Sebastián Díaz de Acosta, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que habiendo quedado como albacea de su tío el Licenciado Diego González, Presbítero patrono de la capellanía de misas que instituyeron Diego González y Mariana de Astudillo, padres de Diego González y abuelos maternos de Sebastián de Acosta, a cuyo título su tío ascendió al sacro presbiterato y cuya propiedad la cedió al Bachiller Miguel Pantaleón de Acosta también presbítero, quedando grabados cuantiosos bienes que corresponden los 1000 pesos de su principal a favor de Alonso García de la Torre, sobre las tierras y molino de pan moler, como se expresa en la escritura de fundación, y habiendo fallecido Pascuala González, hija de los instituyentes y última poseedora de las casas en la Calle Real puesta en público pregón y almoneda, se celebró remate como consta en la escritura a la cual se remite. Es así que a pedimento del Síndico del Convento del Señor San Francisco en la presentación del convento, por el que le tocare los 1000 pesos de principal a favor de Alonso García de la Torre, ganaron despacho, en cuya virtud por lo que le toca como poseedor de la casa como patrono, otorga poder especial al Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo, para que en su representación parezca ante el Juez General de este Obispado y ante las demás justicias que con derecho deba para que haga los pedimentos, requerimientos del desembargo y secuestro de bienes, asimismo pida el amparo y posesión de los bienes vinculados a la capellanía.
Doña María Hernández, vecina de Xicochimalco, viuda de Antonio González, dio su poder cumplido a Sebastián de Acosta, vecino de Jalapa, y a Mateo Jácome, su hermano, vecino de Xicochimalco, para que en su nombre puedan parecer ante las justicias de Su Majestad, y asistan a la partición que se hiciere de los bienes y hacienda que quedaron por fin y muerte de su marido, entre la susodicha y sus hijos; y cobre todos los reales, pesos, bienes muebles y raíces que por dicha partición le cupiesen.
Pedro de la Mota, vecino de Naolinco, salió a pagar llanamente a Martín de Ugarte, residente en esta jurisdicción, cesionario de Don Roque Gutiérrez o a quien su poder hubiere por Sebastián de Acosta, vecino del dicho pueblo,132 pesos de oro común que debía al dicho Don Roque Gutiérrez los 120 de una escritura, y los 12 restantes, debe Sebastián de Acosta al referido Martín de Ugarte.
El Capitán Don Juan de Fuica Lezama, Alcalde Mayor de Jalapa, por estar indispuesto de salud Juan de Oceta, escribano público de este pueblo, nombró a Don Juan de Castro como tal escribano para que vaya a Naolinco haga testamento de Ana Gómez, mujer de Sebastián de Acosta.
El Bachiller Manuel del Pozo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, dijo que por despacho del Doctor y Maestro Carlos López Torrijos, Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías mandó por auto de 17 de julio de 1703 se trajesen al pregón las fincas de la capellanía cuyo propietario es el Bachiller Miguel Pérez de Medina y por comisión al Bachiller Antonio Méndez de la Cruz, Teniente de Cura, para que procediese al remate, informándose que el remate se haría el 27 del mismo mes y año, y habiendo sacado el último pregón y hecho el remate de 2 caballerías de tierra por 600 pesos de oro común a censo redimible, se notificó en ese día para que se le hiciera la escritura de imposición, por lo que impone en las tierras 600 pesos en que se remataron para pagar los réditos que le corresponde por cada año hasta su redención. Dichas caballerías de tierra colindan con el cerro Macuiltépetl, por otra parte con tierras de Diego de Zárate, con tierras de Sebastián de Acosta y con tierras de Domingo Luis.
Don Sebastián de Acosta y Don Juan de Thormes, vecinos de Jalapa, se convinieron en cancelar el arrendamiento de un molino, sus tierras y aperos, por tiempo de cinco años, a razón de 150 pesos de oro común anuales, que el segundo hizo al primero, según consta en la escritura fechada el 9 de agosto de 1685.
Juan Pascual, como principal, y Juan Francisco, Cristóbal de Santiago, Juan Martín y Francisco Hernández, como sus fiadores, indios, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a Sebastián de Acosta, vecino de este pueblo, 86 pesos y un tomín de oro común, de resto de cuentas que el principal quedó debiendo al Capitán Don Fernando Domínguez de la Oca, vecino de Teziutlán, y éste transfirió al dicho Sebastián de Acosta, para de hoy día de la fecha en cuatro meses cumplidos.
Sebastián de Acosta y Ana Gómez, vecinos de Naolingo, jurisdicción de Jalapa, se obligaron a pagar al Lic. Don Gerónimo Godínez Maldonado, presbítero, beneficiado de este partido, 250 pesos de oro común, por razón de otros tantos que les prestó en reales de contado, para de la fecha de esta carta en ocho meses, con las costas de la cobranza.
Sebastián de Acosta, vecino de Naolinco, se obligó a pagar a Don Roque Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta provincia,120 pesos de oro común, en reales de plata doble, por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, para de hoy día de la fecha en 18 meses, cada 6 meses la tercera parte, con las costas de la cobranza.
Testamento de Ana Gómez, mujer legítima de Sebastián de Acosta, vecina de Naolinco, natural del pueblo de Ixmiquilpa, en esta Nueva España, hija legítima de Pedro Gómez y de María Sánchez, difuntos.