 pesos que quedaron sobre dicha hacienda a censo redimible a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Presbítero de la santa iglesia catedral de la Puebla, maestro de escuela en ella, y se obligó el dicho Alférez don José Gómez Dávila a pagar en fin de cada año 2 000 por cuenta de dicho principal y sus réditos, para lo cual hipotecó dicha hacienda y juntamente la de los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y Juan de los Santos Cubillos; y la dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro. La escritura fue otorgada en la Puebla de los Ángeles en 13 de octubre de 1711.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0020 · Stuk · 1715/11/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, vecino de esta villa, por Rafael de Olivera que se halla estudiando en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, exhibió una escritura de imposición de capellanía de 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de sus réditos en cada un año, que situó y cargó José Antonio de los Santos Cubillos, albacea testamentario del Capitán Juan [de los Santos] Cubillos, su padre, difunto, sobre unas casas que quedaron por bienes de dicho difunto [roto], nombró por capellán interino al Bachiller don Francisco Fernández de Acevedo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y con el cargo de decir cincuenta misas rezadas por el alma de don Nicolás de Olivera, difunto, fundador de dicha capellanía, nombró por patrono de ella al señor cura que fuere de esta villa; la cual exhibió dicho bachiller para que se registre en este libro. La escritura fue otorgada el 15 del presente mes y año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0045 · Stuk · 1732/03/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel José Lázaro de Rosas, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, exhibió tres tantos de escritura de obligación otorgada por el susodicho como principal, en nombre y con poder del Capitán Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba, y don Juan Francisco Trápaga de Rosas, como sus fiadores, y todos de mancomún acuerdo se obligaron a pagar 4 000 pesos de oro común de principal a favor, los 2 000 de ellos de la capellanía de misas rezadas que fundaron Juan Alonso Gómez e Isabel Flores su mujer, de que es capellán propietario el Bachiller don Antonio de Bustamante, Presbítero, Promotor Fiscal de este obispado; los otros 1 000 de la capellanía de misas rezadas que de bienes de doña Petronila Fernández de Molina fundó dicho Bachiller don Antonio de Bustamante, de quien es patrono y capellán actual el Bachiller don Fernando Félix de Bustamante, Presbítero; y los 1 000 restantes de otra capellanía también de misas rezadas que fundó don Bartolomé de Aguayo, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad, y hoy sirve en propiedad el Bachiller don Salvador de Aguayo, Presbítero, capellán de coro de dicha iglesia; y a pagarlos dentro de dos años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año por medio de depósito irregular; siendo de saber que Diego Bringas sólo está constituido fiador por 3 000 pesos, don Juan Francisco Trápaga de Rosas por 1 000 pesos y dicho Licenciado don Manuel como principal de toda la cantidad; para cuyo seguro obligó sus bienes especialmente hipotecó una hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cossamaluapan [Cosamaloapan] y el ojo del agua; cuyas tierras se componen de 8 caballerías y linda por la parte de oriente y sur con las del Capitán don José de Segura y Ceballos, por la del norte con tierras realengas y por el poniente con tierras de don Alonso Gómez del Corro, con todo lo de su pertenencia; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro. Esta escritura fue otorgada en la ciudad de los Ángeles a los 17 días de este presente mes y año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0053 · Stuk · 1733/04/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, en nombre de doña Francisca María de Luna y Espinar, vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, viuda de segundo matrimonio del General don Juan Manuel de Rosas y Zorrilla, Caballero que fue del Orden de Calatrava, vecino de dicha ciudad, exhibió un testimonio de escritura su fecha en la ciudad de los Ángeles en primero de agosto de 1729, la cual se otorgó por dicho Licenciado don Manuel José como uno de los hijos legítimos de primer matrimonio, albacea y heredero del citado General don Juan Manuel, en virtud de la adjudicación que pidió y se le hizo de los bienes que quedaron por su fallecimiento, obligándose en ella a reconocer los principales y réditos que en la ocasión se estaban debiendo, con hipoteca de una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, en esta jurisdicción, y los demás bienes raíces y muebles que se hallan inventariados en los autos de su juicio divisorio, cuya hacienda está libre de censo e hipoteca, y tan sólo afecta a los principales y réditos siguientes: 3 000 pesos de principal en favor de los que quedaron por muerte del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís [roto]; 2 000 impuestos en la [capellanía] que sirve el Licenciado don Antonio Valverde, y 37 pesos y un tomín y 4 granos que se le deben de sus réditos; 1 200 pesos de principal impuestos en favor de los herederos del Licenciado don José López del Río y 39 pesos 2 tomines y 8 granos de sus réditos; 1 050 pesos de principal impuestos en favor del aniversario del Señor San Pablo que se celebra en la santa iglesia catedral de dicha ciudad de la Puebla y 20 pesos 4 tomines y 6 granos de los suyos; 1 000 pesos en favor de una memoria de misas que se sirve en la iglesia de Santa María Tustepeque [Tuxtepec] y 20 pesos 6 tomines y 8 granos de sus réditos; que las cantidades que importan estos y las de sus principales hacen la suma de 15 065 pesos y 6 tomines, cuya cantidad bajo de la expresa hipoteca de dicha hacienda se obligó a pagar dicho Licenciado don Manuel de Rosas cuando los quite y redima. Asimismo, se obligó en dicha escritura a pagar las cantidades de 12 245 pesos 7 tomines y 2 granos, los cuales se libraron a distintos individuos en la cuenta de división y partición de deudas. Y finalmente se obligó en dicha escritura a pagar a la dicha doña Francisca María de Luna y Espinar, su madre, la cantidad de 12 000 pesos de oro común resto de lo que se le libró contra dicho licenciado en la expresada cuenta por su dote, con la calidad expresa de que cada que la susodicha hubiere de poner en estado alguno de sus hijos, le dará propiamente en cuenta del débito principal la cantidad de pesos que necesite para su dote y gasto; y de su pedimento y en nombre de la dicha Francisca María de Luna se registró y firmó en el presente libro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0031 · Stuk · 1694/06/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Joseph [José] de Padilla, residente en esta villa de Córdoba, y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en voz y en nombre de Francisco Bauptista [Bautista] de Natera, Escribano de Su Majestad Público Propietario del número de dicha ciudad, otorga que vende al Licenciado Juan de Mesa [Meza], Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, un esclavo negro nombrado Antonio, que será de edad de veinte años poco más o menos, de nación Congo, que hubo y compró de Manuel Díaz Ferrera, vecino de la ciudad de la Habana. Lo vende en calidad de esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de empeño, deuda y enajenación, sin asegurarlo de ninguna enfermedad, vicio o defecto, al precio de 200 pesos de oro común que tiene recibidos en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0038 · Stuk · 1694/07/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Diego García Calvo, Presbítero [roto] de la iglesia parroquial de esta villa, dijo que por fin y muerte del Licenciado Miguel García Calvo, Presbítero, su tío, le toca y pertenece como segundo capellán el servir dos capellanías que el susodicho servía; y para que haya persona por parte del otorgante, otorga que da su poder especial al Licenciado Juan de Rivera [y] Grageda [Grajeda], Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre de los albaceas y herederos del referido Miguel García Calvo, la escritura de la fundación de las capellanías que servía dicho difunto que pertenecen servir al otorgante como segundo capellán, y con ella se presente ante el ilustrísimo señor obispo o ante los señores jueces y justicias para que con derecho pida a su señoría se sirva de [usar] al otorgante colación y canónica institución de dicha capellanía. Por su parte el otorgante se obliga a cumplir y guardar las cláusulas y condiciones de su fundación, por lo que otorga el presente con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0061 · Stuk · 1694/08/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa, dueño de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, misma que fue del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, fundada en 6 caballerías de tierra de que hizo merced Su Majestad a dicho capitán; dijo que por cuanto por mandato del Doctor y Maestro Carlos López Torriga [Torrija], Prebendado de la Catedral de la ciudad de los Ángeles, Juez de sus causas diesismales [decimales], testamento, capellanías y obras pías de este obispado, se está entendiendo por el Licenciado Diego García Calvo, Presbítero, Juez Comisario nombrado por dicho doctor, en [la] medida del sitio de tierra que llaman de Parada en esta [jurisdicción]. Y porque los cordeles que se han echado por Francisco de Arieta [Arrieta] vecino del pueblo de Quichula [Quechula], persona que llegó al dicho sitio, han sido en perjuicio y dañificando a dichas 6 caballerías en que está fundada dicha su hacienda; por cuya razón y por otras que le asisten contradijo dichas medidas para que en ningún tiempo le pudieran perjudicar. Por tanto, para que haya persona que por parte del otorgante pida lo que convenga y siga el artículo de dicha contradicción, otorga que da su poder especial al Alférez Antonio de Ábrego, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representación, parezca ante el Doctor y Maestro Carlos López Torriga [Torrija] y haga presentación del testimonio que le remite con este poder, y pida a su señoría se sirva declarar por nula y de ningún valor ni efecto dichas medidas por ser en perjuicio de las tierras de dicha su hacienda, y que Francisco de Arieta [Arrieta] se contenga en los linderos de dicho sitio que llaman de Parada; para todo lo cual haga pedimentos, requerimientos, citaciones, protesta, y pida embargos y desembargos y para lo que sea necesario se le da éste con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0063 · Stuk · 1694/08/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Gaspar de Venavente [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], vecino de esta villa, una mulata, su esclava, nombrada Ana que será de treinta y cinco años poco más o menos, la cual hubo y compró del Sargento Miguel Gallo Castellano [roto]. La vende por esclava [roto] perpetuo cautiverio y servidumbre, y por libre de [roto], enajenación e hipoteca, en precio de 320 pesos que tiene recibidos de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0079 · Stuk · 1694/11/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Miguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa, dijo que por cuanto el Licenciado Juan Valero [de] Graxera, Presbítero Domiciliario de este obispado, y vecino de Puebla de los Ángeles, tiene y posee en esta villa, una casa, baja de piedra y madera cubierta de teja, y el susodicho tiene contratado de venderle dicha casa al otorgante. Y para que haya persona que en su nombre ajuste con el susodicho, otorga poder especial al Capitán Diego López de Luna, mercader y vecino de dicha ciudad, para que en su nombre y representación ajuste la compra de la casa, con todo lo que le pertenece, cantidad de pesos y a los plazos que le ordenare por carta misiva, aceptando la escritura que se otorgare.

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