Ante don Nicolás de Velasco y Castro, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Diego Nieto, vecino de Acayucan, criador de ganado mayor, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 300 reses, todos toros de su hacienda Chamilpa que posee en la jurisdicción de Acayucan, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.\n
El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Licencia que usan, para dar en arrendamiento a María González, vecina de esta villa, media caballería de tierra en que se incluye un pedacillo de dicha tierra que tiene cogido Juana Domínguez debajo de los linderos de dicha media caballería, que por la parte del oriente linda con río seco alías “Tliapa” [Tleapa]; por la del poniente con Diego de Osses; por la del norte con el río de “Tliapa” [Tleapa]; por la del sur con doña Juana Domínguez y Diego Nieto. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Hacen el arrendamiento, por tiempo de nueve años que empiezan a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio de 6 pesos y 2 reales anuales, y se obligan a que este arrendamiento le será cierto y seguro y no le serán quitadas dichas tierras, pena de darle otras y tan buenas en la parte y lugar por el mismo tiempo y precio. Señalan como condición, que durante el arrendamiento doña María González pagará anualmente a los herederos o mayordomos de dicho cabildo, y sólo deberá sembrar y cultivar las tierras y no podrá meter personas ajenas. Si durante el arrendamiento doña María o sus herederos quisieran traspasar estas tierras o rancho, tendrán que notificarlo al cabildo para que reconozca si son buenos o malos inquilinos y sepan a quien deben cobrar el arrendamiento. También es condición de que en estas tierras no podrá sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto [ilegible].
Sans titreFrancisco Espiguel de Abila [Ávila], Alcalde Mayor de esta villa, el Capitán don Lope Antonio de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de primer voto, Jueces Comisarios nombrados por el Marqués de Balero [Valero] Virrey de esta Nueva España, refrendado de don José de la Cerda, su secretario, para reconocer las tierras que gozan por propias el Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y también para saber lo que han pagado y deben pagar sus arrendatarios y hacer las escrituras de ellas, por lo que usando esta facultad otorgan que dan en arrendamiento a María González, vecina de esta villa, media caballería de tierra, en que se incluye un pedacillo de dicha tierra de Juana Domínguez; dicha tierra linda por el oriente con río seco alias Tliapa [Tleapa]; por el poniente con Diego de Oses [Osses]; por el norte con dicho río de Tliapa [Tleapa]; por el sur con tierras de Juana Domínguez y Diego Nieto. Estas tierras fueron medidas por Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de [ilegible] y dos reales, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de introducir en ella otro tercero que la cultive; que en caso de traspasarla debe noticiarlo antes a la parte de este Ayuntamiento.
Sans titreJosé Martín, vecino del pueblo de Medellín, jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, con poder de don Diego Ignacio de Valverde y Barrios, vecino de dicha ciudad, otorga que vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, un negro esclavo de dicho su parte nombrado Manuel, casta Congo, que será de edad de dieciocho años, el mismo que hubo y compró del Bachiller don Diego Nieto, Presbítero, Médico, vecino de dicha ciudad; lo vende por esclavo cautivo en precio de 250 pesos de oro común.
Sans titreAnte don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Diego Nieto, vecino del pueblo de Acayucan, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 400 reses, toros y novillos que compró en esta jurisdicción, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.\n
Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Diego Nieto, vecino de esta villa de Córdoba, tres cuartos de caballería de tierra laborea pertenecientes a los propios de esta villa, que están en el paraje de los Cinco Encinos, que por el oriente lindan con Juan de Domínguez, alias Turada; por occidente con Diego de Osses; por el norte con María González; por el sur con el arroyo de Acatengo y Lucas de Arzabal. Las arrienda por nueve años a partir de fines de marzo pasado, por precio de 9 pesos 3 reales en cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
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