Ventura de Acosta y Gaspar de Heredia, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, dijeron haber otorgado escritura el 13 de marzo de 1711 para la compra del trapiche de San Diego y la Asunción, con las calidades y condiciones que en ella se expresan, habiendo corrido juntos en la administración hasta el 20 de noviembre de 1722, pero Ventura de Acosta dijo que de continuar la compañía se arruinarían, debido al abandono que le hizo al trapiche de San Diego por la gran mortandad de esclavos y ganados, y ahora no puede lograr fruto de la caña, también por las heladas que se padecen, por lo que han convenido en que Ventura de Acosta se quede con el trapiche en el estado en que se halla separándose y disolviendo la compañía, dando por libre la carga y gravámenes a que estaba obligado.
MORTANDAD
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Los Gobernadores y Oficiales de Gobierno de los pueblos de Naolinco, San Miguel Aguasuelos, San José Miahuatlán, San Juan Miahuatlán, San Pedro Chiconquiaco y San Antonio Tepetlán, otorgan poder especial al Doctor Miguel Primo de Rivera, Abogado de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que notifique la notoria mortandad que padecieron sus pueblos en la última epidemia y por dicho motivo, pida a las autoridades correspondientes les libre el despacho para rebajarles los Reales Tributos.
Don Andrés Juan, Gobernador; don Luis Bernardo, don Juan Eugenio y don Juan Gregorio, Alcaldes, y demás miembros del cabildo del pueblo de Jalapa, junto con los gobernadores pasados, dijeron que debido a la mortandad de naturales por la epidemia que acaeció el año anterior y a la carestía de maíz y frijol que es el sustento de ellos, el gobernador anterior don José Victorio no pudo completar los tributos, cuyo descubierto manda su merced a toda la república, por lo que han determinado vender un solar para solventar los tributos, a don Antonio Pérez Pensado, vecino de Jalapa, cuyo solar se ubica en el barrio de arriba y mide 61 varas de frente y 97 de fondo, el cual linda al sur con la calle de Juan Blanco y casa de doña María Josefa de la Cruz, alias La Chamorro; al oriente con solar de la casa del comprador; al norte con solar del pueblo; y al poniente con otro solar del pueblo, por la cantidad de 160 pesos.