MATA DEL COYOTE, PARAJE LA

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0025 · Unidad documental simple · 1726/11/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a don Phelipe [Felipe] Fonte de las Cuevas, vecino de esta dicha villa, media caballería y siete solares de tierra de las pertenecientes a la villa de Córdoba, en el paraje nombrado la Mata del Coyote, por el oriente linda con tierras de los ranchos del Sargento Manuel González Bautista y Juan Íñiguez; por el occidente con la brecha de dicha villa; por el rumbo de dichos ranchos 15 cuerdas de a 50 varas cada una; y por la brecha de esta villa 10 de dichas cuerdas; por el norte con el rancho de Antonio Laboreiro, por cuyo lado tuvo 11 de las mencionadas cuerdas; por el sur 30 varas y 14 cuerdas. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años a precio de 8 pesos y un tomín, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.

              LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0028 · Unidad documental simple · 1774/12/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Alonso García de la Huerta, Regidor Perpetuo, Fiel Ejecutor por Su Majestad en este Ilustre Ayuntamiento y su Procurador General, con poder bastante para administrar y arrendar sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a don Thorivio [Toribio] Rodríguez Cabanzón, de esta vecindad y comercio, dos caballerías escasas de tierra pertenecientes a dichos propios, que se hayan en el paraje que nombran Mata Coyote, dichas tierras son las mismas que tenía en arrendamiento Miguel Tuxillo [Trujillo] y en las que se hallaba su rancho; linda por la parte de oriente con rancho de don Pedro Miranda Zevallos [Ceballos] y de Tomás Yñiguez [Íñiguez], por el poniente con rancho quedado por bienes de don Andrés Gómez; por el norte con el de José Quirasco; y por el sur con los de Pablo Gil y Fulgencio de Salas; por medio de dichas tierras está el camino real que va para la estancia de Monte Blanco. El arrendamiento es por nueve años en 24 pesos y 4 reales en cada uno, bajo las condiciones siguiente: Primera, que no ha de sembrar caña dulce; segunda, que no ha de introducir otro tercero que la disfrute; tercera, en caso de traspasarla ha de noticiarlo antes a la parte de este Ayuntamiento.

              JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO