Don Joaquín [de] Mora, de esta vecindad, con poder otorgado en la Ciudad de México por los albaceas de doña Juana Antonia Robledano, a saber doña Manuela y don José de la Fuente, hija y nieto respectivamente, otorga que vende al presbítero Francisco Antonio Rubio Roso o a sus herederos por haber fallecido éste repentinamente después de celebrado este contrato, una casa de paredes de cal y piedra ubicado en la Calle de Belén y del otro lado casas de los finados Francisco Javier Gorozpe [Irala y Padilla] y de don Mariano Ladrón de Guevara, al fondo linda con casa de concursada de los Riveros, al costado del sur linda con casa que fue de doña Josefa de la Torre; le vende además dos accesorias bajo las condiciones especificadas en esta escritura, en 2 300 pesos que le ha dado.
PRESBÍTEROS
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Don Francisco González, de esta vecindad, como Síndico del concurso formado en esta Diputación Consular, a bienes de Valentín Luna, dijo que en la junta de acreedores habida en dicho Tribunal el 12 de septiembre pasado, don José María Gutiérrez de Zamora, tiene la acción de 500 pesos que le entregó el deudor, valor de una casa, ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, cuya casa tiene hipotecada a favor de Ignacio Sánchez, vecino de Teocelo por mayor cantidad, quien le pagó dicha cantidad a Gutiérrez de Zamora, por lo que se otorga en venta a este último la mencionada casa de paredes, que hace su frente con dicho callejón y del otro lado casa de Juan Ladrón de Guevara, al norte linda con solar del presbítero José Alejandro de Campo, al oriente con solar de la viuda de Antonio Salado y al poniente son solar de Micaela Chávez; más otra casita ubicada en el mismo callejón. La venta se hace en 500 pesos la primera y de 44 pesos con 7 reales la segunda.
El Presbítero José María Rubín de Celis, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de la Doctrina de Coatepec, hijo legítimo de don Juan Ignacio Rubín de Celis y de doña María Josefa Arrieta, difunto el primero; otorga poder para testar al Presbítero Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, para que después de sus días y con arreglo a los comunicados que le tiene hechos, haga y ordene sus testamento, conforme a los bienes que tiene, a saber: una casa en el pueblo de Coatepec, una parte que le corresponde de la hacienda de fabricar azúcar nombrada Tuzamapan, a resultas de la compañía que ha tenido con don Joaquín de Gorozpe. Asimismo lo nombra su albacea y nombra como heredera a su madre.
El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Ángel Pablo Novo, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles; para que en su representación reciba del Juzgado Eclesiástico de Capellanías y Obras Pías de la misma ciudad, 422 pesos y 2 reales, complemento de 2 222 pesos 2 reales pertnecientes al principal de la capellanía de la Santa Escuela de Cristo de la iglesia parroquial de esta villa, de la cual es propietario capellán, y mandó fundar el señor conde de Reparaz; y lo constituya y obligue a reconocer esta suma al rédito de 5 por ciento, con especial hipoteca de una casa que posee en esta villa, en la calle del Beaterio; otorgando para ello la escritura que corresponda.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODoña Gertrudis Díaz de la Cueva, natural y vecina de esta villa, hija legítima de Eusebio Díaz de la Cueva y de doña Juana Vicioso, difuntos; ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con don José María Alfaro, ya difunto, y al contraer matrimonio ninguno de los dos llevó caudal alguno, procrearon varios hijos, de los que le sobreviven cinco: Manuela [Alfaro y Díaz], casada con Miguel Rivera; Guadalupe [Alfaro y Díaz], viuda; Francisco [Alfaro y Díaz], casado; el presbítero don José Estanislao Alfaro y Díaz y Wenceslao Alfaro y Díaz. Declara por bienes de ella y su difunto marido: la casa de su habitación, otra en la esquina del puente de Lagos, éstas dos libres de empeño; y otra chiquita, de esta última su terreno fue comprado a censo a la cofradía de Ánimas de esta parroquia, cuyos premios se deben desde la muerte del citado Alfaro, con más el ajuar y menaje de esta casa. Declara no tener adeudos con nadie; que, aunque a la testamentaria de su marido deben varios picos, no hace mérito de ellos, por encargo que aquel hizo de que a nadie se le exigiera y solo se recibiera lo que buenamente entreguen. Advierte que, si alguna cosa se le ocurriere en el resto de sus días, análogo este testamento, lo comunicará verbalmente a sus albaceas para su cumplimiento. Nombra albaceas fideicomisarios a su hijo Estanislao y a su yerno Miguel Rivera. Y en el remanente que quedare de sus bienes, derechos y acciones nombra por sus únicos y universales herederos a sus cincos hijos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODoña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, natural y vecina de esta villa, dijo que en el testamento que otorgó ante el presente escribano el 12 de enero de 1810, el cual es su voluntad quede y obre en toda su fuerza y vigor las nueve cláusulas de que se compone, excepto el tenor de la octava que contiene el nombramiento de albacea, porque habiendo muerto don Miguel de Arieta quién nombró en primer lugar, y variando las conexiones que tenía con don Juan Lucas de Olavarrieta que nombró en segundo; ha venido en subrogar en éstos cargos con el licenciado don Ramón Ruiz y el presbítero Ildefonso Moreno, ambos de esta vecindad, en el mismo lugar y orden que aquellos fueron nombrados y con las mismas facultades y poder que les confirió para que guarden y cumplan su testamento.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Manuel Allén, de este comercio y vecindad, en representación del señor don Rafael Leandro de Echenique, actual diputado a las Cortes Constituyente de este Imperio; otorga que ha recibido de don Pedro Martín del Puerto Vicario, apoderado general de los cuatro hermanos, herederos del difunto presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, la cantidad de 500 pesos; y declaró que dicho principal es el mismo que al finado don Marcos Rubio Roso percibió del señor Echenique, en la que para su pago y el de los premios le hipotecó la parte que le corresponde en las fincas de dicho presbítero. Y estando satisfecho principal y premios le otorga finiquito en forma, y declara las fincas por libres de tal afección.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon José María Gutiérrez de Zamora, de esta comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa a favor de don Victoriano Guapillo, también de este comercio y vecindad, una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en el confín del callejón que nombran del Chorro del Poblano y se compone incluso de un pedazo eriazo de 19 varas de frente hacia el sur; y del otro lado casa que fue del difunto Juan Ladrón de Guevara y cuarenta y cuatro y media de fondo hacia el norte por donde linda con solar del presbítero don José Alejandro de Campo; por el costado del oriente, linda con solar de la viuda de Antonio Salado, por el del poniente linda el pedazo eriazo con solar de Micaela Chávez. También vende otra casa chica de madera, en el mismo callejón, en terreno ajeno, y hace frente de 8 varas hacia el norte mirando la casa anterior, aunque un poco cargada hacia el poniente, como unos cuarenta pasos. Cuyas casitas deslindas, son las mismas que hubo y compró el compareciente del concurso formado a bienes de Valentín Luna el 4 de octubre de 1820. Y que ahora las vende por libres de empeño, censo e hipoteca, por la cantidad de 400 pesos en reales de contado, por las dos que recibió y otorga escritura de obligación y reconocimiento con hipoteca de la primera, a los dieciocho del corriente mes y año.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOEl presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, vecino de esta villa, otorga poder especial a don José Vicente Cagigas, secretario del Seminario de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación, comparezca en aquel Juzgado General de Capellanías y con documentos necesarios solicite, pida y promueva que se le declare por capellán propietario de dos capellanías siguientes: la primera que fundó doña Elvira Vargas con el principal de 3 000 pesos, que están cargados sobre la hacienda titulada San Juan Bautista, ubicada en doctrina de Huamantla, que la posé el presbítero don José María González de la Cruz y de la que fue último capellán, su hermano, don Antonio Palacio, que falleció el 17 de diciembre de 1817. Y la segunda que fundó su padre, don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, con el principal de 3 000 pesos que reconoce sobre una de sus casas en la Nueva Veracruz don Antonio de Zúñiga, de la fue el último capellán don José Francisco Palacio, asimismo su hermano, que falleció el 31 de enero de 1819. Desde cuyas fechas están vacantes ambas capellanías. Haciendo al intento de todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan hasta tomar colación de ambos beneficios y, le brinden de ellas, los títulos o despachos para su uso y ejercicio. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituir.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOEl presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta, a nombre propio y por facultad que le conceden sus cuatro hermanos, otorga poder general a don Juan Nepomuceno Herrero, de esta vecindad, para que los defienda en todos los pleitos, causas civiles y criminales, eclesiásticas y seculares, con cualesquier personas. También para que pida, demande, responda y niegue, requiera, querella, saque escrituras y otros papeles que les pertenezcan.
JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ PÉREZ, ESCRIBANO NACIONAL