Ante Juan Silvestre Martínez de Montemayor, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Alonso Rincón, vecino de este pueblo, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 930 reses y toros, que el obligado de la ciudad de los Ángeles compró en la villa de Córdoba para el abasto de dicha ciudad.\n
JUECES DE CAMINOS
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Ante Juan Silvestre Martínez de Montemayor, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, compareció Tomás de Carvajal, mayordomo y administrador de la hacienda de vacas nombrada Uluapa, que es de don Francisco Estrada y Galindo, que posee en la jurisdicción de Cosamaloapan, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 260 reses y novillos, para poderlos entregar en este pueblo al Marqués del Valle de la Colina y a Antonio Piñón, su administrador, para el abasto y carnicerías. \n\n
Ante don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Ignacio de Andía, como mayordomo y administrador de la hacienda de Uluapa, que es doña Luisa [de Chávez] Galindo, viuda de don Diego de Estrada [Carvajal], para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 2,006 reses, todos toros, de dicha hacienda, para pasar a la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.\n
El Capitán don Francisco de Aguirre, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y Cobranza de los Reales Tributos, dijo que por cuanto tiene noticia que en la avenida del río Blanco ocurrida el 12 del presente mes y año, cuyo río pasa entre los pueblos de Orizaba, Tequila, Tilapa y Zongolica, se llevó el puente por donde transitan los indios de esos pueblos al de Orizaba para vender sus legumbres y semillas; por lo que los ministros de la doctrina y justicia mandaron a los mencionados indios a hacer y poner el dicho Puente. Y habiendo terminado el puente y aderezado la entrada y salida y estribado, los indios de Tequila y Zongolica dijeron por medio de un intérprete, que los indios, gobernadores y alcaldes de Orizaba, les impedían pasar por el puente para vender sus mercaderías y legumbres. Por lo que visto por el alcalde mayor, dictó auto en el que ordena que viniesen y pasasen libremente a vender sus mercaderías y legumbres, y que se notifique al gobernador y alcaldes de este pueblo para que no les impidan el trajino ni la venta de sus mercaderías.
Ante don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor y Juez de Caminos, compareció Vicente Rodríguez, dueño de recua, quien manifestó llevar en ella 12 pipas de vino en 72 barriles para entregar en la Puebla de los Ángeles a Gabriel Escudero de Rosas, en virtud de una certificación firmada en la Nueva Veracruz el 30 de octubre de 1638, cuya imposición monta 300 pesos, que quedan metidos en la Real Caja.\n
Ante el Contador Francisco de Uribe Salazar, Teniente de Corregidor por Francisco de las Casas y Orellana, Juez de Caminos y Registros, compareció Juan de Larrea y Nicolás García, primos, vecinos de la ciudad de los Ángeles, dueños de carros, quienes manifestaron llevar en ella 133 pipas de vino, conforme a seis certificaciones firmadas por los jueces oficiales reales en la Nueva Veracruz, cuya imposición monta 1 325 pesos que quedaron asegurados en la Real Caja de la Veracruz, el 26 de octubre pasado.\n
Ante don Antonio Monroy y Figueroa, Corregidor y Juez de Caminos, compareció Andrés Bernal, dueño de recua, quien manifestó llevar en ella 2 pipas de vino y 12 botijas en 12 barriles, las 2 pipas en virtud de dos certificaciones firmadas en la Nueva Veracruz el 23 de octubre de 1638, para entregar en México al Capitán Vicente de España y al Contador Martín de Rivera, cuya imposición monta 62 pesos que quedan metidos en la Real Caja.\n
Don Gaspar de Aburruza, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y demás comisiones agregadas, dijo que para el bien público y República de este pueblo, así como, para la cobranza de las reales alcabalas de Su Majestad, ordena que todos los panaderos de este pueblo y jurisdicción, que acostumbran hacer y vender pan, amasen y den libra y media de pan cocido sin que falte cosa alguna, en el inter que se provee otro remedio por andar el trigo caro; ordena que todos los vecinos y moradores entrantes y salientes y los que tienen tienda, manifiesten ante el escribano público todas las mercaderías que al presente tienen para vender y las que vayan metiendo en su tienda, para que cada cuatro meses mediante dichas manifestaciones se haga cuenta y se cobre a ellos lo que deban a Su Majestad, lo cual se asentará en el libro de su cargo, y los que vendan vino lo manifiesten so pena de perdido; ordena que ningún vecino de este pueblo y jurisdicción compre a indios mercaderías ni géneros de comer, sino que los dejen venir a la plaza pública de este pueblo para que allí todos lo compren y se prevengan de lo necesario, y los que compren a los indios fuera de dicha plaza incurrirán en pena de 2 pesos de oro común cada vez que contravengan los unos y los otros comprehendidos en este auto; y para que venga a noticia de todos y ninguno pretenda ignorancia, ordena se pregone este auto en las partes acostumbradas.
Don Antonio de Monroy Figueroa, Corregidor por Su Majestad en este partido, Juez de Caminos y de Registros y de la visita y castigo de ellos, dijo que tuvo noticia de la llegada de un arriero que desembocó por el paso de la Angostura y que había trasversado el camino huyendo de la visita que se le hace a las recuas y cata de lo que llevan en ellas, debido a la nueva imposición de los 25 pesos a la grana y plata que suben a la Nueva Veracruz o bajan de ella y los indios y otras personas que traen en su servicio, lo que deben manifestar en este oficio y registros de Orizaba y Jalapa, conforme a ordenanza de los Señores Virreyes, para lo cual mandó a un ejecutor a que trajese ante él al dicho arriero y sus mulas para que hiciera la manifestación, y habiéndole traído ante el dicho corregidor declaró llamarse Domingo Álvarez, vecino de la villa de Córdoba, ser dueño de recua y trajinar con ella de la Veracruz a Tehuacán y a otras partes donde se le ofrece, asimismo manifestó que viene con 11 mulas de aparejos cargadas de trigo del pueblo de Tehuacán y que en su avío trae consigo dos hijos suyos llamados Gregorio y Domingo, no trayendo ningún indio, cuyo trigo declaró es para comer en su casa y para vender y que las 11 mulas junto con las de silla suman 14, las cuales compró en esta jurisdicción a don Gaspar de Rivadeneira, a Francisco Álvarez y a Juan González; también fue notificado por el corregidor que al día siguiente debe presentar testimonio donde se indique que pagó el alcabala de dichas mulas y las alcabala en la Nueva Veracruz.
Don Gaspar de Aburruza, Juez de Caminos y de Registros y demás comisiones agregadas, dijo que por vía de buen gobierno en esta República, mandó que todas las personas y panaderos que estén acostumbrados a amasar pan para vender y otros que lo quieran hacer, den 3 libras de pan por 1 real, so pena de 12 pesos de oro común aplicados por tercias partes Cámara de Su Majestad, juez y denunciador, y el pan perdido manda se proporcione a los pobres del hospital y cárcel pública de este pueblo; ordena que se pregone este auto en la plaza pública de este dicho pueblo, para que nadie pretenda ignorancia.