Zona de identificação
Código de referência
Título
Data(s)
- 1823/09/01 (Produção)
Nível de descrição
Dimensão e suporte
f. 251 - 253
Zona do contexto
Nome do produtor
História biográfica
Entidade detentora
História do arquivo
Fonte imediata de aquisição ou transferência
Zona do conteúdo e estrutura
Âmbito e conteúdo
Don Cayetano Gándara, de este comercio y vecindad, viudo, albacea de la difunta doña Antonia Amaya, dijo que don Antonio Gomila, primer marido que fue de su esposa, en el testamento que otorgó, en esta villa y bajo cuya disposición falleció, consta y aparece entre sus cláusulas, una que ordena que después de su fallecimiento impongan sus albaceas a rédito sobre finca segura, 500 pesos de los cuales hace legado en forma a una huérfana que tiene en su casa nombrada, María Antonia, de dos años de edad, para que al llegar a edad hábil lo disfrute, así como los réditos que dicho capital produzca; y como su difunta esposa, aunque en lo extrajudicial se propuso reconocer este legado a favor de la huérfana sobre una casita de la testamentaria de que adelante se hará mención, desde el fallecimiento de aquel, y al hallarse la Amaya de proximidad de terminar sus días, dejó en una minuta extrajudicial testamentaria con fecha el 11 de abril de 1820, bajo la cual falleció también. Y la que después de los trámites legales se llevó a testamento, en el que consta y aparece en uno de sus artículos el encargo de que la casa del parapeto, la deja a la huérfana María Antonia en descuento de los réditos, que desde la muerte del primer marido le corresponden y si fuere más lo que la casa valiere, lo cede y dona de buena voluntad. De modo que el compareciente con el fin que tengan su puntual y debido cumplimiento dichos encargos, otorga que entrega, cede y traspasa en favor de la mencionada María Antonia Gomila y Amaya, la casita del parapeto, que es de paredes cubierta de madera, ladrillo y teja, de edifico bajo, ubicada en esta villa en la calle que nombran de San Miguel, con el frente y fondo que le corresponde y hace el primero hacia el oriente con dicha calle y del otro lado solar y paredes de casa del finado de don Antonio Bremón, por su fondo al poniente, linda con terreno de la casa del finado Pedro Rafael del Moral; por el costado del sur con el de la casa del difunto don Juan Antonio de la Riva; y por el del norte, con casa de los herederos de Blasina Vargas.
Avaliação, seleção e eliminação
Incorporações
Sistema de arranjo
Zona de condições de acesso e utilização
Condições de acesso
Condiçoes de reprodução
Idioma do material
espanhol
Script do material
Notas ao idioma e script
Características físicas e requisitos técnicos
Instrumentos de descrição
Zona de documentação associada
Existência e localização de originais
Existência e localização de cópias
Unidades de descrição relacionadas
Zona das notas
Nota
En la escritura se menciona que el testamento otorgado por Antonio Gomila hecho en esta villa el 19 de agosto de 1808, f. 251 vta. El escribano registra los nombres Antonio Bremont, éste firma Antonio Bremon; Pedro Moral, Pedro Rafael del Moral, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.
Identificador(es) alternativo(s)
Pontos de acesso
Pontos de acesso - Locais
Pontos de acesso - Nomes
- AMAYA, ANTONIA (Assunto)
- BREMÓN, ANTONIO (Assunto)
- GÁNDARA, CAYETANO (Assunto)
- GOMILA Y AMAYA, MARÍA ANTONIA (Assunto)
- GOMILA, ANTONIO (Assunto)
- MORAL, PEDRO RAFAEL DEL (Assunto)
- RIVA, JUAN ANTONIO DE LA (Assunto)
- VARGAS, BLASINA (Assunto)