Don Nicolás de Barreda Gayon, natural de la villa de Llanes en los Reinos de Castilla, en las Asturias del Obispado de Oviedo y vecino del pueblo de Naolinco, hijo legítimo de Don Antonio Barreda Gayon y de Doña María Posadas Nava, casado con Doña Josefa de Castro, viuda de José de Zárate, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a Don Diego Cardeña, su yerno y Escribano Público de esta jurisdicción.
LLANES, VILLA DE
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Don Fernando Bustillos, Caballero de la Orden de Calatrava, Comisario Ordenador de los Reales Ejércitos y Superintendente General de Hospitales de la Ciudad de Veracruz, de donde es vecino y residente en este pueblo de Jalapa de la feria; hijo legítimo del difunto don Lucas Bustillos Varas y de doña Manuela García, natural de Villa de Llanes, obispado de Oviedo, principado de Asturias, otorga su testamento donde declara se casó por primera vez con doña Luisa Sáenz Rico, con la que tuvo 5 hijos; se casó por segunda vez con doña Isabel María de la Rocha, con la que tuvo 6 hijos; nombra por sus albaceas a su esposa Isabel, a don Pedro Antonio Cosío y a don Pedro de Zavala, vecinos de la Nueva Veracruz y como sus herederos nombra a sus hijos. Tiene entre sus bienes la casa en la que vive en la ciudad de Veracruz, junto a la playa y a los almacenes reales de Marina, más otras dos casitas de cal y piedra, entre otros bienes.
Micaela García de Baldemora, viuda de Francisco de la Barreda Gayón, vecina del pueblo de Naolinco, albacea, tenedora y Curadora de sus menores hijos, otorga poder en primer lugar a Francisco de Barreda, vecino de la Villa de Llanes, en el principado de Asturias, y en segundo lugar a Francisco José de Barreda Gayón, su hijo de 19 años, con calidad de que éste no puede actuar sin concurrir a Francisco de Barreda, por ser menor de edad; para que en su nombre puedan cobrar todos los derechos, bienes y acciones que su marido tenía en la Villa de Llanes y en otras partes, tanto de remisiones de dinero como de la herencia que le dejaron sus padres.
Francisco y Felipe de la Barreda Gayón , vecinos del pueblo de Naolinco otorgan poder especial a don Alonso de Cubillas Noriega, a Juan de Posada Estrada, a José de Canín Barreda y a Nicolás de Mendoza, vecinos de la Villa de Llanés en el Reino de León en Castilla, a cada uno in solidum, para lo que uno empezare pueda acabar el otro y con facultad de sustituir las veces que les pareciere y para que en su nombre parezcan ante la Real Justicia de dicha villa o de cualesquier otra, que con derecho deban, reciban y cobren de Juan Canín de Valdéz, vecino también de la Villa de Llanes, la cantidad de pesos en que le hubieran rentado los bienes que apercibió por la muerte de su madre.
Fernando Gavito Rubio, natural del lugar del Poo del Principado de Asturias, Villa de Llanes y vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a su madre doña María Rubio Sánchez, junto con su hermano don Bartolomé Gavito Rubio, vecinos de dicho principado, para que administren los bienes que le han sido heredados, por su difunto padre, don Pedro Gavito Rubio.