MAHUIXTLÁN, POTRERO DE

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        MAHUIXTLÁN, POTRERO DE

          Términos equivalentes

          MAHUIXTLÁN, POTRERO DE

            Términos asociados

            MAHUIXTLÁN, POTRERO DE

              2 Descripción archivística resultados para MAHUIXTLÁN, POTRERO DE

              2 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0034-PX_0034_0117 · Unidad documental simple · 25/02/1757
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Fernando Álvarez, vecino de Xicochimalco de esta jurisdicción, convino con Juan Miguel Rebolledo, vecino de Coatepec, en arrendar los potreros de San Marcos y San Mauricio Miahuixtlán, uno para cada uno, por la cantidad de 500 pesos cada medio año durante 9 años, que pagaran a don José Leonel González de Cervantes y la Higuera, propietario de dichos potreros, vecino de la Ciudad de México, poseedor del vínculo Mayorazgo que fundaron don Francisco Hernández de la Higuera y su mujer doña María González.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0063-PX_0063_0035 · Unidad documental simple · 12/03/1799
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Ignacio Leonel Gómez de Cervantes de la Higuera Urrutia y Vergara, Marqués de Salinas, Gentilhombre de Cámara de S.M. con entrada, Caballero Maestrante de la Real de Ronda, vecino de México, poseedor del vínculo mayorazgo que fundaron Francisco Hernández de la Higuera y su mujer María González, mismo que da en arrendamiento a don Juan Esteban de Elías vecino de esta Villa de Xalapa, con las condiciones que se mencionan en la escritura. Dentro de dicho arrendamiento se incluye desde la cumbre de la Calera, Plan del Río, la Estanzuela, los ingenios Chico y Grande, los potreros de San Marcos y San Mauricio, Mahuixtlán, la hacienda de la Higuera y todos los demás que tocan a la administración de don Manuel José de Cervantes Casaus; el arrendamiento será por 9 años, pagando 5, 000 pesos por cada uno que empiezan a contarse desde el día en que se entreguen las memorias de los avalúos.