El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente General en ella, Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Usando de dicha facultad otorgan que dan en arrendamiento al Sargento Manuel González Bautista, vecino de esta villa, caballería y media de tierra y veintidós solares más, cuadrados; que por el oriente linda con el Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, por el poniente con la brecha de Acatengo, por el norte con Juan Íñiguez y por el sur con el arroyo de San Francisco Tlacotengo y rancho de Molina; cuyas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Las arriendan por nueve años que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 20 pesos y medio reales, y se obligan a que será cierto y seguro y no le serán quitadas, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
Zonder titelEl Capitán de Caballo Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor de sus propios por comisión de los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, otorga en arrendamiento a Juan Íñiguez, vecino de esta villa, una caballería de tierra perteneciente a los propios de esta villa en el paraje que llaman Colsaltepeque [Cozaltepec], que linda por la parte del oriente con una sabana; por el poniente con la brecha y lindero de las tierras que fueron del Capitán Juan de los Santos Cubillos; por el norte con el rancho de Juan Gutiérrez; y por el sur con el rancho del Alférez don José de Tembra y Simanes. El arrendamiento lo hace con sus entradas y salidas por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde el día primero del presente mes y año de la fecha en adelante, por precio de 12 pesos anuales que se obligará a pagar al mayordomo que es o fuere del Ilustre Cabildo.
Zonder titelEl Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Diego Trujillo, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las que pertenecen a los propios de esta villa, que está y comienza desde donde acaba la que tiene en arrendamiento Juan Íñiguez, corriendo por junto a un sempualegua [sic] grande, a dar al camino Real y barranca de Chocamán; y por el oriente va a dar a un llano nombrado Mata de Coyote. El arrendamiento lo hace por nueve años, que empiezan a correr desde el primero de junio pasado de este presente año, por precio de 12 pesos anuales.
Zonder titelEl Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Lucas de Yarzabal, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, que está a la linde de las tierras que tiene en arrendamiento Alonso Galván; por el sur con una joya donde está una laguneta que se hace una ciénaga; por el poniente linda con la casa de Juan de Figueroa y sale corriendo derecho a dar en donde tiene su rancho Juan Íñiguez. El arrendamiento lo hace por nueve años que empieza a contarse desde el primero de junio pasado de este año, por precio de 12 pesos de oro común anuales.
Zonder titelJuan Íñiguez, vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de Diego Trujillo, difunto, vecino que fue de esta villa, dijo que por cuanto hace más de treinta años que el dicho difunto vendió un solar de 50 varas en cuadro en el pueblo de Orizaba a José Martín, difunto, en el barrio de Yshuatlan [Ixhuatlán], del cual no le otorgó escritura de venta; y ahora le ha pedido Bernabé Martínez, nieto de dicho José Martín, que por no tener título legítimo le otorgue escritura de venta; y poniéndolo en efecto, otorga que vende a Bernabé Martínez dicho solar, el cual linda por el oriente con casa y solar de Lorenzo el Cantor; por el poniente, calle en medio, con solar de Bernardo el Cantor; por el norte con solar y casa del comprador; y por el sur, calle en medio, con casa y solar de don Miguel Antonio. Lo vende en precio de 30 pesos horros de alcabala.
Zonder titelJuan del Castillo de Altra y Josefa de Aguilar, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a Dionisio Martín, vecino de esta villa, medio solar de tierra de 25 varas de frente y 50 de fondo, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino del pueblo de Orizaba, que por una parte linda con solar de Gertrudis Pérez de Arroyo y por otra parte con solar de Nicolás del Castillo de Altra; y por el fondo con solar de Juan Íñiguez; cuyo solar llevó al matrimonio Josefa de Aguilar como dote otorgada por Lucas Abad y María de Aguilar, sus difuntos padres. Lo venden precio de 30 pesos de oro común en reales.
Zonder titelFernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a don Phelipe [Felipe] Fonte de las Cuevas, vecino de esta dicha villa, media caballería y siete solares de tierra de las pertenecientes a la villa de Córdoba, en el paraje nombrado la Mata del Coyote, por el oriente linda con tierras de los ranchos del Sargento Manuel González Bautista y Juan Íñiguez; por el occidente con la brecha de dicha villa; por el rumbo de dichos ranchos 15 cuerdas de a 50 varas cada una; y por la brecha de esta villa 10 de dichas cuerdas; por el norte con el rancho de Antonio Laboreiro, por cuyo lado tuvo 11 de las mencionadas cuerdas; por el sur 30 varas y 14 cuerdas. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años a precio de 8 pesos y un tomín, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.
Zonder titelEl Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Juan Íñiguez, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las que pertenecen a los propios de esta villa, en el paraje del cerro Cosautepeque [Cozautepec], linda por el norte con las tierras que tiene en arrendamiento Juan Gutiérrez, vecino de esta villa; por el poniente con un sempualegua [sic] grande que es lindero del territorio de esta villa; y por el oriente con tierras arrendadas por Alonso Galván. Las arrienda por nueve años que han de empezar a correr del día primero de enero de 1704, a razón 12 pesos de oro común anuales.
Zonder titelPetrona Martín, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, vende a Gertrudis Íñiguez, vecina de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que por el norte linda con solar de Gertrudis Íñiguez; por el sur con casa y solar de Francisco Trujillo; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de Juan Íñiguez. Lo vende en precio de 15 pesos de oro común en reales.
Zonder titelDon Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Cristóbal Rendón, vecino de la misma, un tercio de caballería y treinta solares y medio en el rancho que fue de Juan Gutiérrez, pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con el rancho y tierras de Joseph [José] Trujillo, y por ese lado tiene 19 cuerdas de a 50 varas cada una; con más 31 varas por occidente con tierras del rancho de Antonio Laboreiro, y por esa línea tuvo 9 cordeles y 30 varas; por el norte linda con el cerro de Colsaltepec, cuya línea tuvo 2 cuerdas y 12 varas; por el sur linda con tierras del rancho de Juan Íñiguez por cuyo lado tiene 16 cuerdas y 12 varas. El arrendamiento lo hace por tiempo y espacio de nueve años, por precio en cada un año de 5 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.
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