Stuk PC_0048_0051 - Zonder titel

Identificatie

referentie code

MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0051

Titel

Zonder titel

Datum(s)

  • 1712/06/07 (Vervaardig)
  • Córdoba (Vervaardig)

Beschrijvingsniveau

Stuk

Omvang en medium

96 vta. – 99 vta.

Context

Geschiedenis van het archief

Directe bron van verwerving of overbrenging

Inhoud en structuur

Bereik en inhoud

Don Manuel Gómez Dávila, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Secretario Domingo Antonio Gómez y de doña Juana Dávila Valero, difuntos, otorga poder a doña Juana Ramón y Espinosa, su mujer, a don Francisco Valero y Espinosa, su yerno, y al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, su compadre, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Ordena se digan doscientas misas rezadas por el alma de doña Juana de Gatica Padrón y doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, sus mujeres difuntas, asimismo, doscientas misas rezadas por el alma de sus esclavos difuntos, entre otras misas. Ordena se den de sus bienes 100 pesos al convento de Señor San Antonio de esta villa, para que el padre guardián los distribuya en ornamentos del altar de San Pedro Alcántara. Declara que hace más o menos treinta años contrajo matrimonio con Juana de Gatica, la cual llevó por dote 1 000 pesos y él tendría otros 1 000 pesos, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa, y que dicha Juana de Gatica no hizo testamento y que cuando falleció tenían de caudal los mismos 2 000 pesos. Declara que pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, la cual no trajo nada de dote, y él tenía de caudal como 12 000 pesos, y durante dicho matrimonio procrearon a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declara que pasó a terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual trajo de dote como 1 600 pesos y él tenía de capital como 60 000 pesos, y durante dicho matrimonio han procreado a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; y a doña Mariana Gómez Dávila, de un año. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes lo lleve para si la dicha doña Mariana Gómez Dávila, del que le hace manda graciosa. Manda que cabiendo en el tercio del remanente de sus bienes, le hace manda y legado de 1 000 pesos a doña Juana Ramón, además de lo que le corresponde de los gananciales. Declara que cuando se casó su hija Estefanía, hace seis años, le entregó por cuenta de su legítima 1 220 pesos, una negra nombrada Cecilia, en 350 pesos; otra esclava nombrada María Josefa, en 150 pesos, entre otras cosas que no recuerda. Nombra como albaceas testamentarios a doña Juana Ramón y Espinosa, a don Francisco Valero y Espinosa y al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombra como herederos universales a sus hijos, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

Waardering, vernietiging en slectie

Aanvullingen

Ordeningstelsel

Voorwaarden voor toegang en gebruik

Voorwaarden voor raadpleging

Voorwaarden voor reproductie

Taal van het materiaal

  • Spaans

Schrift van het materiaal

    Taal en schrift aantekeningen

    Fysieke eigenschappen en technische eisen

    Toegangen

    Verwante materialen

    Bestaan en verblifplaats van originelen

    Bestaan en verblijfplaats van kopieën

    Related units of description

    Related descriptions

    Aantekeningen

    Aantekening

    Observaciones: Documento deteriorado. El escribano registra los nombres Joseph Gutiérrez de Aguilar, Joseph Gómez, Manuel Joseph, Sicilia y María Josepha, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen. El escribano registra el nombre de Juana Davila, Juana Abila Valero, Juana Davila Valero, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta. El escribano registra el nombre de Juana Gatica, Juana de Gatica Padrón, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta. El escribano registra el nombre de Gertrudis de Gusman, Gertrudis de Gusman y Picasso, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta

    Alternative identifier(s)

    Trefwoorden

    Geografische trefwoorden

    Genre access points

    Beschrijvingsbeheer

    Identificatie van de beschrijving

    Identificatiecode van de instelling

    Toegepaste regels en/of conventies

    Status

    Publicado

    Niveau van detaillering

    Gedeeltelijk

    Verwijdering van datering archiefvorming

    Taal (talen)

      Schrift(en)

        Bronnen

        Voorwaarden voor raadpleging en gebruik