PARDOS

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              54 Archivistische beschrijving results for PARDOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0080 · Stuk · 1714/07/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel de Garaita, mercader y vecino de esta villa, otorga recibió de Gertrudis de Nares, vecina de dicha villa, a saber 155 pesos y 4 reales de oro común de 8 reales de plata cada uno; cantidad que José de Nares, pardo libre y vecino de esta villa, como principal deudor, junto con José Díaz y Gertrudis de Nares, como sus fiadores y principales pagadores, estaban debiendo y se obligaron a pagar por escritura a Manuel de Garaita, quien la dio por nula y cancelada.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0078 · Stuk · 1716/07/27
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Gertrudis de Gatica, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, vende a Juana de la Cruz, parda libre, vecina de esta villa, viuda de Juan de León, un solar de 50 varas en cuadro que está en la [calle] que va para la ermita de San Sebastián, y por una parte linda con solar [roto] Carmona, calle en medio; por otro con solar de Sebastián; y por el fondo con solar de Juan de Vega; y hace frente, calle en medio, con solar de Francisco Zacarías. Dicho solar es el mismo que le hizo merced el Señor Cabildo de esta villa, lo vende por libre de deuda, empeño e hipoteca y de otra enajenación, con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, al precio de 50 pesos de oro común en reales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0060 · Stuk · 1694/08/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de la Cruz, pardo libre, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Capitán Joseph [José] de Nares, vecino de esta villa, 62 pesos y 3 reales que le quedó a deber de resto de mayor cantidad que le prestó en reales y otros géneros para una cementera de tabaco que sembró en el presente año. Se obliga a pagarlos para finales de mayo de 1695 en manojos de tabaco fino, a 2 reales por manojo, hasta completar dicha cantidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0062 · Stuk · 1694/08/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              De una parte Pasqual [Pascual] de Peralta, vecino de esta villa, y de la otra Joseph [José] de Posada, residente en ella, vecino de la ciudad de México, este último dijo que tiene convenido con Pascual de Peralta para que le haga 1 000 tablones que necesita para el Capitán Juan Díaz de Posada, vecino de la ciudad de México, quien se los encargó y de cuya orden hace este contrato, los 500 de ellos de cedro de a [roto] cuartas de largo, y unos y otros de dos tercias de [roto] y tres de dos de grueso poco más o menos, al precio de 7 [reales] cada uno de los de cedro, y a 6 y medio los de madera de nogal. Asimismo, dijo que dicho Pascual deberá entregar los 500 de cedro en la ciudad de México para el fin de diciembre del presente año, y los 500 de nogal en todo el mes de febrero de 1695, que serán consignados a su persona y por su ausencia al dicho Capitán Juan Díaz de Posada, y ha de ser obligado a pagar los fletes conforme los fuere recibiendo. Por otra parte, señala que habiéndole entregado los 500 tablones de cedro, pagará 100 pesos en la ciudad de los Ángeles, que con 200 pesos que le entrega de presente, sumarían los 300 pesos que se han de rebajar de la cantidad que importaren los 1 000 tablones. Por último, estando presente Pascual de Peralta dijo que acepta lo mencionado en esta escritura y se obliga a cumplir, y dio por su fiador a Joseph [José] de Nares, pardo libre.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0008 · Stuk · 1695/08/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Ochoa, pardo libre, y Micaela de la Rosa y Soto, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto a pedimento de la dicha Micaela, se le libró Real Provisión por lo señores presidente y oidores de la Real Audiencia y corte de la ciudad de México, sobre que sea compelido dicho Francisco de otorgarle escritura de venta de un solar que le vendió a Jacinto de Soto, su padrastro. Por lo que a través de la presente, Francisco de Ochoa, vende a Micaela de la Rosa, a nombre de Jacinto de Soto, la mitad de solar, ubicado en esta villa, en el barrio que llaman la Lagunilla, que linda por el poniente con solar que fue de Domingo Pérez, maestro carpintero, calle en medio, y por el norte por el solar en que estuvo la carnicería del matadero. Y el otro medio solar se lo vende a Manuel Martínez, que está a su linde. La venta la hace libre de censo, al precio de 23 pesos por el convenio antes mencionado, y al dicho Manuel al precio de 32 pesos, por libre de censo, hipoteca y otra enajenación.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0100 · Stuk · 1695/05/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Nares, Capitán actual de la Compañía de Pardos libres de esta villa de Córdoba, vecino de ella y natural de la ciudad de Jibraltar [Gibraltar] en los Reinos de Castilla, hijo de Antonio de Nares y Suárez, y de [roto] Suárez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia de esta villa, delante del altar de Jesús Nazareno de las tres caídas, de cuya cofradía es hermano y actual mayordomo. Manda se dé limosna a cada una de las cofradías citas en la iglesia de esta villa. Declara por bienes suyos, la casa de su morada con sus dos tiendas y el solar en el que está construida; la cantidad de 3 170 y 2 reales en géneros de mercaderías de la tierra de Castilla que tiene en una de las mencionadas tiendas, la cual está administrada por Francisco de Escamilla, pardo libre; 200 pesos de mercaderías de Castilla que tiene en la otra tienda, además de una mulata su esclava, nombrada Jacinta, que está en poder de Agustín Domínguez, su compadre, a quien la tiene vendida en 200 pesos y de la que no le ha dado cosa alguna. También se incluyen por bienes suyos los trastes, muebles, ropa de vestir, dos mulas de silla, 200 pesos en reales, cuatro marcos de plata en pasta. Señala le adeudan diferentes personas cantidades de pesos, que constan por libro de cuentas. Él tiene deuda con Pedro Pablo Sánchez [López], Sargento Mayor de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, de la cantidad de 4 000 pesos, que empleó en mercaderías. Declara estar casado con Ygnacia [Ignacia] Díaz [de Salazar], y durante el matrimonio procrearon a Agustín, María [de Jesús], Joseph [José], Beatriz, Juana, y Rosa de Nares. Nombra por sus albaceas testamentarios, cumplidores y pagadores a la dicha Ygnacia [Ignacia] Díaz, Francisco de Escamilla y Domingo Merodio; por tenedora, tutora y curadora de las personas y bienes nombra a la dicha Ygnacia [Ignacia]. Por último, nombra herederos a sus hijos. Señala por sus hijos naturales a Francisca Hernández, y Pascuala Hernández, hijas de la difunta Juana Hernández.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0047 · Stuk · 1701/08/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              José Juárez, pardo libre, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa de Córdoba, otorga que pone a Lucas García, su sobrino, por aprendiz del oficio sastre con Francisco de Escamilla, maestro de dicho oficio y vecino de esta villa, para que le enseñe dicho oficio, por el tiempo de cuatro años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0074 · Stuk · 1702/08/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Bartolomé Pérez y Bartolomé Contreras, Alcaldes del pueblo de San Lorenzo Cerralvo de morenos libres, junto con Pascual de Santiago y Agustín de Espinosa, Regidores de dicho pueblo; por ellos y por la demás comunidad, por quienes prestan voz y caución, otorgan en arrendamiento a José de Rivera, pardo libre, residente en dicho pueblo, el mesón, que según licencia deben tener y haber en el pueblo, para el hospedaje de los pasajeros que suben y bajan y trajinan este camino, el cual es muy necesario en dicho pueblo por ser continuado de las personas, comerciantes y pasajeros que bajan a la ciudad de la Nueva Veracruz y suben de ella; y por ser de utilidad a su comunidad que haya persona que lo tenga a su cuidado, por ser pobres y no tener con que aviarlo, lo dan en arrendamiento al susodicho por tres años a partir del 13 de febrero pasado, por precio de 50 pesos cada año, con obligación de tener dicho mesón bien aviado de camas, maíz, zacate, carne y lo demás que es necesario para el socorro y menesteroso de los pasajeros que al referido mesón llegasen a hospedarse, teniendo arancel del señor alcalde mayor de esta villa para sus precios y gobierno. Asimismo, dijeron que no consentirán que en casa particular de ningún vecino de dicho pueblo se hospeden pasajeros, sino que todos vayan al mesón para no hacer perjuicio a dicho arrendatario.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0010 · Stuk · 1679/05/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Andrea de Osses, mujer de Francisco de Arano, pardo libre, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que su marido ha sido mayordomo por tiempo de dos años de la cofradía de Jesús de Nazareno de las [tres caídas], sita en la iglesia parroquial de esta villa, y de [roto] de oro pertenecientes a dicha cofradía que fueron a cargo [del dicho] su marido como tal mayordomo, de cuyo cargo restó debiendo 118 pesos y 6 reales, como parece del ajuste de cuentas que está en el libro de dicha cofradía. Y porque el mayordomo y diputados de ella quieren cobrarlos de los pocos bienes que tienen, cosa que es de notable prejuicio para la otorgante por quedarse sin casa en que vivir y sin las pocas alhajas que tiene, ha convenido con ellos, con consentimiento del cura beneficiado de esta villa, el Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba [Pava], en que en el ínterin en que el dicho su marido vuelve a su juicio, del que está falto, o la otorgante pueda satisfacer dicha cantidad en que el dicho su marido fue alcanzado, pagará a la cofradía el rédito a razón de cinco por ciento anual, con cargo de que lo que vaya pagando prorrata, se le ha de descontar el rédito que le corresponda, para lo cual ha de hipotecar la casa que tienen en esta [villa]. Y por cuanto este convenio le es de mucha utilidad y por que es mujer casada y no puede otorgar dicha escritura sin la licencia [de su marido], quien esta dementado, suplica al alcalde mayor se sirva recibir información del impedimento de su marido para darle dicha licencia y le conceda él la licencia para otorgar la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0011 · Stuk · 1679/05/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Andrea de Osses, mujer de Francisco de Arano, pardo libre, vecina de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar a la cofradía de Jesús Nazareno de las tres caídas, sita en la iglesia parroquial de esta villa, 5 pesos y 7 tomines y medio de réditos anuales de 118 pesos y 6 reales a razón de cinco por ciento, por tercios corridos al fin de cada cuatro meses, cantidad en que fue alcanzado su marido cuando fue mayordomo de dicha cofradía y quien al presente se encuentra dementado. Para seguridad de la deuda hipoteca una casa de vivienda, que linda por el poniente con solar de Domingo [roto], y por el sur con uno del Capitán Joseph [José] Blanco.

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