El Presbítero don José Vicente de Espino, como curador ad bona de don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, instituido y nombrado como tal por don Guillermo de Espino, su padre, en la décima cláusula de su testamento; dijo que don Francisco Ciriaco es dueño de una casa y que hallándose ella en inminente peligro de ruina y no teniendo proporciones para repararla, por hallarse su menor escaso de dinero, ha meditado que la única opción que le queda para salvar el caudal del menor, es vender la finca. Por lo cual, otorga que vende a don Jorge de la Serna, para doña Micaela Torres, doncella de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina al fin de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al molino de don José María de Goiri; la cual se compone de 19 y media varas de frente, que lo hace a la primera hacia el oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 varas de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado casa de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya casa deslindada la hubo y compró don Guillermo de Espino, padre de su cliente, de don Juan José y doña Mariana de Ledezma y se la adjudicó al menor don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, en parte de su legitima paterna. La cual vende en precio de 700 pesos que declara haber recibido.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOMOLINO DE GOIRI
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El ciudadano José Francisco Ortiz y Ortega, de esta vecindad, otorga y confiesa haber recibido de los fondos de la cofradía de las Ánimas, de esta parroquia, por mano de su actual mayordomo don Joaquín Ruiz, la cantidad de 50 pesos, de cuya suma formaliza recibo; así como, se obliga a tener dicha cantidad en depósito irregular por el tiempo de dos años, contados desde esta fecha en adelante, satisfaciendo durante ellos y el más tiempo de su demora, el correspondiente rédito de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad del capital y sus réditos, hipoteca un solar, ubicado en esta ciudad, en la calle que del cementerio de la iglesia de San Francisco baja para el Molino que se nombra de Goiri y antiguamente se nombraba de Primo, el cual tiene 19 varas de frente que lo hace al poniente con dicha calle; y 30 varas de fondo al oriente por donde linda con las paredes de la hortaliza del convento de San Francisco; por norte linda con casa y solar que fue de Ana Olivares y hoy es de Dolores Godoy; y por el sur linde con casa del difunto José Anastasio Conde que antiguamente fue de Pablo Viveros. Dicho solar se obliga a no vender ni obligarlo sin expresa declaración de este gravamen.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO