Gaspar Díaz, dueño de sus carros de bueyes, vecino de la ciudad de México, se obliga a pagar a Francisco Miguel Ferrera, 980 pesos de oro común, que son y proceden de resto de cantidad de novillos y dineros que le prestó en reales de plata.
NOVILLOS
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Francisco Miguel Ferrera, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de pagar a Rodrigo Hernández de Espinosa, 1 100 pesos de oro común, que son y proceden por cien novillos cerreros de diferentes hierros y colores, a razón de 11 pesos cada uno.
Alonso Martín de Salas, dueño de sus carros de bueyes, vecino de la ciudad de México, se obliga a pagar a Francisco Miguel Ferrera, 300 pesos de oro común, los cuales son y proceden por veinticinco novillos a 12 pesos cada uno.
Juan Duarte, vecino del pueblo de Tehuacán, se obliga a pagar a Gabriel de Moscoso, Juez de este nuevo camino, 195 pesos de oro común 4 tomines, los cuales son y proceden por veintitrés novillos a 8 pesos y medio cada uno.
Melchor Felipe del Moral, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a dar a 57 novillos cerreros a Miguel Arias, dueño de sus carros, vecino de la ciudad de México, para mediados del mes de septiembre del presente año, de no hacerlo, le pagará 10 pesos por cada novillo, en virtud de haber recibido 57 bueyes mansos del susodicho.
El Capitán [Juan] Flores, [roto] de la hacienda de ganado [mayor] que llaman de [roto], se [obliga] de pagar al [Regidor Antonio] de Brito, vecino de esta villa, cincuenta novillos puestos en el ejido de esta villa, para julio del año que viene de 1647, o antes si llegare la partida de la hacienda que tiene arrendada en tierra caliente de Alvarado; los cuales dichos novillos da y paga por otros tantos que don Alonso Galván debe al Regidor Antonio de Brito [lomelín], por una cédula que tiene de Marcos [de] Villalobos, porque le tenía puesta una demanda, por lo que dicha cédula queda en manos del regidor hasta que esta escritura sea pagada.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJoseph [José] Álvarez, vecino de la ciudad de los Ángeles, mayordomo de la cuadrilla de carros de Magdalena de Irala, viuda del Capitán Martín de Gorospe, en nombre y con poder de la dicha su ama, otorga que obliga a la dicha Magdalena de Irala a pagar a Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, 582 pesos y 6 reales de oro común, por otros tantos que importaron cincuenta novillos que le compró al susodicho a precio de 5 pesos y 6 tomines cada uno, y otros avíos que le ha dado para la cuadrilla de carros. También la obliga a pagar al susodicho ocho bueyes por otros tantos novillos que le entregó cuando hicieron el trueque. Y para seguridad de la deuda hipoteca los dichos cincuenta y ocho novillos que quedan declarados.
JUAN GARCÍA VALERO, ALFÉREZ MAYORFrancisco del Moral, vecino de Jalapa, se obliga de pagar a Rodrigo Hernández, vecino de Jalapa, 400 pesos de oro común los cuales son el precio de 50 novillos que le compró.
Pedro Montiel, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Juan Díaz Matamoros, vecino de Jalapa, 209 pesos de oro común que son el precio de 19 novillos.
Juan Torres, carretero, vecino de México, se obliga de pagar a Diego Rodríguez, vecino de Otumba, 400 pesos de oro común que son el precio de 50 novillos.