Francisco Juárez, mayordomo de la hacienda de ovejas de don Gaspar de Rivadeneira, otorga que da en arrendamiento a Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, residente en esta jurisdicción, una venta en el pago que llaman de la Lagunilla, jurisdicción de esta villa, con sus jacales viejos, su casa de vivienda y descargadero, por tiempo de cuatro años. El arrendamiento es por precio de 50 pesos en cada uno de los primero años, y los otros dos, 100 pesos por cada uno de ellos; con cargo y calidad de construir una nueva casa de vivienda de 8 brazas de largo y 4 de ancho cubierta de zacate, además un horno cubierto, jacales y un descargadero en donde paren las recuas, de 10 brazas de largo y 2 de ancho cubiertos de zacate, todo esto lo ha de hacer Gerónimo [Jerónimo] a su costa, sin que por ello se le haya de pagar.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOLAGUNILLA, PAGO DE LA
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El Capitán don Francisco Valero de Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario por Su Majestad de primer voto, Francisco de Solís, Alguacil Mayor, Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, capitulares de esta villa, dijeron que por cuanto ésta se encuentra con pleitos que tiene con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por haber pretendido el susodicho apropiarse de hecho y sin derecho de las tierras en el pago que llaman de la [Laguna] en [la jurisdicción] de esta villa, asimismo, con el Real Fisco de Su Majestad y con el señor Alcalde Mayor actual de esta villa, sobre la jurisdicción, territorio y dictado de villa que en su erección le fueron concedidas; pleitos que han llegado a tal estado que requieren muy eficaz remedio y para lo cual ha convenido el Cabildo enviar en nombre de esta villa, con poder bastante para lo que se ofrezca, a la ciudad de México a don Miguel Valero [Grajeda], Alférez Mayor, a Francisco de Solís, Alguacil Mayor, y al Capitán Nicolás Blanco, vecinos de esta villa, a quienes por la presente otorgan poder especial para que en nombre de esta villa parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en sus Reales Audiencia y Cancillerías, jueces y tribunales, eclesiásticos y seculares que con derecho deban y soliciten cuanto se pueda con la finalidad de que no decaigan esta villa de sus privilegios, tierras, jurisdicción, título y lo demás que le fueron cedidos en su erección.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALMaría de Ferrera [de Tévez], viuda del Regidor Juan Francisco Ramírez, como albacea de su difunto marido hace inventario de sus bienes en el cual declara tener: un solar en esta villa, que linda con [roto] calle de San Juan en medio y por el poniente con solar de los herederos de Salvador [de] Brito; una casa de vivienda de cal y canto, cubierta de zacate viejo, fundada en dicho solar, una cocina de la misma forma y un jacal viejo; un solar en esta villa, ubicado en la calle de San [Juan], que linda por el norte con solar del Capitán Nicolás Blanco y por el sur con el de Jacinto Pérez Padrón; cuatro solares de tierra junto al cerro de la Peñuela, en esta jurisdicción, y en ellos un horno de hacer cal; un negro viejo nombrado Antón de más de sesenta años de edad; una negra nombrada Lucrecia, de edad de más de sesenta años; dos solares en tierra debajo de la Lagunilla en esta villa; once mulas de recua, dos mulas de silla, entre otros bienes.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDon Bernabé de Figueroa y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habiendo contraído matrimonio con doña María Álvarez Blanco, hija legítima del Capitán Joseph [José] Blanco y de doña Francisca Jiménez de Encinos [Encinas], su mujer, el capitán le entregó por dote de su hija 4 000 pesos de oro común en reales, aparte de la ropa y ajuar. Y debido a que su esposa murió abintestato y sin dejar hijos que la pudieran heredar, el capitán le ha pedido devuelva y pague dicha dote, por lo cual y respecto a hallarse sin el principal de la dote por haberlos gastado en dos sitios de tierra en esta jurisdicción al pago de la Lagunilla, y en fundar en dichas tierras una hacienda de jacales, suertes de caña dulce y ganado, su suegro le ha concedido cuatro años de espera para pagarle dicha cantidad, por lo cual otorga obligación de pago a favor del Capitán Blanco.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL