Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo que para la buena administración de ella necesita nombrar personas de su satisfacción y confianza, en cuya virtud otorga poder a don José de Espinosa, residente en Teziutlán, para que en su nombre administre, recaude y cobre las reales alcabalas que se hubieran causado desde el 29 de enero de 1724, así también para que cobre sobre el repartimiento de mulas, caballos y otras cosas.
JONOTLA, PUEBLO DE
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Los Capitanes don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, junto con los vecinos y naturales de este pueblo de Jalapa, se comprometen realizar el cobro y administración correspondiente de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Tetela, Jonotla, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa y Papantla, designando para tal acción a don Laureano Fernández de Ulloa, en compañía del Capitán don José Robledano de Cardeña, don Gregorio Fernández de Mantilla y don Juan Antonio de Zavalza.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, administrador de las reales alcabalas de Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla, Atempa y Jonotla, otorga poder especial a don José de Velasco, vecino de este pueblo, para que con vara de la justicia o sin ella, administre las Reales Alcabalas de los lugares ya mencionados, cobrando lo que sea necesario.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, nombra como Administrador de las alcabalas de San Juan de los Llanos, Tetela y Jonotla, a don Miguel Guerrero Bustamante, vecino de San Juan de los Llanos.
Don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, el Capitán don Gregorio Fernández Mantilla y el Capitán don Juan Antonio de Zavalza, miembros de las Compañías de Caballería e Infantería de Españoles Milicianos, de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, para que los presente como fiadores en las posturas, pujas y mejoras de los arrendamientos de las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla. Por el periodo de 5 años, en las cantidades de pesos que acuerde.
Juan Bravo de Alarcón, vecino de Jalapa, otorga poder especial al Alférez Pedro Román, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ante el Tribunal de Reales Alcabalas y pida, en virtud de la mejora que tiene hecha, se le haga el remate de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Jalacingo, Tetela, Jonotla y partido de Papantla.
Don Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla, Jonotla y Tetela, dijo que ante el provisor de este Obispado tiene puesta demanda para que dé providencia de que el Bachiller Miguel Benítez de Hinojosa, Cura de San Salvador el Seco pague la alcabala que causó en la venta que le hizo el Bachiller Tomás de Malpica, de la hacienda y molinos en términos de esta jurisdicción, que se ha negado pagar, y por ello es necesario seguir dicha demanda y al no poder hacerlo personalmente otorga poder especial a don Francisco Ignacio de Erauso, prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla para que continúe y fenezca el mencionado asunto.
Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo no poder acudir a la recaudación y cobro de ellas en todas las Jurisdicciones, por lo que es forzoso encomendarlo a personas de su satisfacción, en cuyo caso otorga poder a don Jerónimo de Castro, residente en Jalapa, para que en su nombre recaude las alcabalas que se causen en todas las jurisdicciones dando recibos y cartas de pago por ello.
Los Capitanes José Robledano de Cardeña, Manuel de Olmedo, Bartolomé de Castro, Juan Montañés de la Cueva, y demás personas por quienes prestan voz, informan que se pregonaron las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla, y por estar próximos a cumplirse su arrendamiento, dichos otorgantes han determinado sacar las alcabalas, de manera separada, por lo que otorgan poder especial a Juan de Lucena, para que los obligue a pagar las cantidades de pesos en que se rematen dichas alcabalas.
Doña Micaela Montañés de la Cueva, viuda del Capitán Tomás Rajadel, vecina de este pueblo de Jalapa, don José Antonio Rajadel y don Marcos Barreda, ambos vecinos del pueblo de Perote, albaceas y fideicomisarios de dicho don Tomás Rajadel, otorgan poder especial a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de la Corte de México, para que en nombre de dicha testamentaria proceda al ajuste y liquidación de cuentas que quedaron pendientes con la Real Hacienda, del tiempo en que dicho difunto administró las Reales Alcabalas del ramo de Teziutlán, Papantla, Atempa y Jonotla.