Don Nicolás Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, jurisdicción de Jalapa, con poder otorgado y nombramiento de principal deudor y obligado, a favor del Capitán Juan de Acosta, don Francisco Munguía, don José de Guevara, don Francisco de Aguilar, don Francisco Agudo, don Miguel Pérez, don Francisco Pérez de Aguilar y don Manuel de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, fiadores llanos y principales pagadores de la iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla de los Ángeles, Comisario de su cofre de Masa General por la cantidad de 6,240 pesos en que se remataron los diezmos de semillas, ganados y los partidos de Naolinco, Misantla y Tlacolula, por tiempo de 3 años, pagando 2, 040 pesos anuales, puestos en dicho cofre o en la parte que se le pidan, dándose por entregado de los referidos diezmos con la aceptación que tiene de su remate.
MISANTLA, PARTIDO DE
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Don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecino de Naolinco, debe y se obliga pagar a la Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles y señores comisarios de su cofre de masa general 10, 350 pesos, cantidad en que se remataron los diezmos caseros y de naturales de los partidos de Naolinco, Tlacolula, Misantla y Actopan, los cuales administrara por 5 años, obligándose a formar las declaraciones a los diezmatarios en los cuadernos que para ellos se le dieren en la contaduría de diezmos devolviéndolos a ellos anualmente, nombrando como fiadores a don Félix José de los Reyes, don Domingo Pérez, don Bartolomé Zurita, don Manuel de Acosta, don Francisco de Aguilar y otros vecinos del pueblo de Naolinco.
Don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino del pueblo de Naolinco, dijo que como se manifiesta en el billete que los señores Comisarios del Cofre de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles, le ha entregado al compareciente, se le remataron los diezmos de semillas, ganados, mestas, caseros y de naturales de la cordillera y partidos de Naolinco, Tlacolula y Misantla, por tiempo de tres años que se cuentan desde 1773 hasta 1775 por 2, 100 pesos cada año, que por los tres hacen 6, 300 pesos, por lo que se obliga el otorgante a pagar dicha cantidad.