ORIZABA, VILLA DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0269 · Unidad documental simple · 1783/08/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba en 12 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda, y respecto a que de la cantidad se hicieron las obras pías y resultaron sobrantes 4 428 pesos 2 y medio reales, los cuales destinó y aplicó para que los réditos se conviertan anualmente en misas rezadas aplicadas por su alma y la del mencionado don Nicolás. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida obra pía y memoria de misas con el dote y principal de dichos 4 428 pesos 2 y medio reales, y para ello renunció y transfirió los derechos y acciones de propiedad que ha dicho principal tenía; y dio su posesión y poder bastante para que cobren y perciban de la citada doña Gertrudis de Segura y sus sucesores en la mencionada hacienda el principal y réditos de esta dotación.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0267 · Unidad documental simple · 1783/08/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de dos testimonios de escritura para que se registren en este libro, su data en Orizaba en 10 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura, poseedora de la hacienda, hiciera reconocimiento a favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis de Acosta, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento, determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda. Y en virtud de ello aplicó y destinó 2 000 pesos para que sus réditos se conviertan en tres misas cantadas anuales durante la novena de Nuestra Señora de los Dolores en el convento de San Antonio; y también para que se apliquen para parte del gasto de los desagravios que por los meses de septiembre de cada año se hacen en el propio convento. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida memoria de misas y obra pía con el citado principal; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores en dicha hacienda de Palmillas el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de ella al guardián que fuere del convento.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0268 · Unidad documental simple · 1783/08/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba en 10 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis para cuando el caso llegue después de su fallecimiento determinó separar, dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda; y en virtud de ello aplicó y destinó 4 000 para dote y principal de tres obras pías que son las siguientes: 2 000 pesos para que con sus réditos se celebre anualmente en la parroquia de la villa de Orizaba la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo el segundo miércoles de julio; 1 000 pesos para que sus réditos en la misma parroquia se celebre anualmente en tres días de los nueve antecedentes al Viernes de Dolores, tres misas cantadas en honras del Divino Rostro de Nuestro Señor Jesucristo; y otros 1 000 pesos para que sus réditos se conviertan en celebrar en la citada parroquia el 16 de noviembre de cada año, la festividad de la Gloriosa Virgen Santa Gertrudis. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida memoria de misas y obra pía con el citado principal; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores, en dicha hacienda de Palmillas, el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de las dotaciones al señor cura de españoles que por tiempo fuere de la feligresía de la dicha villa.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0056 · Unidad documental simple · 1826/05/08
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Badillo, de esta vecindad, en representación y con poder especial de su hermano don Manuel Badillo, dijo que el 4 de noviembre de 1813 en esta villa, en unión del citado hermano, otorgaron una escritura de obligación y reconocimiento por la cantidad de 400 pesos en calidad de depósito irregular, que recibieron de los albaceas del finado don Carlos de Escurra, cantidad que impusieron en favor del convento de San Francisco para que con sus premios se le celebrase una misa por el alma de Escurra, las de sus padres y hermanos, por el término de 9 años desde aquella fecha, con hipoteca de una casa alta, ubicada en la primera cuadra de la calle Real y que hoy nombran Principal, la cual heredaron de su tío, don Mateo Badillo. Y teniendo que enajenar al presente dicha casa, así como, por estar vencido el plazo de los 9 años, ha convenido con la Venerable Mesa del Orden Tercera, patrona de esta fundación u obra pía, en trasladar esta imposición por otro nuevo término de 9 años y sobre otra casa de ambos hermanos. Por lo tanto, otorga que da por recibido el capital y se obliga a mantener los 400 pesos en calidad de depósito irregular, por el término de otros 9 años desde el día 4 de noviembre próximo pasado, y redimir en cada uno de ellos el premio de un 5 por ciento, para el subvenir de la fundación. De modo que, deja libre del gravamen la casa de la calle Real e hipoteca una casa baja, de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la calle que nombran de la Amargura, con el frente al oriente y del otro lado casa de doña Teresa Aravalles; por su fondo al poniente linda con el de casas de distintos dueños; por el costado del sur con el de casa de don Juan Bautista de Lotina Erdicoa y por el del norte con solar y paredones del finado don Luis de Zárate. Cuya finca es la misma que heredaron por fin y muerte de su tío, don Mateo, quién la adquirió por escritura pública otorgada en esta villa el 25 de octubre de 1793. Dicha finca se obliga a no enajenar en manera alguna hasta tanto no esté pagado este principal y sus premios.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO