PARDOS

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              54 Archivistische beschrijving results for PARDOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0010 · Stuk · 1674/02/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 de enero de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, un varón y una hembra de dicha armazón por esclavos cautivos sujetos a servidumbre, bozales y recién venidos de su tierra, por precio de 430 pesos de oro común cada uno, cantidad que se obliga a pagar Joseph [José] Blanco, saliendo como su fiador el Capitán Francisco Valero Grageda [Grajeda]. Joseph [José] Blanco declara que dicha compra la hizo para Juan Moreno, pardo libre, vecino de la jurisdicción de San Antonio Huatusco, en la estancia de Acatengo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0027 · Stuk · 1676/12/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Pelayo, natural de la villa de Córdoba, hijo de Esteban Pelayo y María de la Cruz, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Antonia Cano de Villegas, con quien procreó una hija llamada María, de edad de seis meses; asimismo, señala que tiene por hija natural a Micaela Pelayo, manda se le den 200 pesos; y “otra así mismo bastarda” llamada Isabel Pelayo, casada con Antonio Rodríguez, pardo, zapatero. Declara que debe y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Manda a Antonia Cano, su mujer, 200 pesos; a su compadre Gaspar de [roto] 4 pesos; a Luisa Guerrero, vecina [roto] por el trabajo que ha tenido en su curación. Señala que tiene en una hacienda de ovejas veinticuatro carneros capados y doscientos setenta que no lo están; también tiene dos caballos, dos mulas y otros géneros. Manda al santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan 14 pesos. Nombra por su albacea a Nicolás de Herrera Almazán; e instituye como universal heredera a su hija legítima María.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0023 · Stuk · 1721/06/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo por Su Majestad en esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de los Propios y Rentas, nombrado por el muy Ilustre Cabildo de ella, otorga que da en arrendamiento a Diego Ventura, pardo libre, vecino de la jurisdicción de esta dicha villa, un tercio de caballería de tierra laborea en el paraje nombrado los Barbechos, que por una parte linda con tierras de propios de esta villa, por otra con tierras de Sebastián de la Cruz; por el norte con Diego de la Cruz, indio de San Juan de las Casillas; por el sur con el rancho del Licenciado don Salvador Martínez. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio cada uno de 4 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: La primera que no ha de sembrar caña dulce ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0032 · Stuk · 1713/05/19
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Rodríguez Teiseira, vecino de esta villa de Córdoba, como apoderado de Úrsula de Subiza, parda libre, soltera, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz; vende al Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, una esclava negra nombrada Gracia Josefa, criolla de la ciudad de Caracas, de dieciocho años de edad poco más o menos, la misma que Úrsula de Subiza hubo y compró de don Cristóbal de Lucena, vecino que fue de dicha ciudad, por escritura que otorgó en la Nueva Veracruz el 6 de noviembre de 1711, por ante José de Orduña, Escribano Público. La vende en precio de 400 pesos de oro común en reales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0083 · Stuk · 1713/11/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Ortiz de Rosas, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a don Alonso Gómez del Corro, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre venda una esclava negra nombrada María Teresa, casta rayada, de veintiséis años de edad poco más o menos, la misma que hubo y compró de Isabel Teodora de Sandria, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, viuda de Lorenzo Tello Guzmán, como apoderada de Úrsula de Subiza, parda libre, vecina de dicha ciudad, por escritura que a su favor otorgó en dicha ciudad el 23 de noviembre de 1712, ante Juan de Campo y Anaya, Escribano Real y Publico.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0134 · Stuk · 1714/08/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Teresa Francisca Hernández, vecina del pueblo de pueblo de Antonio Guatuzco [Huatusco], parda libre, mujer de Francisco Javier de Soto, pardo libre, con licencia del susodicho su marido, vende al Capitán don Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], una esclava negra nombrada Andrea, que será de veinticinco años poco más o menos, la cual hubo y compró de los Capitanes don Lucas de Acosta y Damián Pereira de Araujo, Factores del Real Asiento e introducción de negros por la Compañía Real a este reino, como consta en escritura que otorgó en la Nueva Veracruz el 9 de mayo de 1701, ante José de Orduña, Escribano Publico. La vende por libre de empeño, enajenación e hipoteca, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio ni enfermedad, al precio de 300 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0036 · Stuk · 1708/04/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Antonio de Aponte, vecino de esta villa, otorga que da su poder general al Capitán Andrés de iglesias, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que representado su persona prosiga y acabe la demanda que contra él ha puesto Salvador Asencio, pardo libre, vecino de esta villa, en la citada ciudad, sobre la falta que tuvo sus mulas de la carga que llevaron al pueblo de Guagocingo [Huejotzingo], sobre lo cual se querelle criminalmente contra el susodicho y haga pedimentos, requerimientos, y en prueba presente testigos, informaciones y papeles, gane mandamientos, reales provisiones y otras cartas y se lo otorga con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0050 · Stuk · 1697/05/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Bartolomé Moyano [Castroviejo]; Francisca de Nares, parda libre, mujer legítima de Diego de Cárdenas; y Nicolás Gómez, maestro de herrador, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto Nicolás Gómez compró de Manuel de Sarabia, un solar en esta villa, el año pasado de 1669, y como dueño de dicho solar donó la mitad a Francisca de Nares, para que la persona que se casase con la susodicha le labrase una casa en que vivir; reservando para él la otra parte del solar, y mientras vivía en el pueblo de Orizaba, entregó dicha parte del solar a Mateo Valero para que en él viviese, el cual falleció dejando en dicho solar a su mujer e hijos. Asimismo, señalan que Juana Hernández, madre de Francisca de Nares, al no tener con que alimentar ni vestir a su hija y antes de que ésta tomara estado, vendió a Bartolomé Moyano [Castroviejo] el citado solar en 31 pesos, el 21 de septiembre de 1689, habiendo asentado dicha Juana Hernández que el solar lo había comprado. Siendo dueño Bartolomé Moyano labró en él un jacal y un pozo, además terraplenó el sitio por ser lugar anegado, cuyos trabajos costaron mucho. Igualmente, declaran que de un tiempo a la fecha Bartolomé Moyano tiene trato de vender a Antonio Muñoz de Anaya el medio solar, quien tiene noticias de todo lo referido, y por tal solicitó el consentimiento de dicho Nicolás Gómez y Francisca de Nares. En ese sentido Moyano habló con la referida Francisca, por ser quien tenía derecho al medio solar, y ésta aprobó y ratificó la escritura de venta otorgada por su madre, a su vez dijo estar consciente que el dicho Bartolomé Moyano pueda vender el medio solar, para lo cual justamente con el citado Nicolás Gómez se desisten de los derechos que a él tenían y lo ceden a Bartolomé Moyano como poseedor del medio solar. En esta conformidad Bartolomé Moyano como dueño del solar otorga que lo vende al citado Antonio Muñoz de Anaya, por libre todo empeño e hipoteca en precio y cuantía de 225 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0054 · Stuk · 1720/06/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don José de Valdivieso y Adrián Rodríguez, negros libres, [roto] [Alcaldes] del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo], jurisdicción de esta villa de Córdoba; Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Carlos Manuel y Pascual de Chávez, Regidores de dicho pueblo; con licencia del Alcalde Mayor, otorgan en arrendamiento el mesón del pueblo a Felipa Josefa Largache, parda libre, [ilegible] por tiempo y espacio de dos años, en precio de 50 pesos en cada año [ilegible]. Dicho arrendamiento se hace bajo las siguientes condiciones: Que dichos alcaldes y regidores, en virtud de la notificación que les ha hecho el Señor Alcalde Mayor, no consentirán el que los vecinos de dicho pueblo en sus casas alojen a ningún pasajero, sino que reconozcan al mesón de comunidad por estar arrendado y pagar la dicha Felipa Josefa de Largache los 50 pesos todos los años a dicha comunidad “y especialmente en casa de Verónica, Pascual de Europa y Lázaro Díaz”. Es condición que los otorgantes han de acabar de techar la caballeriza y cercar el solar del mesón y todo lo necesario para el resguardo de las cabalgaduras de los pasajeros. Es condición que los dichos alcaldes y regidores y el común de dicho pueblo, no han de molestar, perjudicar, ni dañar en cosa alguna a la dicha Felipa Josefa, durante los dos años de este arrendamiento, y que los 10 pesos 4 reales que restan, cumplimiento a dichos dos años, no le serán pedidos ni demandados hasta el último mes cumplimiento de dichos dos años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0086 · Stuk · 1706/08/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepec, natural de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], hija legítima de Francisco Ramos y de doña Mariana Franco, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga su testamento en la manera y forma siguiente: Manda se diga por su alma, la de Marcos Blanco su marido, sus padres y sirvientes difuntos, 1 100 misas rezadas. Declara que es hermana de todas las cofradías de este pueblo y pide a sus mayordomos cumplan con la obligación que deben. Ítem manda a la fábrica material de la santa iglesia de este pueblo 200 pesos. Ítem declara que debe las cantidades de pesos siguientes: 35 pesos a la Cofradía del Patriarca San José; 1 224 pesos de resto del ganado que le compró su hijo a don Jerónimo Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan; 30 pesos al Veedor don Antonio Lorenzo de [Riascos], Alcalde Mayor de este partido. Ítem declara que por una de las cláusulas del testamento de su marido el Capitán Marcos Blanco, mandó se le diesen 200 pesos a Josefa Galván, manda que luego que tome estado se le entreguen. Ítem manda que de sus bienes se le den 200 pesos a Miguel Blanco, pardo libre, que le ha servido. Ítem manda que de sus bienes se le dé una mula aparejada a Ambrosio Cocinero; asimismo, se le den 45 pesos a Manuela, niña que ha criado en su casa. Ítem manda que Lucía López muchacha que tiene en su casa se le entreguen a su madre 40 pesos, y luego que tome estado, la susodicha se los entregue. Manda a su nieta doña Ana, hija legítima de don Dionisio Serrano y Perea y de doña Nicolasa Blanco, una gargantilla de perlas y unos aretes. Ítem declara le adeudan las personas siguientes: El licenciado don Diego Tenorio, vecino de la ciudad de los Ángeles; don José de Arrucha; el Licenciado don Antonio Téllez; el Licenciado don José Rodríguez de la Peña; el Alférez don Eugenio Serrano y Perea, su hijo; el Regidor Baltazar González de Velilla Blanco y el Regidor don Juan Valero Grajeda. Ítem declara por sus bienes dos escrituras de obligación que a su favor y la de su hijo don Lorenzo Antonio Blanco otorgó don Juan Mellado de Rivadeneira, una de 6 000 pesos pertenecientes a la paterna de su hijo, y la otra también de 6 000 pesos a su favor. Ítem declara que fue casada con el Capitán Marcos Blanco, difunto, de quien fue albacea, tenedora de bienes, tutora y curadora de sus menores hijos; de dicho matrimonio procrearon a doña María Blanco Ramos, mujer legítima del Alférez Eugenio Serrano y Perea; doña Nicolasa Blanco, mujer legítima de Dionisio Serrano y Perea; y al dicho don Lorenzo Antonio Blanco, de edad de dieciocho años. Ítem declara por bienes adquiridos del citado su hijo don Lorenzo Antonio Blanco, ganados con su industria y su permiso, ocho mulas aparejadas, nueve caballos, dos escopetas y un par de carabinas, de las cuales le hace gracia y donación. Declara por sus bienes los siguientes: una mulata nombrada Jacinta, esclava de edad de veinticuatro años, con una hija nombrada Gertrudis de ocho meses; una negra nombrada Isabel de cincuenta años; un negro nombrado Juan de cuarenta años; un mulato nombrado Marcos de trece años y otro nombrado Gabriel José de cuatro años; seiscientos sesenta y cinco toros del abasto de las carnicerías de este pueblo; ochenta y cinco cabestros y bueyes; doscientas vacas y algunas con sus crías; cuarenta y cinco caballos y yeguas; 200 novillos y treinta y cinco mulas de recua; la casa de su morada y otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra albacea, en primer lugar, a su hijo don Dionisio Serrano, en segundo al Bachiller don José de Arucha, Presbítero, Vicario del pueblo de San Pedro Ixhuatlán; y en tercero al Alférez Eugenio Serrano, su hijo. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus universales herederos a doña María, doña Nicolasa y don Lorenzo Blanco, sus hijos legítimos.

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