Pascuala de Espinosa, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de Miguel García, con licencia del susodicho, dijo que tiene una casa de tablas cubierta de teja, en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] y hace esquina, que por una parte linda con otro medio solar de Micaela de Espinosa, su hermana; y por otra, calle en medio, con casa de Nicolás de Armenta; y hace frente, calle en medio, con casa del Capitán Gaspar Rendón. La cual está fundada en medio solar de tierra de 25 varas de frente y 50 de fondo, misma que hubo y heredó de Juan de Espinosa, su padre, y hoy vende a Juan de Agra, vecino de esta villa, con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de deuda, empeño e hipoteca al precio de 197 pesos y 4 reales.
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTORPLAZA PÚBLICA
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Don Fernando de Carvajal, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], dijo que hoy día de la fecha se le remató en pública almoneda en la plaza Pública de esta villa por la Real Justicia de ella, una casa de piedra y madera, cubierta de teja, que quedó por bienes de Pedro Trillo de Figueroa, difunto y Notario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino; misma que por una parte linda, calle en medio, con casas del [roto] López de Sagade Bugueiro; por otra, calle en medio, con solar de los herederos del señor Regidor don José Gómez Dávila; y por el fondo con casas del dicho Pedro Trillo; cuya casa se compone de 25 varas de frente y 50 de fondo, en precio de 3 800 pesos, de los cuales 3 262 pesos y 4 reales están sobre dicha casa de capellanía y los 537 pesos y 4 reales de contado, que se obligó a hacer reconocimiento del principal de la capellanía a favor de los capellanes propietarios e interinos y a cumplir las condiciones de la escritura de su fundación. Por la presente, otorga que reconoce por dueño de la capellanía a los capellanes propietarios e interinos nombrados en la escritura de su fundación, a quienes se obliga a pagar sus réditos desde hoy día de la fecha en adelante a razón de 5 por ciento anuales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Roallo [Roballo], residente en esta villa, dijo que en la plaza Pública de esta villa le hurtaron un caballo castaño mascarilla tresalbo, hallándolo posteriormente en poder de Nicolás de la Paz, vecino de la jurisdicción de Orizaba en Tecamaluca, quien dijo haberlo comprado a Miguel Jaramillo, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], provincia de Tepeaca, y por cuanto ha convenido con el susodicho le entregue el caballo extrajudicialmente y el otorgante entregue el lasto, por la presente otorga que ha recibido de Nicolás de la Paz el dicho caballo, por lo cual le da su poder y lasto para que haya, reciba y cobre por sí y para sí a Miguel Jaramillo la cantidad que por él pagó.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Francisco de Messa [Meza] y Mendoza, hijo legítimo de Francisco García de Messa [Meza] y de doña María Solano de Mendoza, vecinos que fueron de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], de donde es natural y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a su hijo don Francisco de Messa [Meza] y Mendoza, a don Bartolomé Soriano Correa, a don Bartolomé de Bistrayn [Bistrain], su yerno, vecinos de dicha ciudad, y a don Joseph [José] Valero Grageda [Grajeda], Cura propio de esta villa de Córdoba, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Ordena ser sepultado con hábito y cuerda de San Francisco, de cuya orden es hermano profeso de hábito interior. Declara por bienes la hacienda de labor nombrada La Nopalera, en la jurisdicción de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], cuyos títulos están en poder de su hijo don Francisco de Messa [Meza], quien la administra, la cual compró el otorgante a sus hermanos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos de principal censo redimible a favor del convento y religiosos de la Sagrada Religión de Predicadores del pueblo de Yanguitlan [Yanhuitlán] en la Mixteca Alta. Asimismo, declara por bienes unas casas bajas ya maltratadas, con su solar, una cuadra de la plaza Pública de dicha ciudad; y una hacienda de trapiche de beneficio de azúcar nombrada San Miguel en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, la cual compró a doña María Solano de Mendoza, su madre. Declara haber sido casado con doña Ana de la Plaza, difunta, con quien procreó a doña Ana de Messa [Meza Solano], casada con don Bartolomé de Bistrayn [Bistrain]; doña Inés de Messa [Meza], casada con don Bartolomé Soriano Correa; a Francisco, de veintitrés años de edad; a Manuel, de veintiún años; al Bachiller don Andrés de Messa [Meza], que se halla cursando teología en la ciudad de los Ángeles, de dieciocho años; a María, de once años; y a Josepha [Josefa] de Messa [Meza] y Mendoza, de entre ocho y nueve años. Ordena que sus albaceas instituyan una capellanía de misas por su alma, por la de sus padres y por la de su esposa, con el principal de 3 000 pesos de oro común, que ordena a sus albaceas cargar sobre alguna de sus dos haciendas. Nombra como albaceas testamentarios a don Francisco de Messa [Meza] y Mendoza, su hijo; y por tenedores de todos sus bienes a don Bartolomé Soriano Correa y a don Bartolomé de Bistrayn [Bistrain], sus yernos, y a don Joseph [José] Valero Grageda [Grajeda]. Como universales herederos nombra a sus hijos, señalando a don Francisco de Messa [Meza] como curador de sus hermanos menores.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALBenito Rendón, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de Juan Camaño, difunto, vecino que fue esta villa, por cuanto Juan Camaño en su testamento dejó como única y universal heredera de sus bienes a su alma, por la presente impone 1 700 pesos de oro común, de los bienes que quedaron de dicho difunto, sobre su persona y bienes a censo principal redimible, especialmente sobre unas casas que tiene en esta dicha villa, de cal y canto y cubiertas de teja, en esquina de la calle que de la plaza Pública sale para el camino que va a la Nueva Veracruz, con 25 varas de fondo cercado y las 26 en que está fabricada dicha casa, compuesta de dos salas bajas y una alta, que linda por el oriente con casa y solar de Mariana Martín; por el sur con solar y casa de Melchora de Ávalos; y por el norte hace frente, calle en medio, con solar del Regidor don Gaspar Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente]; y por el poniente con casa y solar de Francisco Machado, calle en medio. Obligándose a pagar 85 pesos de réditos anuales a los capellanes y patronos de la capellanía que se fundó con los bienes del difunto.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALDon Manuel Gómez Dávila, doña María de Olaso y Salgado y Juan Gómez Dávila, como albaceas testamentarios de José Gómez Dávila, difunto, dijeron que respecto a tener presentado el testamento y para dar cumplimiento a su última voluntad y proceder a las diligencias que se requieren para el juicio divisorio de los bienes que dejó dicho difunto, otorgan que hacen inventario de los bienes que dejó en esta villa y fuera de ella, entre los que destacan: Una casa de vivienda de 24 varas de largo, con puertas y ventanas de cedro, techada de zacate; cajas de cedro con sus cerraduras y llaves. Herramientas de trabajo, armas, muebles, ropa de cama. Dos jacales donde vive la gente. Un negro nombrado Francisco, Loango, de treinta años de edad; otro negro nombrado Baltazar, mandinga, de treinta y cinco años; Teresa, mujer de este último, Mina, de cuarenta y cinco años; José, rayado, de treinta años; Inés, casta popo, de treinta años; Santiago, Carabalí, de treinta años; Gertrudis, casta Congo, de treinta y cinco años; Alejandro, mulato, de dieciocho años; entre otros que se mencionan. Cinco cocos guarnecidos de plata, un forlón armado con sus guarniciones y con dos mulas; una cadena con su grillete. Varias mulas, machos, caballos, cien yeguas de vientre, sesenta vacas de vientre, diez becerros, doce cabestros, ciento sesenta y cinco toros. Las tierras del sitio que llaman del Novillero. Una casa de piedra y madera alta, en el pueblo de Orizaba, en la plaza Pública de dicho pueblo.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Micaela Ramos, vecina del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda, mujer que fue del Capitán Marcos Blanco, difunto, su albacea testamentaria y tenedora de bienes de los que dejó en este pueblo como en la villa de Córdoba, hacienda de Mazapa y Tlamatoca, todos los cuales le fueron aplicados por su dote, arras y mitad de gananciales, como también por las porciones que a cada uno de sus hijos les toca por herencia paterna; y como tutora y curadora con la obligación de pagar a sus hijos lo que les corresponde a cada uno luego que tuviesen edad o tomasen estad, cuya obligación otorgó en la villa de Córdoba el 29 de diciembre de 1693, por cuya razón le pertenecen todos los bienes; y como dueña de ellos, otorga que vende a Nicolás de Bolaños, vecino de esta villa, una casa de madera, embarrada y cubierta de paja, la cual esta edificada en un solar de 50 varas de frente y 50 de fondo, que está en dicha villa, en la plaza Pública de ella, sale para el convento de San Antonio; linda por el oriente con casa y solar de Diego de Palma; por el poniente, calle en medio, con casa del Regidor don José de Leiva; por el sur con casa de doña Juana de Contreras Gatica, calle en medio; y por el norte linda con un pedazo de solar que pertenece al Sargento Antonio de Villavicencio. La vende en precio de 350 pesos de oro común que declara que los tiene recibido en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento a Diego de Anaya y Pisa, maestro boticario, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera, que tiene en esta villa en la plaza Pública, con sus salas, cuartos, patio, pozo y lo demás que le pertenece, por tiempo y espacio de cuatro años, que empiezan a correr desde el día primero de octubre que viene de este presente año, por precio de 7 pesos por cada mes, que le ha de pagar al fin de cada uno de ellos.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMiguel Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Alférez Mayor en ella por Su Majestad, otorga que impone, carga y sitúa a censo principal redimible sobre una casa de cal y canto cubierta de teja, con el solar que le corresponde que es en esta villa, en esquina de la plaza Pública de ella y hace frente, calles en medio, con casas de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos por el sur; y con las de doña Gertrudis de Gatica por el poniente; linda con una parte con casas del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís y con otra con doña Juana de Contreras Gatica; y también sobre una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada Santiago y San Miguel, que tiene en la jurisdicción de esta villa, como a media legua de ella, poco más o menos, con todo lo que le pertenece y libre de empeño; la cantidad de 1 900 pesos de oro común, que le ha dado Benito Rendón, vecino de esta villa, en reales de contado, a quien se obliga a pagar cada año 95 pesos por sus tercios corridos, fin de cada cuatro meses, que son los réditos que le corresponden, a partir de esta fecha bajo y las condiciones que se expresan en el acta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJosé Miguel de Rivera y doña Inés Milián Perdomo, su legítima mujer, vecinos que son de esta villa de Córdoba, otorgan que venden a Juan Hernández, vecino de esta villa, un medio solar de 22 varas de frente y 50 de fondo, ubicado en esta villa, en la calle que de la plaza Pública va para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, el cual linda por el oriente con casa de Juan Fernández, calle en medio, y por el otro lado calle en medio. Lo vende en precio de 50 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL