Don Dionisio Camacho, Colector de Diezmos en ella, dijo que don Juan de Echeverría como albacea testamentaria de la finada doña Antonia Domínguez, y doña Luisa Uraburu Echeverría Domínguez y Gamboa, con licencia de su marido, don Fernando Sánchez, vecinos todos de la ciudad de México, le han conferido poder para que pueda proceder a la venta de una casa, ubicada en esta villa a la plazuela de la Constitución esquina que da vuelta a la calle de la Amargura. Y que en una de las facultades constantes en los referidos documentos tiene pactada con doña María Gertrudis Reyes la venta de la expresada casa en precio de 2 400 pesos, de los cuales han de quedar reconociéndose sobre ella misma 2 000 pesos a favor de una capellanía y los 400 restantes los ha de exhibir de contado. Además, queda de cargo de la compradora liquidar con el capellán o quien le represente la cuenta de réditos y satisfacer el alcance que resulte adeudársele hasta la fecha, de manera que los actuales vendedores queden libres de esa responsabilidad.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINOPLAZA DE LA CONSTITUCIÓN
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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0087
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Unidad documental simple
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1829/08/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa