El ciudadano Miguel Olivares, vecino del pueblo de las Vigas de este cantón, maestro de postas que ha sido en él, otorga que da su poder especial al ciudadano Matías Arosa, residente en la capital de la Federación, para que en su nombre se apersone a hacer constar los servicios que tiene hechos por tantos años, en la expresada Renta de Correos, y hacer postura nueva y rematar aquella parada en la dirección general de la renta, por el tiempo, precio y condiciones que sean razonables y todo con arreglo a las instrucciones que le ministre, haciendo para ellas todas las diligencias judiciales y extrajudiciales que se requieran.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALMAESTROS DE POSTAS
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El señor administrador de Correos de esta villa, don Faustino de Capetillo, por sí y como comisionado del señor Administrador Principal de la Provincia, y don José San Román, correo semanario de esta carrera; otorgan, el segundo, que se obliga a servir como maestro de postas, la que corresponde desde esta villa hasta el paraje nombrado Plan del Rio, por la carrera de Veracruz, y por la de México hasta el nombrado la Hoya [Joya], teniendo en esta villa todas las bestias necesarias con la puntualidad debida, a que no cause perjuicio en este servicio interesante de la nación, por la cantidad de 800 pesos anuales y tiempo de tres años por contrata; todo esto, ínterin dure sin correo semanario, pues establecidos que sean los dos, como tiempo antiguo y pacífico, se le ha de se ha de satisfacer lo mismo que antes se pagaban a los maestros de postas que había en esta villa y paraje del Encero. Y a condición de que también se le paguen por los extraordinarios que crucen hasta los puntos indicados; expresando que esta contrata debía comenzar a ponerla el primero de octubre del presente año; y que no la caucionaba con fiadores abonados por no tenerlos; aunque sí dará la seguridad necesaria en el caso de que falte a su contrata. Y habiendo oído el señor don Faustino de Capetillo las condiciones y circunstancias con que se obliga don José San Román, dijo que las acepta en todas sus partes las propuestas de San Román y las elevaba a contrato verdadero y perfecto; por lo tanto, ambos otorgan cumplir lo pactado.
RAMÓN RUIZ, JUEZ INTERINOGabriel de Ochoa, vecino de Jalapa, otorga que se obliga a servir en el empleo de Maestro de Postas en esta administración de correos con arreglo a las ordenanzas de postas, y goce de sus privilegios por tiempo de cuatro años que comienzan a correr y contarse desde el día 15 del corriente en adelante.
Don José de Cos Gayón, residente en esta villa, maestro de postas, contratado legítimamente con la Nación para la carrera de esta villa hasta la Nueva Veracruz, y de allí, al paraje de la Joya; otorga poder especial a don Tirso Conde, vecino de la capital de la Federación, para que promueva ante el Excelentísimo Señor Presidente de la República y por conducto del Ministerio de Hacienda, el que por parte de la Renta de Correos se le cumpla la contrata que celebró por el término asignado en ella, ya que por su parte ha cumplido con la mayor eficacia y puntualidad, y la cual con perjuicio notable se le ha querido rescindir por parte del Director General de la Renta. Le da el poder para que haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan hasta que se le restituya al ejercicio de su contrata de que ha sido despojado y se le abonen los perjuicios y menoscabos que se le han irrogado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO