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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0016 · Stuk · 1719/02/18
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de labor y cría de ganado mayor, vende a don Jerónimo de Olaso y Salgado vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alías el Ojo de Agua, fundada en 6 caballerías de tierra pertenecientes a los propios y rentas del cabildo de esta villa. Se la vende con casas de vivienda, de purga, de calderas, de trapiche, viviendas de negros, sus cobres, canoas, canaletas, espumaderas, 12 suertes de caña dulce de diferentes nombres y edades, veintiún machos y mulas de tiro, siete mulas de cargada, herramientas de trabajo, esclavos maestros de azúcar, caldereros, purgadores y otros que se mencionan en esta escritura. En precio de 27 000 pesos de oro común en reales, que el comprador se obliga a reconocer de la siguiente manera: 4 000 pesos a favor del Capitán don Lope Antonio de Iribas; y los 23 000 pesos restantes el comprador los tendrá en su poder con sus réditos de cinco por ciento anuales a orden y disposición de los acreedores del Capitán Juan de los Santos Cubillos, difunto, según y como se graduaron en la sentencia que se diere en los autos del concurso, incluyéndose 5 000 pesos a favor del Capitán don Lope Antonio a quien se los debía el difunto. Y de los 23 000 pesos el comprador exhibirá anualmente, a partir de hoy día de la fecha, 1 000 pesos a la Real Justicia de esta villa para hacer pago a los acreedores del Capitán Juan de los Santos, como parece del remate que se le hizo al otorgante del trapiche nombrado la Pura Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, y tierras de Tlacotengo que se le remató por bienes de dicho difunto en 29 000 pesos. De los 27 000 pesos se da por entregado y en el ínterin que no redimiere el principal y pagare a los acreedores del difunto Capitán Juan de los Santos los 23 000 pesos y sus réditos, y los 4 000 pesos al Capitán don Lope Antonio. Con la condición de que el otorgante podrá entrar al trapiche a reconocerlo si va en aumento o en disminución hasta que esté pagada la mencionada cantidad, además de que los esclavos huidos y presos los ha de solicitar como suyos propios, y ha de afianzar la cantidad de esta venta con persona abonada en caso de faltar a la paga de los créditos, traer un mes de contenta de los acreedores e hipotecar la hacienda a los citados débitos. A todo lo cual don Jerónimo de Olaso y Salgado, aceptó esta escritura y dio por fiador a don José de Olaso y Salgado, su hermano, quien a su vez dijo que otorgaba en voz y en nombre de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, por el poder general que le otorgaron, por lo que hipoteca a éste débito 8 000 pesos, 4 000 de ellos paran en poder de doña Josefa de Pedraza, viuda del Capitán don Juan Gómez Dávila; 2 000 pesos en poder de don Lope Antonio de Iribas; y otros 2 000 en poder de don Diego de Altamirano, e hizo hipoteca de la hacienda nombrada Nuestra Señora de los Dolores, alías el Ojo de Agua.

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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0018 · Stuk · 1719/02/25
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Olaso y Salgado, residente en esta villa, en voz y en nombre de doña Juana María [Gómez Dávila] y doña María Teresa [Gómez Dávila], vecinas de la ciudad de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó, mismo que sustituye con iguales calidades y condiciones en don Jerónimo de Olaso y Salgado, su hermano, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0006 · Stuk · 1720/01/07
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Olaso y Salgado, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, natural de la Antigua ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de don Diego de Olaso y de doña Antonia de Arámburu y Salgado, difuntos; otorga poder a doña María Micaela de Alarcón y Castillo, su legítima mujer; a Juan de Olaso y Salgado, su hermano, vecinos de la ciudad de los Ángeles; y a don Jerónimo de Olaso y Salgado, también su hermano, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara haber contraído nupcias con doña María Micaela de Alarcón y Castillo y haber procreado con ella a José Norberto de Olaso y Salgado, de catorce años de edad, y a María Lugarda de Olaso y Alarcón, de doce años. Nombra albaceas testamentarios, por lo que toca a esta villa a su hermano Jerónimo; por lo que toca a la ciudad de los Ángeles a su mujer y a su hermano Juan; y por lo que toca a la ciudad de Oaxaca a don Fernando García Morón, vecino [roto]. Nombra como herederos a sus hijos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0022 · Stuk · 1716/11/25
Part of Archivo Notarial de Córdoba

José de Olaso y Salgado, poderhabiente de la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de [ilegible] de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura otorgada por el Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, de traspaso de censo de 1 000 pesos de principal a favor de dicha religiosa, los cuales tenía sobre su casa que poseía en esta villa, y porque la tenía muy deteriorada y para tenerlos más asegurados los traspasó sobre su hacienda Santa Teresa y en el ínterin que no los redimiera se obligó y obligó a sus herederos a pagar sus réditos a la dicha Madre Catalina, y para que conste hace el presente registro. La escritura fue otorgada el 22 de mayo de este presente año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0027 · Stuk · 1717/06/26
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Olaso y Salgado, curador ad lítem de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, recluidas en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, hijas y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, exhibió una escritura de reconocimiento de 2 500 pesos que otorgó don Diego de Altamirano, vecino de esta villa, a los 12 de febrero de este presente año, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, por la cual consta y parece habérsele rematado en Manuel Francisco de Urquía, una casa de piedra y madera, cubierta de teja, y medio solar eriazo, que quedó por bienes del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, en 3 000 pesos, los 500 de contado para el vestuario de dichas menores y los 2 500 pesos restantes que quedaron sobre dicha casa a favor de las citadas herederas, para seguridad del principal hipotecó dicha casa y su hacienda, y para que conste dicha escritura la firmó.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0024 · Stuk · 1717/02/03
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Olaso y Salgado, residente en esta villa, vecino de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura, su fecha en esta villa de 18 de julio del año pasado [roto], que otorgó Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, de 1 000 pesos de principal que cargó sobre su hacienda a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y se obligó a pagar sus réditos, por lo que dicho don José la exhibió para su registro.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0025 · Stuk · 1717/02/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

José de Olaso y Salgado, residente en esta villa, vecino de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura su data en esta villa en 22 de septiembre de 1711, que otorgó el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino que fue de esta villa, de 1 100 pesos de principal que cargó sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia y Concepción de Nuestra Señora, alias Zacatepec, a favor de doña María Teresa y doña Juana [María] Gómez [Dávila], hermanas, doncellas, reclusas en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y se obligó a pagar sus réditos; la cual dicha escritura la exhibió para su registro en este libro.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0026 · Stuk · 1717/06/26
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Don José de Olaso y Salgado, como apoderado de las Madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, Religiosas Profesas de Velo y Coro del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura otorgada por don Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa, dueño de la hacienda de trapiche en su jurisdicción, la cual consta tener a censo a favor de dichas señoras religiosas 3 800 pesos de principal sobre dicho trapiche, que dejó situados y cargados el Regidor don José de Leiva, su padre difunto, para que con sus réditos se alimentaren y las demás necesidades que tuvieren y para que conste en todo tiempo se registró el presente censo. La escritura fue otorgada en 9 de febrero del presente año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0126 · Stuk · 1720/11/22
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Diego de Altamirano y don Francisco José Bayro, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder general a don Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que obligue a don Diego de Altamirano como principal y a don Francisco José Bayro como su fiador, a favor de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, doncellas, hijas legítimas y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, por la cantidad de 2 000 pesos resto del valor de la casa y medio solar que quedó por bienes de dicho difunto, y que se remató por la Real Justicia de esta villa en pública almoneda a don Diego de Altamirano, en 3 000 pesos, de los cuales 500 pesos dio de contado para el vestuario de las susodichas a don José de Olaso y Salgado, su apoderado; 500 pesos que tiene pagados por mano de don Antonio Ladrón de Guevara a las susodichas; y los 2 000 pesos restantes que pagará de la siguiente manera: 1 000 pesos para fines de agosto de 1721 y los otros 1 000 pesos para fines de agosto de 1722, con sus réditos correspondientes de 5 por ciento en cada año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0108 · Stuk · 1717/12/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Doña Josefa de Pedraza, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán don Juan Gómez Dávila, su albacea, tutora y curadora de sus menores hijos y herederos, tenedora de sus bienes, nombrada como tal en el poder en cuya disposición falleció; Miguel López, curador de los menores hijos del difunto; don José de Olaso y Salgado, vecino de la ciudad de los Ángeles, curador de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, hijos del primer matrimonio y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, también curador de don Diego y don Cipriano Gómez Dávila, hijo de segundo matrimonio del difunto. Por la presente, los otorgantes a nombre del difunto, otorgan que deben y se obligan de pagar a doña Juana, María, don Diego y Cipriano Gómez Dávila, a saber 5 574 pesos [roto] reales 9 granos y un quinto de oro común en reales, que se dan por entregados, cantidad que pagarán a razón de 1 000 pesos anuales, empezando a correr desde el día primero de enero de 1718 y cumplido uno, los demás serán uno tras otro sin réditos solamente los 1 000 pesos, llanamente y sin pleito alguno, en la parte y lugar que puedan y acuerden, pena de la ejecución y costas de la cobranza para cuyo cumplimiento, los otorgantes obligan los bienes del difunto.

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