El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, dueño de este ingenio, Familiar del Santo Oficio de la Inquisición, y el Lic. Don Andrés de Saavedra Cansinas, clérigo de menores órdenes, con poder y en nombre del Lic. Bernabé de la Higuera y Amarilla, ajustaron las cuentas de todos los préstamos que le ha hecho y de la renta que anualmente le paga Don Sebastián de 3000 pesos para sus alimentos, situados en el ingenio La Santísima Trinidad.
Concierto entre Don Sebastián de la Higuera Matamoros y el Lic. Andrés de Saavedra Cansinas, éste como representante del Lic. Bernabé de la Higuera y Amarilla, por el cual habiendo suplido el dicho capitán el año de 1645 a su tío Bernabé de la Higuera en la cantidad de 6000 pesos que mandó a España, éste se convino con el Lic. Andrés de Saavedra en que dicha suma sería descontada de los 3000 pesos que anualmente se le dan a Don Bernabé de la Higuera y Amarilla del ingenio La Santísima Trinidad, para sus alimentos.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio nombrado Nuesta Señora de la Concepción, hijo y albacea del Capitán Don Francisco Hernández de la Higuera; y el Lic. Don Bernabé de la Higuera y Amarilla, presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, heredero y albacea de Doña María González de Amarilla, su madre, dieron su poder cumplido a Alonso Díaz Gallardo, vecino de la ciudad de Los Ángeles, para que en sus nombres parezca ante las justicias de la ciudad de Tepeaca y saque una escritura de censo de un mil pesos de oro común que está impuesto en la hacienda de Tecuitlapa, propiedad de Jácome Vigil, vecino de San Andrés, jurisdicción de Tepeaca, el cual fue traspasado por Francisco López Hidalgo, vecino que fue de Tepeaca, en favor de Doña María González de Amarilla y de Don Andrés Pérez de la Higuera.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, hijo y heredero universal del Capitán Don Francisco Hernández de la Higuera, su albacea, declaró que por cláusula del testamento de su padre, mandó se den a su esposa Doña Valeriana de Camargo 8 000 pesos de oro común de su dote, 8 000 pesos más de la promesa de arras, y por los tres años de matrimonio con su padre, 6 000 pesos más, lo cual sumó 22 000 pesos de oro común. Y en atención a lo dicho, dio su poder cumplido a su tío Bernabé de la Higuera y Amarilla, para que concierte con el factor Martín de Camargo, padre de la susodicha, los plazos para pagar los citados 22 000 pesos de oro común.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, se obligó a pagar al convento de religiosas de San Gerónimo de la ciudad de México y al Bachiller Mateo Ortiz de Torres, presbítero, mayordomo y administrador de dicho convento, la cantidad de pesos de oro que constare, por cesiones que hicieron el señor Inquisidor Don Bernabé de la Higuera y Amarilla y el Lic. Don Diego Fernández de la Higuera, sus tíos, difuntos, al Capitán Juan de Vargas, vecino de la ciudad de México, quien la dejó al referido convento, a razón de 200 pesos de oro común anuales, a partir de hoy día de la fecha en adelante, hasta satisfacer el valor de las cesiones.
El Capitán, Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, revocó el poder dado a sus tíos Bernabé de la Higuera y Amarilla, a Diego Fernández de la Higuera, y a Blas de Mata, vecinos de la ciudad de México, y extendió otro al Capitán Diego de Sanabria Sepúlveda, vecino de la dicha ciudad, para que en razón de la tenencia, posesión, ajuste y entero del mayorazgo que posee como llamado a él, por la muerte de su padre Don Sebastián de la Higuera Matamoros; así mismo, para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales que al presente tiene o adelante tuviere con cualesquier personas.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, heredero que trata de tomar posesión del mayorazgo de la Higuera, y su tío Don Bernabé de la Higuera y Amarilla, Comisario del Santo Oficio de la Inquisicón, heredero de 10 000 pesos y 3 000 pesos de renta anual en el citado mayorazgo, se convinieron en esta manera: Don Bernabé hace baja de 1 000 pesos de oro común en cada un año a Don Sebastián por un lapso de cuatro años; asimismo, le hace espera de cuatro años por los 9 000 pesos que le resta debiendo de los 10 000 pesos que le debía de dar al tomar posesión del referido mayorazgo.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, y como heredero del mayorazgo de la Higuera dio su poder cumplido a su tío Don Bernabé de la Higuera y Amarilla para que en su nombre pueda hacer trato con el Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecino de la ciudad de Los Ángeles, y le haga espera de los tres mil pesos que se le adeudan, por tiempo de seis años, a razón de 500 pesos anuales, y otorgue la escritura de obligación correspondiente.
Don Sebastián de la Higuera Matamoros, vecino de esta provincia, dueño de sus ingenios de hacer azúcar, por los justos respetos que le mueven y por el amor que le tiene, hizo gracia y donación a su tío el Lic. Don Bernabé de la Higuera y Amarilla, Inquisidor Apostólico en esta Nueva España, de una casa y corral en la ciudad de México, donde paraban las recuas de su abuelo Juan Díaz Matamoros, con todo lo que le pertenece, según la poseían sus abuelos y el otorgante la ha tenido.
El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido a su tío el Lic. Don Bernabé de la Higuera y Amarilla, Inquisidor Apostólico de Nueva España, para que en su nombre y a su dita y crédito tome de la persona o personas que le quieran dar, 2 200 pesos de oro común en reales, plata, oro, u otro género, y lo obligue a la paga de los mismos en los plazos que concertare.