Doña Ana Antonia Camino, vecina del pueblo de Jalapa, hija legítima de don José Camino y doña Petronila Javiera Rodríguez Díaz, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su hermano José Camino, vecino de dicho pueblo, y como heredera, nombra a su recién nacida hija legítima.
Doña Ana Antonia Camino, viuda de don Juan Cordero, en conformidad con los albaceas del citado difunto, el Bachiller y Presbítero don José Camino, don José de Molina, y don Juan Ignacio Cruzado, Curador, nombrado por la Real Justicia del pueblo de Jalapa, en defensa de la causa de menoría de María Bárbara, hija del difunto, vecinos de este pueblo de Jalapa; han convenido poner en residencia extra judicial toda esta causa, con distinción de la particular de cada una de las partes discordes, ante varias personas de conocida capacidad, desinterés y cristiandad.
Don José de Molina, doña Ana Antonia Camino y el Bachiller don José Camino, albaceas diputados del difunto don Juan Cordero, y don Juan Ignacio Cruzado, defensor de María Bárbara Cordero, hija de dicho difunto y la dicha Ana, por el pleito que tuvo juicio en este juzgado de Jalapa sobre diversas diferencias en los autos de inventarios, deliberan con cristiano acuerdo el compromiso que con el juramento necesario se exhibe, para que acumulado a los autos por decreto judicial logren las solemnidades de instrumento público, para que se libre el requisitorio que restituya dichos autos a este juzgado, donde se hallan para que en el estado en que estuvieren se den por transigidos y cancelados.
Doña Ana Antonia Camino, natural y vecina de esta Villa de Xalapa, hija legítima de don José Camino y de doña Petronila Rodríguez Díaz, difuntos, casada con el difunto don Juan Cordero, natural de la ciudad de Cádiz, con quien tuvo una hija que nombró María Bárbara, la cual heredó el capital que dejó su padre. La otorgante ordena su testamento donde nombra como albaceas testamentarias a su hermano don Francisco del Camino, junto con don Juan de Bárcena, de esta misma vecindad, y al Prebendado don Francisco Ángel del Camino, su sobrino, residente en la ciudad de la Puebla y como heredera universal designa a su alma.
Don Juan Cordero, vecino de este pueblo, hijo legítimo de los difuntos don Juan Cordero y doña Inés Oduardo, natural de la ciudad de Cádiz, realiza testamento en donde nombra por albaceas testamentarios a doña Ana Antonia Camino, su legítima esposa, junto con don José de Molina y don José Camino y como heredero universal a su hijo legítimo que su esposa trae en el vientre.
Doña Petronila Javiera Rodríguez Díaz, viuda del Contador don José Camino y vecina de este pueblo, vende a don Manuel de Olmedo, residente de dicho pueblo, una casa de paredes y tejas, ubicada en la Calle Real que sube para la Plaza del Rey, linda al sur con la casa de don Pascual Sánchez de Ledezma, al norte con la casa de don Francisco Muñiz de Cámara y al poniente con solar de doña Ana de Alfaro, en la cantidad de 1, 900 pesos.
Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Antonio Díez de Bustamante, su compadre, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona en virtud [roto] cualesquier escribano público o real la escritura de venta a favor de don José Camino, Contador Mayor de la Real Aduana de alcabalas de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de una mulata su esclava nombrada [roto] por precio o precios que tiene ajustado. Lo venda con sus tachas, defectos y enfermedades, por ello entregue escrituras y títulos de posesión de la mulata, le da este poder con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
UntitledDoña Ana Antonia Camino, viuda de don Juan Cordero y residente en este pueblo de Jalapa, junto con don José Camino, Clérigo del Obispado de la Puebla de los Ángeles, albaceas del difunto don Juan Cordero, otorgan poder especial al Capitán don Manuel de Olmedo, vecino de este pueblo de Jalapa, don José de Zaragoza, vecino de la Veracruz, don Juan Pérez Cota, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y al General don Francisco de Echebeste, vecino de la Ciudad de México, para que comparezcan ante el Rey, Jueces y la Real Audiencia, para que se encarguen de la dicción y repartición de los bienes del difunto Cordero.
Doña Petronila Javiera Rodríguez Díaz, viuda del Contador don José Camino, vecina de este pueblo, otorga poder especial a don Francisco Trellez, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre rija, administre y gobierne una casa que tiene en la citada ciudad.
El Bachiller don José Camino, de 25 años de edad, hijo legítimo de don José Camino, quien fue Oficial Real de la Real Hacienda y Cajas de la Nueva Veracruz, y de doña Petronila Javiera Rodríguez Díaz, otorga poder especial a don Francisco Camino, su hermano, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que comparezca ante cualquier juez y justicias de ambos fueros, para solicitar las capellanías que por derecho considera que le corresponden al ser natural de la Ciudad de la Nueva Veracruz.