Don Juan Nogueira, de esta vecindad, otorga que vende al Presbítero Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, dos ranchos de ganado mayor, menor y de labor, situados en las faldas del Cofre de Perote, con sus casas, trojes, jacales, tierras, agua, pastos y demás que le pertenece; el primero nombrado Soncuantla [Zoncuantla] y su agregado potrero del Ahuacate [Aguacate], lindando por el oriente con el rancho de la Yerbabuena y con las tierras de Coapespa [Coapexpan] de los indios de Xalapa, hasta el río Sordo, que es el lindero de dicho Ahuacate [Aguacate]; por el norte con dicho rancho de la Yerbabuena y con los ranchos de Camotepec, alías de los Zapateros Martínez, hoy del comprador, el de Santa María que es del comprador, y el de don Felipe Díaz de Peón; por el poniente con tierras de San Salvador; y por el sur con tierras de la Orduña y Briones, tierras del Mayorazgo. Y el segundo rancho es el nombrado de la Yerbabuena, situado también en las inmediaciones de esta ciudad, en término de su jurisdicción, en la falda oriental de dicho Cofre de Perote, lindando por el oriente con tierras de estos indígenas por el río Sordo; por el norte por el dicho rancho de Camotepec o Zapateros; por el poniente con el dicho Soncuantla [Zoncuantla]; y por el sur con el dicho potrero del Ahuacate [Aguacate], agregado a Soncuantla [Zoncuantla] por el señor padre del comprador en escritura con fecha del 3 de abril de 1786; cuyo rancho lo hubo y compró de su hermano don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate en esta ciudad el 21 de noviembre de 1831. Vende ambos ranchos en precio de 10 600 pesos, de los cuales ha de seguir reconociendo el comprador 4 000 pesos a favor de la capellanía que sirve el mismo comprador en el Beaterio.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOORDUÑA
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Don José Vicente de Espino, vecino de la Orduña y actualmente en esta ciudad, dijo que don Guillermo de Espino, vecino y del comercio de ésta, falleció bajo disposición testamentaria que otorgó en esta ciudad el 8 de diciembre de 1828 ante el ciudadano José Fernando de la Peña, Alcalde interino de primera nominación, en el cual nombró al compareciente como tutor y curador de sus menores hijos, José María, Francisco y María Manuela [de Espino y Soria]. Asimismo, dijo que al menor Francisco Ciriaco de Espino y Soria, hijo de don Guillermo, le corresponde cierta cantidad de pesos que consisten en el valor de la tienda de la hacienda de la Orduña, y no habiendo el compareciente logrado que le entregasen a dicho menor el valor de la tienda para que la gozase, ha determinado instaurar juicio de petición de herencia conforme a las leyes, por lo cual, otorga poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta vecindad, para que en su nombre y en representación de los derechos de dicho menor, demande, reciba y cobre de don José María Grajales, la expresada tienda con cuanto a ella le es anexo, como porción hereditaria de dicho menor, haciendo que a éste se le ponga en posesión y se le adjudique en debida forma.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Luis García Teruel, como tutor y curador ad bona de los menores hijos del finado don Marcelino Pensado, otorga que tiene dado en arrendamiento a don Joaquín García, vecino de la Orduña, una casa de material ubicada en el paraje o vecindario de la Banderilla, junto a la entrada de Temascalapa [Temaxcalapa], con su armazón y mostrador, perteneciente todo a la testamentaria del finado referido, por la merced de 6 pesos mensuales y tiempo de cinco años que comenzaron a correr y contarse desde el día 4 de noviembre último, para que dicho García establezca en esa casa el giro de comercio [ventorrillo], haciendo buen uso de ella de su armazón y mostrador, saliendo por su fiador don José María Grajales.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO