El Bachiller don José de Barros, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], otorga que vende a doña Micaela Ramos, viuda del Capitán Marcos Blanco y vecina de dicho pueblo, una mulata esclava nombrada Jacinta, de diecinueve años de edad, que hubo y compró de Agustín Domínguez, vecino que fue de dicho pueblo. La vende libre de empeño, enajenación e hipoteca en precio de 350 pesos de oro común en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOPRESBÍTEROS
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El Licenciado don Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, dijo que por cuanto su difunta tía Ana López de San José, mujer que fue de Juan García Calvo, vecina que fue de la jurisdicción de Izúcar, en el poder que para testar otorgó el 19 de julio de 1702, lo nombró como heredero junto con el Licenciado don Antonio García Calvo, Presbítero, y doña Rosa García Calvo, mujer de don Andrés José de Heredia, sus hermanos. Asimismo, dijo que entre los bienes que dejó su difunta tía se encuentra un ingenio de beneficio de hacer azúcar en la jurisdicción de Izúcar, el cual está sujeto y gravado con diferentes débitos y censos, y para el reconocimiento de ellos y paga de los réditos de los principales hasta que se quiten y rediman, otorga poder a don Andrés José de Heredia, su hermano, para que en su nombre, como tal heredero de Ana López, haga reconocimiento en forma de los censos que sobre dicho ingenio estuvieren cargados a favor de la persona o personas que legítimamente le pertenezcan.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Juan Bautista Carenzo y Solabona, vecino de la ciudad Nueva de la Veracruz, Correo Mayor y Depositario General en ella por Su Majestad, para que en su nombre pueda vender y venda por el más alto precio y al contado, un mulato esclavo nombrado Juan, cocho, de veinte años poco más o menos, el mismo que hubo y compró de Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, por escritura que otorgó el 30 de enero de este corriente año.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICONicolás de Bolaños, natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Alonso Hernández Bolaños y de Ana Hernández de Palacios, vecinos que fueron de esta villa, otorga poder al Licenciado don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero, vecino de esta villa, y a Felipa Martínez Carenzo, su legítima mujer, para que hagan y dispongan su testamento como se los tiene comunicado: Pide ser sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Benditas Ánimas. Declara estar casado con doña Felipa Martínez Carenzo y durante dicho matrimonio no han procreado hijos; y que los bienes con los que se haya, los han ganado entre los dos. Ordena que se den 50 pesos a Isabel Bolaños, hija natural, que se haya casada en el pueblo de Orizaba con Diego Marín Vanegas, oficial de herrero. Es su voluntad que a Ana bolaños, su hermana, se le dé un manto y una saya. Nombra por sus albaceas testamentarios al Licenciado don José Gutiérrez y doña Felipa Carenzo, y sólo por tenedora de bienes a su mujer. Y por única y universal heredera del remanente del quinto de sus bienes a Isabel de Bolaños, su hija natural, y a su esposa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José, en esta jurisdicción, otorga poder general al Licenciado Cristóbal Dávila, Clérigo Presbítero, su primo y vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, comenzados o por comenzar, demandados o defendiendo, con cualesquier personas, de cualquier estado y en cada uno, parezca ante Su Majestad y señores de sus Reales Consejos, Audiencia y Cancillerías. En segundo lugar, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de todas y cualquiera persona de sus bienes y albaceas, cajas reales y de difuntos y de quien con derecho pueda y deba todas y cualesquier cantidades de pesos, reales, joyas, esclavos, mercaderías y otros cualesquier géneros que se le deban. En tercer lugar, para que lo pueda obligar como principal o como su fiador principal pagador, juntos de mancomún, hasta cantidad de 4 000 pesos de oro común, obligándole a la paga de ellos en los plazos y con los premios que más bien visto fuere o cargándolos a censo redimible a favor de cualquier personas, conventos, capellanías, obras pías u otras partes donde los hallare y en especial y señaladamente sobre la dicha su hacienda de fabricar azúcar, a razón de 5 por ciento anuales, así como, obligándole a pagar sus réditos. En cuarto lugar, le da poder al susodicho para que pueda hacer con sus deudores cualesquier conciertos, esperas, transacciones, y quitas. Y, por último, para que pueda arrendar, en dicha ciudad de los Ángeles, una casa la que le pareciere a propósito, por el precio, plazos y tiempo que por bien tuviere, otorgando a su favor escritura de arrendamiento en forma.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALEl Licenciado Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da poder a Juan Cortés, vecino de la dicha ciudad de los Ángeles, para que en su nombre acabe por todas las vías la demanda que sigue contra Diego de la Fuente Almazán, poseedor de la hacienda en el valle de Napaluca de la provincia de la ciudad de Tepeaca, sobre los réditos de la capellanía que fundó doña Isabel de Vargas Fornicedo, de 2 000 pesos de principal impuestos y cargados sobre la hacienda. Asimismo, para que reciba y cobre los réditos de otra capellanía, de la cual también es capellán, de 1 400 pesos de principal que fundó doña Juana Suárez, que se hallan impuestos y cargados sobre la hacienda de labor en la jurisdicción de la ciudad de Gagosingo [Guagozingo], que al presente posee doña Ana de César. Por tanto, se lo otorga para que haga pedimentos, embargos y desembargos, con libre y general administración.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Clérigo Presbítero Domiciliario de este Obispado, otorga que vende a don Manuel de Arce y Sotomayor, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, una esclava negra nombrada Isabel, casta Carabalí, que será de edad de diecisiete años, la misma que hubo y compró en la Nueva ciudad de la Veracruz del Capitán don Agustín Bravo, vecino de ella, por escritura que a su favor otorgó el 23 de julio de 1705. La vende en precio de 400 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Clérigo Presbítero, Colector Mayor de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, otorga haber recibido del Capitán don Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad [roto] Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz y Capitán contra cimarrones y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, 247 pesos de oro común en reales de lo que importaron los diezmos causados en su hacienda y sus frutos de 1700 a 1702.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez don Eugenio Serrano y Perea, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], otorga que debe y se obliga de dar y pagar al Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, y a don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano, vecinos de esta villa de Córdoba, 1 000 pesos de oro común en reales de contado, los cuales pagará en dos años, y para seguridad del pago hipoteca una casa que posee en el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] y una tenería con todos sus aperos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio de Leiva Esparragosa, dijo que en 1705 otorgó poder a Antonio Muñoz de Anaya para todo género de cobranza, pero en esta presente fecha le revoca el poder para que no haga uso de él. Y ahora otorga dicho poder general al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, Notario Público del Juzgado Eclesiástico de esta villa, para que lo defienda en todas sus causas, negocios civiles y criminales, eclesiásticos o seculares. Asimismo, le otorga poder para que pida cuentas y cobre todas las cantidades que le adeuden. Igualmente, le otorga poder para que lo pueda obligar como principal o como su fiador hasta en cantidad de 2 000 pesos con los premios que convenga. También le otorga poder para que pueda hacer con sus deudores cualquier concierto y transacciones. Y finalmente, le otorga poder para que pueda proseguir las diligencias del juicio divisorio del Regidor don José de Leiva, de quien es albacea testamentario.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO