Don Juan Lucas de Olavarrieta, originario del valle de Oquendo, Provincia de Álava en Vizcaya, hijo de don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa Lartundo, difuntos, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Manda ser amortajado con el hábito del Señor San Francisco y la forma que parezca a sus albaceas. Ordena que en el día de su entierro, sus albaceas apliquen por su alma y la de sus padres cuantas misas se pueda celebrar en todas las iglesias y capillas de esta ciudad. También, se distribuyan 200 pesos de sus bienes entre los pobres que se hallaren enfermos en sus casas, dando preferencia a los más necesitados. Declara fue casado en primeras nupcias, sin que le haya quedado sucesión alguna por este. Pasó a segundas nupcias en el año de 1817, con doña María Francisca de Iriarte y Alba, su actual esposa, quien no llevó dote alguna, y él llevó 40 000 pesos y cosa de 10 000 pesos en deuda difícil de cobrar. Durante dicho matrimonio han procreado a Francisco de Paula Fructuoso, Juana Emeteria, José Miguel Antonio del Águila y Ramón Cristóbal de Olavarrieta e Iriarte. Por bienes declara la casa de su morada con su ajuar y muebles, y demás que por sus libros resulten pertenecerle. Señala que en sus libros, cuentas y apuntes se deducirán los créditos activos y pasivos que le corresponden. Nombra por sus albaceas a la referida su esposa doña María Francisca de Iriarte y Alba y a su hermano don José Miguel de Iriarte. Manda que el remanente del quinto de sus bienes, pase a su nominada esposa doña María Francisca, y del líquido de todos sus bienes, deudas, derechos y acciones instituye a sus hijos. Nombra por tutora y curadora ad bona de sus hijos a su citada esposa.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOOQUENDO, VALLE DE
4 Descripción archivística resultados para OQUENDO, VALLE DE
Don Juan Lucas de Olavarrieta, natural del Valle de Oquendo, provincia de Álava en Vizcaya, hijo legítimo de don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, difuntos, otorga su testamento donde declara deja a las mandas forzosas y acostumbradas 8 reales a cada una de ellas; manda a sus albaceas aplicar por su alma cuantas misas se puedan celebrar en todas las iglesias y capillas de esta Villa; se casó dos veces, del primer matrimonio no tuvo sucesión, y del segundo con doña Francisca de Iriarte y Alba tuvo 2 hijos; él tenía 40 000 pesos y 10 000 en dependencias de difícil cobro. Nombra como tenedora de sus bienes a su mujer. Durante este matrimonio no ha tenido gananciales debido a la época calamitosa que se experimenta. Tiene entre sus bienes la casa que habitan y lo demás en sus libros de cuentas. Nombra como herederos a sus hijos y como curadora a su mujer y a don Manuel Pérez y Suárez, en caso de que ella pase a segundas nupcias, recaerá sólo en el mencionado Pérez.
Juan Lucas de Olavarrieta, vecino y residente en esta Villa, natural del Valle de Oquendo en los Reinos de Castilla, Provincia de Alaba en Vizcaya, Obispado de Calahorra y la Calzada, hijo legítimo de los difuntos don Juan Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, otorga su testamento; declara ser casado con doña Juana de Salazar, y que no tiene hijo alguno. Ordena y encarga a sus albaceas que realizados que sean sus bienes, entreguen 2 000 pesos por vía de limosna al Ayuntamiento de la Ciudad de Veracruz, a cuyo cargo está el hospital general provisional de San Sebastián, para que se contribuya al auxilio de los enfermos. Nombra albacea, en primer lugar a su primo don Pedro de Escuza, vecino de México, y en segundo a la citada su esposa, para que entren en sus bienes los vendan y rematen en almoneda o fuera de ella; y del remanente que quede, instituye como únicos y universales herederos a los mencionados albaceas en esta forma: las dos terceras partes de sus bienes a favor de su esposa, y la otra tercera parte a favor de su primo.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, natural del Valle de Oquendo, Provincia de Álava en Vizcaya, hijo de los difuntos don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, otorga su testamento en donde declara es viudo, no tiene hijos, encarga a sus albaceas que el día de su entierro se repartan de sus bienes entre los pobres que se hallaren enfermos en sus casas en esta Villa, 200 pesos de acuerdo a la necesidad de cada uno, y con preferencia al más necesitado, nombra por sus albaceas a don Pedro de Escuza, don Manuel Pérez y Suárez, Cura y Juez Eclesiástico de esta Villa, y a don Francisco Cia, a quienes también nombra como sus herederos, ya que no tiene herederos forzosos.