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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0034 · Item · 1835/03/06
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El señor Presbítero don José Francisco Campomanes, Cura Párroco de esta feligresía y Vicario foráneo en su respectivo distrito; y sus hermanos la señora Mariana y don Pascual [Campomanes]; dijeron que los tres relacionantes en unión de su hermano don Mariano, hoy ausente, le confirieron poder para pleitos al Licenciado don Antonio Viamonte en esta ciudad el primero de julio de 1833, con el cual gestionó dicho licenciado en los asuntos relativos a la testamentaria de los finados don Francisco García Campomanes y doña Isabel Viveros y Zurita. Y habiendo fallecido dicho licenciado Viamonte, necesitan facultar a otra persona que los represente, por lo cual, otorgan poder general al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en nombre de los otorgantes los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios; para que pueda acordar en junta o de la manera conveniente la venta o no venta de las tierras del llano nombrado de Chiltoyac o los Garcías, y celebrar en la misma junta o fuera de ella cualquier otro pacto con respecto al propio asunto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0032 · Item · 1832/03/05
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Don Antonio María de Casas otorga que debe y se obliga a pagar a don Luis García Teruel, dueño y vecino de la hacienda de Lucas Martín, la cantidad de 5 500 pesos que por hacerle bien y buena obra le ha suministrado para los giros de su hacienda de San Antonio; cuyo pago hará entregándole 100 barriles de aguardiente de caña cada mes, o 120 salvo accidentes o casos fortuitos, procedentes de la fábrica que de este licor tiene el otorgante en la mencionada hacienda de San Antonio, comenzando a entregarlos luego que trabaje dicha fábrica. El mencionado aguardiente lo ha de vender Teruel a los precios corrientes del día en que lo reciba y de éstos le ha de hacer el otorgante una baja en cada barril, la que convengan entre ambos. Para seguridad hipoteca la expresada hacienda, que es de ganado mayor y de caña, en términos de este cantón, en el llano que llaman de Chiltoyac, que se compone de tres sitios al pie del cerro nombrado Acatepeque, el uno en el Infiernillo y el otro en el paraje que llaman la Laguna de los Cimarrones y el otro en el Platanillo; cuya hacienda heredó su madre doña Josefa Francisca García Campomanes, de su padre don Antonio García Campomanes, quien la heredó de don Agustín García Campomanes y éste la compró al Alférez don Marcos de Acosta, vecino y labrador de San Juan de los Llanos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0032 · Item · 1833/02/27
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Don José Miguel, doña Isabel, doña Gertrudis, doña Josefa y doña Ana Agudo y Campomanes, hijos legítimos de doña Mariana Campomanes; don José Francisco, doña Mariana y don Pascual Campomanes, vecinos de esta ciudad, todos mayores de edad y las señoras libres de matrimonio; los tres últimos por sí y a nombre de su hermano Mariano Campomanes, por quién prestan voz y caución: por la presente, otorgan que venden realmente a don Antonio María de Casas, las tierras conocidas por el Llano de Chiltoyac, las cuales se hayan proindiviso y lindan por el rumbo del oriente con tierras de Almolonga, propias de don Manuela Carasa; por el poniente con tierras que fueron de don Juan Manuel Trujillo y hoy pertenecen al comprador; por el norte con tierras de San Diego de doña Josefa Meza y; por el sur con las de don Luis García. Cuyo derecho lo obtuvieron de sus padres doña Mariana Campomanes y de don José Nicolás Campomanes, quienes también la obtuvieron por igual título de don Francisco Campomanes padres en común de todos. Las venden en precio que en justa tasación se les haya de adjudicar en el juicio divisorio, como por esta enajenación se le adjudicarán al comprador, lo mismo que si fuera a los otorgantes, para lo cual le ceden y traspasan los derechos y acciones que como tales herederos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0268 · Item · 01/02/1770
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Don Antonio Romero, Teniente General de la Provincia de Jalapa y Jalacingo, solicita la cancelación de una escritura por la cantidad de 1, 276 pesos, los cuales ha recibido de don Antonio García Campomanes y don Francisco García Campomanes hijos legítimos del Capitán Agustín García Campomanes, por los ganados vendidos del rancho “Llano de Chiltoyac”.

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MX UV.USBIX ANX-P-0037-PX_0037_0106 · Item · 08/01/1762
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Don Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, junto con Francisco García Campomanes y don Antonio García Campomanes, los dos últimos hijos legítimos del citado Agustín y de la difunta doña Margarita Josefa Pérez, informan que por cuentas de los bienes que dejó su difunta esposa, han acordado dividirse los mismos en la siguiente manera; a cada uno de los hijos 3, 320 pesos 6 reales y medio, y por parte paterna las tierras de rancho de ganado mayor en el llano de Chiltoyac, que vende a sus hijos, Antonio y Francisco, quienes le entregaron diferentes cantidades de reales a cuenta de dicha deuda, y se resta hasta hoy sólo 1, 256 pesos, por lo que dicho Agustín, hace adjudicación de dicho rancho, con la condición de que el mayor entregue la mitad de las tierras, ganados y demás pertenencias al menor, cuando tenga 25 años, y que dicho rancho lo hipoteca de manera especial a esta deuda, sin poder venderlo, cambiarlo, ni enajenarlo hasta que la deuda sea pagada, pagando réditos de 5% anuales.

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MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0267 · Item · 01/02/1770
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Don Antonio Romero, Teniente General de la provincia de Jalapa y Jalacingo, señala que don Agustín García Campomanes, hace codicilio a su testamento, en donde manda se mejore el quinto de sus bienes a sus hijos Ana y Francisco Javier, del cual deberán utilizar para gastos de su funeral y misas, también declara tener vendido el ganado del rancho nombrado “Llano de Chiltoyac” a sus hijos don Antonio García Campomanes y don Francisco García Campomanes.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0178 · Item · 1833/12/31
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Don Antonio María de Casas, de esta vecindad, dijo que es deudor a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio, de la cantidad de 11 895 pesos, 4 y medio reales, procedentes de cuentas que han llevado, como consta en el libro de Elías y de que tiene copia el comparente, quien esta de conformidad con esa cuenta y liquidación. Y para saldar el adeudo, han convenido de la manera que expresan las siguientes cláusulas: 1.ª Que se le da al otorgante, una espera de 2 años, que deben ser los 1834 y 1835, en los que no ha de dar nada por cuenta del capital y solo satisfará los réditos correspondientes a razón de un 5 por ciento. 2.ª Que, en el año de 1836, comenzará a amortizar la deuda. 3.ª Que para la seguridad de dicho capital y réditos debe hipotecar su hacienda de San Antonio; y quedan roto y cancelado el convenio extrajudicial que tuvieron Casas y Elías en 5 de diciembre de 1832. Y que siendo preciso formalizar sobre estos pactos el correspondiente instrumento público; reduciendo a efecto, el nominado don Antonio María de Casas confiesa por verdadero todo lo relacionado y otorga que se obliga a reconocer en favor del repetido don Bernabé de Elías, el capital de 11 895 pesos, 4 y medio reales y a pagárselos en la manera que se menciona en el acta. Y para mayor seguridad del capital y pronta paga de sus réditos, hipoteca una hacienda y trapiche de moler caña, nombrada San Antonio, ubicada en el llano de Chiltoyac, compuesta de tres sitios de ganado, al pie del cerro nombrado Acatepec en el infiernillo de la Laguna de los Cimarrones, con todos sus edificios, oficinas, cercas, fábricas, utensilios, ganados, llenos y frutos, la cual se obliga a no acensuarla ni disponer de dicha finca sin expresa declaración de este gravamen. Además, da por roto y de ningún valor el referido convenio antes mencionado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0075 · Item · 1835/06/11
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Don Antonio María de Casas, hacendado en este cantón, dijo que el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, es su apoderado general, pero que a pesar de eso, está mandado en los autos que se siguen en el juzgado de primera nominación sobre varios particulares relativos a la testamentaria de los finados don Francisco García Campomanes y doña Isabel Viveros y Zurita, se confiera poder especial para lo relativo a la venta de las tierras nombradas el Llano de Chiltoyac o los Garcías, situados en términos de la municipalidad de Naolinco. Por lo cual, otorga poder especial al Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, para que en su nombre concurra a las juntas que se celebren sobre convenir en la venta o no venta de las relacionadas tierras, celebrando los acuerdos necesarios, en los términos y bajo las bases que le parezcan más arreglado y justo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0052-PX_0052_0012 · Item · 22/03/1781
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Don Lucas Romualdo de Meza, don José Eugenio de Meza, don Vicente Antonio de Meza, doña Casilda de Meza y doña Petrona de Meza, hermanos, hijos y herederos de don José Romualdo de Meza, naturales del pueblo de San Mateo Naolinco, venden a don Felipe Montes de Guevara, vecino de España y residente en Jalapa, dueño del ingenio y tierras de San Miguel de Almolonga, el rancho nombrado Santa Cruz, ubicado en esta jurisdicción de Jalapa, el cual linda al norte con tierras de los indios del pueblo de Naolinco, al oriente con Almolonga, al poniente con los Acosta, candiles del llano de Chiltoyac y el Tecuane, y al sur con el río Sedeño y Maxtatlán; dicha venta la hacen en la cantidad de 1, 000 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANX-P-0023-PX_0023_0050 · Item · 08/11/1738
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El Alférez don Marcos de Acosta, labrador y vecino de esta jurisdicción de San Juan de los Llanos, vende a don Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, un rancho de ganado mayor que esta en esta jurisdicción en el llano que llaman de Chiltoyac, que se compone de tres sitios de tierra al pie del cerro nombrado Acatepec, uno en el Infiernillo, otro llamado la Laguna de los Cimarrones y el ultimo en el Plantanillo, en la cantidad de 5,400 pesos, de los cuales ya han sido liquidados 3000 pesos, mientras que los 2,400 restantes se pagarán en el mes de septiembre de los años de 1740, 1741 y 1742.