Esteban Sánchez, dueño de recua, vecino de la ciudad de los Ángeles, manifestó dirigirse hacia la Nueva Veracruz y llevar en servicio de su recua dos indios nombrados Bartolo y Alonso; asimismo Pedro de la Cruz, dueño de recua, manifestó llevar para la Nueva Veracruz en servicio de su recua otros tres indios.\n
El Capitán don Diego Mardones Barahona, Corregidor de este partido, Juez de Caminos y de Registros, visitó la cuadrilla de Jusepe [José] Martín Durán, vecino de la ciudad de los Ángeles, que baja a la Veracruz, y halló a los indios e indias siguientes: Rafael, Capitán, y Francisca su mujer; Juan Bautista y Juana, su mujer; Juan Casonte; Francisco, carga mangas; Pedro de la Cruz; Francisco Juan y María Magdalena, su mujer; Pedro Melchor y Magdalena, su mujer; Lázaro, su compañero; Pascual, soltero; Francisco, su compañero; Francisco Bonifacio y Ana Agustina, su mujer; Miguelillo, su compañero; Felipe, Capitán de en medio, y Juan María, su mujer; Miguel y Cecilia su mujer; Juan Agustín, su compañero; Diego Cubillas, su compañero; Juan Turuno [sic]; Felipe; Juanillo, su compañero; Pedro xoloque [sic] y Agustina, su mujer; Miguel, su compañero, y María su mujer.
El Corregidor Gaspar Asencio Cornejo visitó los carros de Pedro Quintero, vecino de los Ángeles, que bajan a la Veracruz a cargo de Hernando de Alvarado, en cuyos carros halló a la gente siguiente: Pedro de la Cruz, de México; Juan de Tepeaca; Miguel Rafael, de la Puebla; Juan, de la Puebla; Francisco, de Acazingo [Acatzingo]; Sebastián, de Tepeaca; Juan Francisco, mestizo; Miguel Juan, criollo, y Francisca su mujer; Juan, de la Puebla; Andrés, de la Puebla; Juan, de la Puebla; Melchor, de la Puebla; Diego, de la Puebla, y Salomé su mujer; Pedro, de Cuautla, y María su mujer; Diego Marcos; Diego, de San Jusepe [San José], y Catalina su mujer; Marcos, criollo, y María su mujer.
El Capitán don Diego Mardones Barahona, Corregidor de este partido, Juez de Caminos y de Registros, visitó la cuadrilla de Pedro de la Rocha, que baja a la ciudad de la Nueva Veracruz, con los indios e indias siguientes: Pedro de la Cruz, Capitán, y Mariana su mujer; Miguel Juan, soltero; Diego Palacios y Francisca, su mujer; Juanillo, su compañero; Diego Correa y Pascuala, su mujer; Francisco, soltero; Domingo y María, su mujer; Juan, su compañero; Juan Marcos y María, su mujer; Frasquillo, su hijo; Esteban y María, su mujer; Miguel Maldonado; y Jusepe [José], muchacho.
Pedro de Santiago, Gobernador del pueblo de Tlacolulan de esta jurisdicción, los Alcaldes don Pedro de la Cruz, don Pedro Bautista y don Matías Martín y demás oficiales de Gobierno del pueblo de Tlacolulan y del pueblo de las Vigas, junto con los herederos del difunto Gobernador Miguel de San Gabriel, gobernador que fue por 24 años consecutivos de dicho pueblos, acuerdan que los herederos del citado difunto entreguen 18 pesos en reales pertenecientes al Barrio y Capilla de la Señora de la Natividad, en el pueblo de Tlacolulan, y 270 pesos al Gobernador de Tlacolulan por alcance de todas las cuentas recibidas durante el gobierno de dicho difunto.
Don Cristóbal Pérez, Gobernador del pueblo de Jalapa, don Francisco Hernández, don Pedro de la Cruz, don Felipe de Santiago, Alcaldes, don Antonio Pedro, don Juan Vanegas, don Alonso del Moral, Regidores y Francisco Hernández, Escribano, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, se obligan de pagar a Benito de Castro, vecino de este pueblo, 120 pesos en cada año, más dos fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir a la enseñanza.\r\n
El Capitán Don Juan de Mancilla Hinojosa, vecino de la ciudad de México, residente en este pueblo, dio su poder cumplido a Pedro de la Cruz, vecino de Jalapa, para que en su nombre y a su dita y crédito compre de la persona que le quisiera dar, 50 caballos mansos o cerreros, al precio a como se concertare.
Don Antonio de los Reyes, indio principal y Gobernador que ha sido de los naturales del pueblo de Jalapa, y don Pedro de la Cruz, también principal y Gobernador pasado, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete de este juzgado, que don Antonio de los Reyes, por los años en que fue Gobernador está debiendo 352 pesos y 5 tomines de oro común de rezago de los Reales Tributos en el tiempo que fue Alcalde Mayor don José Ventura del Pedredo Salazar. Por cuya razón han estado presos en la cárcel pública de este pueblo y para conseguir a la brevedad el dinero que deben, han quedado con el juez comisario, irlo pagando cada semana que cobren los rezagos de tributos a los naturales que adeuden. En tanto, don Antonio de los Reyes y don Pedro de la Cruz se constituyen fiadores, y don Mateo Juan actual Gobernador; Diego de la Cruz y Pedro Hernández, Alcaldes; Pascual de la Cruz; Miguel de la Cruz y Juan Gaspar, Regidores y Francisco de Quiroz, Escribano; Sebastián Lázaro y Baltazar Melchor, hermanos de don Pedro de la Cruz, todos naturales y vecinos de este pueblo, se constituyen en fiadores de don Antonio de los Reyes y don Pedro de la Cruz.
Nicolás de la Cruz, Gobernador, Baltazar Juan y Juan Francisco, Alcaldes, Miguel Juan y Pedro de la Cruz, Regidores, y Pascual Juan, Escribano, todos naturales y oficiales del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Juan Eugenio Hernández, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 145 pesos de oro común en cada año, 12 fanegas de maíz y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana y él ha de ser obligado a asistir la enseñanza.
Mateo Hernández, Gobernador del pueblo de Acatlán, Lorenzo Juan y don Melchor Francisco, Alcaldes, don Pedro de la Cruz y Miguel de Santiago, Regidores y José Hernández, Escribano, indios ladinos en la lengua castellana, dijeron que en su nombre y demás común y naturales de ese pueblo por quienes prestan voz, otorgan poder a don Francisco Miguel de Campo, vecino de este pueblo, para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tienen y en adelante tuvieren, asimismo para que parezca ante tribunales superiores e inferiores y otros jueces y justicias que con derecha deba o pueda.