Pièce PC_0031_0011 - Sans titre

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Cote

MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0011

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1696/02/04 (Création/Production)
  • Córdoba (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

10 vta. – 13

Zone du contexte

Nom du producteur

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

El Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de [roto] Joseph [José] de Leyba [Leiva] y de doña Catalina de Esparragosa, vecinos de esta villa, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena sacar de sus bienes 150 pesos para ayudar al obraje del convento del Señor San Antonio de esta villa. Declaró que desde hace dos años da limosna para que se digan cincuenta misas rezadas por las almas del purgatorio en el altar del Santo Cristo de Burgos, sita en la santa iglesia del señor San Agustín de la ciudad de los Ángeles, y para que no cesen dichas misas, ordena se saquen de sus bienes [500] pesos de oro común para que sus réditos sirvan de limosna y se digan las cincuenta misas perpetuamente. Declara ser mayordomo de la cofradía del Santo Cristo y Caridad, sita en la parroquia de esta villa, por lo cual ordena a sus albaceas entreguen las cuentas del tiempo que lo fue. Declara tener en arrendamiento un trapiche nombrado San José, en la jurisdicción de esta villa, perteneciente a su padre, el Regidor don Joseph [José] de Leyba [Leiva], por precio de 925 pesos cada año. Declara que compró en almoneda pública la casa de su habitación, que pertenecía a los bienes del Capitán Marcos Blanco. Declara estar suelto, libre de matrimonio y no haber sido casado. Declara por sus hijas naturales a Ana María de Leyba, de 5 años de edad, y a María de Esparragosa, de un año de edad, a quienes conoce su hermano el Regidor Miguel de Leyba y sabe en cuyo poder paran y que las hubo en mujeres solteras siendo como lo es él; y pide y suplica a Joseph [José] de Leyba [Leiva] y a doña Catalina de Esparragosa, sus padres, las reconozcan por hijas del otorgante. Nombra por albaceas a su padre y a su hermano el Regidor Miguel de Leyba. Ordena sacar del remanente de todos sus bienes lo que por derecho toca a sus hijas naturales. Nombra como herederos universales a sus padres.

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Accruals

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Language of material

  • espagnol

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    Language and script notes

    Caractéristiques matérielle et contraintes techniques

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    Note

    Documento deteriorado. El escribano registra Miguel de Leiva, y Miguel de Leiva y Esparragosa, él firma Miguel de Leiva, para su ubicación se registró Miguel de Leiva Esparragosa.

    Identifiant(s) alternatif(s)

    Mots-clés

    Mots-clés - Genre

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    Publicado

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    Moyen

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      Écriture(s)

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