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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0124 · Unidad documental simple · 1715/12/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan de Ureña, vecino de la ciudad de México, Contador y Ordenador del Tribunal y Real Audiencia de Cuentas de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, especialmente ante el Rey y en su Real Sala del Crimen, donde pida se sirva declararlo haber cumplido con el tenor de la sentencia que fue servido pronunciar contra él, de la suspensión de dicho oficio por dos años. Para lo cual ofrezca los pedimentos, requerimientos, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguido que sea, saque las escrituras necesarias para el uso y ejercicio de dicho oficio, de manera que por falta de poder, requisito, circunstancia y lo dependiente, se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0128 · Unidad documental simple · 1715/12/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Antonio de Vargas, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualesquier personas hasta el día de hoy y en adelante, así demandando como defendiendo, en las audiencias, juzgados y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiásticos y seculares. Para lo antes mencionado, haga los pedimentos, requerimientos, protestaciones, presente testigos, escrituras, papeles, pida términos, ofrezca y pida fianzas, oiga autos, sentencias y para su dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

              JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0005 · Unidad documental simple · 1716/01/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de los Dolores, [alías] “El ojo de agua”, en dicha jurisdicción, otorga poder especial a don Francisco Jerónimo Fernández de Córdoba, vecino de la ciudad de México y Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y a su dita y crédito, solicite, busque y reciba de cualquier persona, conventos o comunidades hasta en cantidad de 1 000 pesos, obligando sus bienes habidos y por haber, en especial, hipoteque su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alias el Ojo de Agua, con todas sus tierras, casas, cañas, esclavos, ganados y demás aperos y todo lo que en derecho le pertenece.

              FRANCISCO VALERO Y ESPINOSA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0039 · Unidad documental simple · 1716/04/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Tribunal de Cruzada y de diezmos en ella, otorga poder general a don Pedro Velarde, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente, todas y cualesquier cantidad de pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otras cosas que se le debieren en virtud de escrituras, vales, cedulas, cuentas de libro o por alguna otra causa y razón. También, se le da éste para que en su nombre y representación parezca ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva de hacerle merced o mercedes.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0077 · Unidad documental simple · 1716/07/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Francisco Ramos de la Rosa López, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan García de Cisneros, Procurador de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Rey y en el superior gobierno del Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, pida se sirva mandar se le despache Real Título de Alférez, que actualmente ejerce de la Compañía de Pardos Libres de esta villa. Para lo cual, presente el testimonio de posesión y hasta que lo consiga haga todos los memoriales, suplicas, autos y demás diligencias necesarias.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0081 · Unidad documental simple · 1716/07/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás Pablo, indio cacique principal y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Felipe de Santiago y Mendoza, asimismo, cacique, vecino del pueblo de San Xptobal [Cristóbal] Naranjal de la jurisdicción del pueblo de Orisava [Orizaba], para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial y extrajudicialmente, a saber cualesquier cantidades de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otras cosas que le deban en virtud de escrituras, vales, cédulas o por otras causa o razón. También, le otorga poder para que parezca ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida se sirvan de hacerle la merced o mercedes que fuere su voluntad en orden a lo que le tiene comunicado a don Felipe de Santiago, su apoderado, y hasta que tenga efecto todo lo contenido en este poder haga los autos y diligencias que convengan.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0110 · Unidad documental simple · 1716/09/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, uno de los hijos y herederos del difunto Alférez don José de Brito Lomelín; y Miguel de Salcedo, vecino de esta villa, curador de Salvador y Juan de Brito Lomelín, menores, herederos e hijos de dicho alférez; ambos otorgan poder general al Alférez don Nicolás Rodríguez Ruano, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de sus personas como tales herederos, parezca ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y siga, prosiga, fenezca y acabe los autos de inventarios, avalúos y demás diligencias de los bienes que quedaron del difunto.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0021 · Unidad documental simple · 1698/03/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Doctor Joseph Valero Cavallero Graxera [José Valero Grajeda], Cura Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa y su partido, otorga poder al Doctor don Phelipe Varrales [Felipe Barrales], Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, Catedrático de Código para la Real Universidad de esta Nueva España, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, con cualquier persona.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0012 · Unidad documental simple · 1699/02/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel de Prado y Agustina Vásquez [Vázquez], su legítima mujer, vecinos de esta villa, la susodicha como hija legitima de Agustina Vázquez y Pedro Rodríguez, poblador que fue de esta villa y que entró por medio poblador en ella y en el lugar de Pedro Hernández de Lima, uno de los treinta primeros pobladores en ella; como tal hija de Pedro Rodríguez y madre legítima de Miguel Vicente de Prado, marido de Estefanía Micaela de Reyna [Reina]; Manuel Antonio, quien estudia en la ciudad de los Ángeles; de Agustín, Martín, Nicolás, Josepha [Josefa] María, Theresa Catherina [Teresa Catalina] y Juana Gertrudis de Prado, sus hijos, para que juntamente gocen de los privilegios que Su Majestad tiene concedidos a los hijos, descendientes y ascendientes de pobladores, otorgan poder especial al Doctor don Joseph [José] Sáenz de Escobar, Presbítero y Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres parezca ante el Rey en su Real Audiencia de este reino, y en virtud de la probanza y demás recaudos de ser como es la otorgante hija legítima de Pedro Rodríguez, poblador que entró en lugar de Pedro Hernández de Lima, primer poblador en el número y concurso de los treinta que fueron de esta villa, los presente ante su alteza y pida se declare que la susodicha y sus hijos deben gozar de las franquezas, excepciones y privilegios que como tales legítimos descendientes de pobladores se les deben guardar.

              SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0063 · Unidad documental simple · 1699/07/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Soto Noguera, vecino de esta villa, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición, natural de Santiago de Cangas, arzobispado de Santiago en el Reino de Galicia, hijo legítimo de don Juan Noguera y de Marta de Avendano [Avendaño], difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda se digan doscientas misas rezadas por su intención, cargos de conciencia que pueda tener, y otras cien misas rezadas de que pueda ser encargo. Ítem manda se digan otras cien misas rezadas por su alma. Declara que debe a Benito Rendón 139 pesos, de los cuales manda se paguen; debe también a los bienes de Juan Sánchez Niño de Guevara 90 pesos; debe a Nicolás del Castillo 25 pesos; debe a Pedro Trillo [de Figueroa] 25 pesos; debe a Martín Gómez 50 pesos; debe a Joseph Gómez Dávila 100 pesos; debe a Antonio Fernández de Obregón 150 pesos. Por otra parte, señala que Juan García de Miranda, vecino de esta villa, le adeuda 1 766 pesos 6 reales procedidos y causados de la hacienda que le compró. Declara por sus bienes la casa de su morada, de piedra y madera, la cual es realenga y libre de todo gravamen; un negro esclavo nombrado Francisco y una negra nombrada Dominga. También declara por sus bienes un rancho en esta jurisdicción, que cuenta con 12 caballerías de tierra; en él tiene fundado casas y sembrado caña. Ítem declara se halla con una merced de 5 sitios de tierra de la otra banda del río Blanco, otorgada por el Virrey de esta Nueva España, de la que no ha hecho posesión ni diligencia por sus cortedades. Ítem declara tener una casa y dos molinos en su lugar y Reino de Galicia. Ítem declara que fue casado con Thomasa [Tomasa] Rodríguez, difunta, natural de esta villa, con quien procreó a Gertrudis, Margarita, Catalina, María, Juana Teresa y Juan de Soto. Nombra como albaceas testamentarios a don Joseph [José] Gómez Dávila, a Miguel de Prado y a Pedro García de Miranda, vecinos de esta villa, y a Joseph [José] Gómez, por tenedor de bienes. Nombra como herederos universales a sus hijos y por curador y tenedor de sus personas y bienes a dicho don Joseph [José Gómez].

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL