Don Bartolomé Salvo, mercader y vecino del pueblo de Jalapa, con poder especial, otorgado a su favor por don Juan de Baena, vende don Juan Agustín de Fuentes, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Coatepec, jurisdicción de Jalapa, un esclavo negro llamado José Ignacio, de Casta Congo de 24 años, en la cantidad de 225 pesos.
JUECES ECLESIÁSTICOS
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Don José Francisco Campomanes, cura interino, vicario foráneo y juez eclesiástico de esta ciudad, dijo que doña Ana de Jesús Morales, de esta vecindad, de estado honesta, ha contratado la venta de una casa, que tiene en esta misma ciudad, en el callejón del Chorro del Poblano; pero al formalizar la escritura, se ha encontrado que los 350 pesos que reconocía, de los cuales 250 pesos están a favor de las cofradías del Señor San José de la Laguna y 100 pesos a la de la Santa Veracruz con sus respectivos réditos, están vigentes y sin cancelarse las escrituras de imposición y ni en los respectivos libros de hipotecas, cuando estos principales y premios se redimieron en el año de 1808, por la venta que de parte del terreno que de dicha casa hizo la finada su madre doña Rosalía García a don Pedro Martín del Puerto Vicario, el 4 de junio del mismo año. Y en prueba de ello, la señora Ana de Jesús Morales presentó tres recibos y requirió que fueren copiados en este instrumento. En virtud de dichos recibos, dicho señor cura, como rector de cofradías, dijo que para que las escrituras de imposición y los registros de los libros de hipotecas de los ya citados capitales se cancelen y queden nulos y la señora Morales libre para llevar a cabo el contrato de venta que celebró y tiene suspenso, declara en la más solemne forma que la finca hipotecada queda libre de toda responsabilidad.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINODon José Francisco Campomanes, Cura Interino, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico, Rector de Obras Pías y Cofradías de esta ciudad, otorga que nombra a don José Manuel Domínguez, vecino de esta ciudad, por Mayordomo interino de la cofradía de nuestra Santísima Madre y Señora del Carmen, sita en esta iglesia parroquial, asimismo, lo nombra como administrador y ecónomo de todas sus rentas, utensilios, fincas urbanas o rústicas, deudas derechos y acciones y cuantos bienes religiosos le pertenezcan. A cuyo fin y entretanto puede celebrarse la elección canónica dispuesta en ese derecho y en el civil del que deba ser mayordomo y sus diputados, lo que ahora pronto no se verifica por las asiduas ocupaciones del otorgante, le confiere a Domínguez poder general para que en representación de la expresada cofradía, haya, perciba, demande y cobre los capitales que se rediman sean a censo o a depósito irregular, así como, sus réditos, frutos, arrendamientos, utensilios y demás bienes que le pertenezcan.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, clérigo domiciliario de este obispado, dijo que don Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio por escritura que formalizó el 19 de octubre de 1825, constituyó a su favor sobre una casa de paredes de edificio baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, que posee por suya propia en esta villa, y hace esquina al camino que va para la Veracruz, y calle de la Laguna, censo al redimir de 800 pesos de principal y 40 de réditos anuales, que corresponden a un 5 por ciento. Y habiendo el actual cura párroco interino, vicario, juez eclesiástico de esta villa doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, como patrón de la obra pía de Nuestra Señora de los Dolores de la misma parroquia que dejó fundada doña María Sebastiana Rincón, ofrecido darle la cantidad censada, con la calidad de que se subrogue ésta a su favor. Por lo que, el otorgante en virtud de esta oferta citó de redención al censuario con calidad de subrogación a lo que condescendió. Y para que tenga efecto en vía y forma que más haya lugar en derecho, otorga que ha recibido del prenotado Cadena por mano del cura párroco de esta feligresía, 800 pesos del censo que queda hecha expresión, en reales efectivos y moneda corriente desde el día 28 último, de cuya cantidad se da por recibida a toda su satisfacción. Y como realmente satisfecho formaliza a favor de los prenotados cura párroco y don Mariano Cadena, la más firme y eficaz carta de pago, redención y liberación del censo y para lo que al otorgante toca da por extinguido y redimido íntegramente el repetido censo y sus réditos; y por exenta y libre de toda su responsabilidad la casa y demás bienes que hipotecó. Y mediante a haber ejecutado esta redención con dinero del expresado cura párroco como patrono de la citada obra pía, le pone y subroga a él y a sus sucesores en el propio lugar que le correspondía para que perciba y cobre los 800 pesos cuando llegue el caso de su redención y en el ínterin sus correspondientes réditos de un 5 por ciento, para lo cual le confiere el más amplio y firme poder que necesite con libre y general administración.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARAEl Bachiller don José Joaquín de la Pedreguera, Cura Propietario y Juez Eclesiástico de esta Villa de Xalapa, y don Rafael Velad, Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Sacramento de esta Parroquia, otorgan poder especial a don Pedro Blanco, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre de ellos, perciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de los Señores Ministros de la Real Hacienda de la enunciada ciudad, la cantidad de pesos que adeudan a este curato y a la cofradía, en razón de los réditos devengados de los capitales que entraron en la Real Caja de Consolidación.
El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del Pueblo de Coatepec, de esta Jurisdicción, apoderado para hacer testamento del difunto don Fernando Mirones, alias Pedreguera, Teniente de Granadero del Regimiento Infantería de Milicias Provinciales de las tres Villas, a nombre de su constituyente otorga testamento; declara que fue hijo de don José Mirones de la Pedreguera y de la difunta María Chavarría, natural de Santa María de Cayón, Montañas de Santander, de estado soltero; sus bienes consistían en una tienda pulpería, situada en la Calle de la Amargura y fue su voluntad que del tercio de ellos, se pagaran los gastos de su enfermedad y entierro, y el resto se le entregara a Teresa Baizabal, hija de Gertrudis Baizabal, ambas de esta vecindad, en remuneración por los buenos servicios que le asistieron. Nombró albacea al citado otorgante, y como universal heredero a su padre don José Mirones de la Pedreguera.\t
El Bachiller Diego Martín de los Reyes, cura beneficiado, vicario y Juez eclesiástico de Naolinco, dio su poder cumplido al Bachiller José Carrión de las Casas, vicario del pueblo de Jalacingo, para que en nombre acepte la escritura de venta de todos los sitios y caballerías de tierras, de ganado menor y mayor, que tiene comprados al Padre Procurador Fray Antonio Notario y al Síndico de Religiosos Descalzos de Santa Bárbara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles,
Testamento del Capitán Don Francisco García López, vecino de Jalapa, que con su poder hizo el Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, cura beneficiado, Vicario y Juez eclesiástico de la doctrina de Jalapa, en virtud de una memoria que dejó escrita el difunto.
Para la dicha información, Don Mateo Bautista y Don Tomás de Santiago, presentaron por testigo al Lic. Agustín Gómez, cura beneficiado de este partido y juez eclesiástico en él, y dijo que como ministro conoce a los susodichos y su pedimento, y ha oído decir están muy empeñados, salen a trabajar fuera del pueblo para poderse sustentar, y será servicio de Dios darles la licencia que piden para vender a censo las tierras de Barranca Seca.
El Lic. Pedro de Irala, beneficiado por Su Majestad y Juez eclesiástico en este partido, vende a Diego de Estrada, dueño de recua, vecino de la ciudad de México, una negra esclava nombrada Antonia, de 30 años de edad, poco más o menos, de nación Angola, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, por el precio de 400 pesos de oro común.