Showing 16 results

Archivistische beschrijving
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0057 · Stuk · 1839/05/27
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Petrona Ramírez, mujer y conjunta persona de don Manuel García, ambos de esta vecindad, ella con licencia marital del susodicho, vende a don José María Grajales, de esta misma vecindad, una casita de paredes cubierta de madera y teja, situada en el rincón del barrio de Santiago de esta ciudad, en terreno que pertenece al común de naturales de ella, a quien por este uso se les satisface un peso anual. Dicha casita hace su frente hacia al oriente, mirando a la callejuela confín de la calle de Santiago por donde tiene 13 varas y forma una cuchilla desde la orilla del pozo público que está a la del río que nombran de Santiago, hasta la casa que tiene 7 varas de frente y 5 de fondo, y desde la pared que mira al patio hasta el fin del solar le miden 24 y 2 tercias varas hacia al poniente por donde lindan con terreno de los mismos indígenas así como por el sur, dividiendo el citado río que baja desde el molino de San Roque, desde cuyo rumbo hasta el del norte se miden 33 varas hasta lindar con la calle que va para el rancho de la Yerbabuena y camino de paso. Cuya deslindada casita fue garita de rentas, antes de mudarse de aquella inmediación el camino Real para Coatepec y pueblos del sur, a cuyo administrador le compró el difunto Juan Antonio Vázquez, padre de Cesario José Vázquez, y abuelo de Apolonio Guillermo Vázquez, de quien la hubo la otorgante por escritura de enero de 1825, misma que vende al expresado Grajales en precio de 100 pesos.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0122 · Stuk · 1839/09/17
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Grajales, de esta vecindad y comercio, dijo que en el expediente que se sigue sobre el intestado de don Marcelino Pensado y su esposa doña Dolores Mora, fue nombrado don Luis García Teruel, curador ad bona de los menores hijos de aquellos, José María, María Josefa, José Gabriel, José Antonio y María Catalina [Pensado y Mora], más habiendo excusado dicho García Teruel de continuar en dicho cargo, por lo que fue relevado por don Ángel de Ochoa, escribano público de esta ciudad. Nombramiento en el que quedó excluido don José María Pensado y Mora, por haber salido de la minoría de edad, y en el que Ángel de Ochoa, dio por fiador al comparente, quien aceptó el cargo, en tal manera que si éste causare perjuicios en el desempeño de la curaduría él lo satisfará por Ochoa.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0154 · Stuk · 1839/12/14
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Hilario de Echagaray, de esta vecindad, como curador que es de los menores doña Amada María y don Camilo Echagaray y Romano, hijos de los finados don Gabriel Echagaray y doña Dolores Romano, otorga poder a su hermano don Francisco Germán Echagaray y Franceschi, comandante del resguardo de Orizaba y residente en aquella ciudad, para que en representación del comparente practique las diligencias necesarias a fin de recaudar los intereses que puedan pertenecer a los citados menores.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0004 · Stuk · 1835/01/09
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis García Teruel, como tutor y curador ad bona de los menores hijos del finado don Marcelino Pensado, otorga que tiene dado en arrendamiento a don Joaquín García, vecino de la Orduña, una casa de material ubicada en el paraje o vecindario de la Banderilla, junto a la entrada de Temascalapa [Temaxcalapa], con su armazón y mostrador, perteneciente todo a la testamentaria del finado referido, por la merced de 6 pesos mensuales y tiempo de cinco años que comenzaron a correr y contarse desde el día 4 de noviembre último, para que dicho García establezca en esa casa el giro de comercio [ventorrillo], haciendo buen uso de ella de su armazón y mostrador, saliendo por su fiador don José María Grajales.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0104 · Stuk · 1835/08/17
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don José Vicente de Espino, de esta vecindad, otorga poder a don José María Grajales, de esta misma vecindad, para que en su nombre rija, gobierne y administre todos sus bienes; para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban; en cuya razón y generalmente para todos sus asuntos, causas y negocios, demandando o defendiendo, pueda parecer en todos los tribunales eclesiásticos y seculares que importe.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0028 · Stuk · 1840/02/27
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Grajales, de esta vecindad, marido legítimo de la señorita doña María Manuela Espino y Soria, dijo que su esposa es dueña de un solar en el pueblo de Coatepec, en la calle que llaman Tejocotal, con la cual hace su frente, de 43 varas y 53 de fondo; lindando por oriente con callejón que del río de los Pintores baja al cerro; por el sur con el callejón de Pedro Piña; por el norte con solar que llaman de tío Blas; por el poniente con solar que fue también de la misma señora Espino y hoy es de Simón Narciso de Coatepec. Y como administrador de los bienes de su esposa, otorga que vende dicho solar a Miguel Molina, en precio de 15 pesos.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0017 · Stuk · 1832/02/09
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don José Vicente de Espino y don José María Grajales, vecinos de la hacienda de la Orduña y dicha ciudad, dijeron que el primero como curador ad bona del menor don Francisco Ciriaco de Espino, dio poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, para que cobrara judicial o extrajudicialmente de don José María Grajales la tienda que éste tiene a su cargo en la expresada hacienda, y que en parte corresponde al citado menor por haberle adjudicado en pago parcial de la legítima que le tocó, al dividirse los bienes de su difunto padre don Guillermo de Espino. Y habiendo demandado ante el juez de letras de este cantón a Grajales, enterado de todo don Francisco de Espino, suplicó a su curador no llevase adelante el pleito en virtud de ser dudoso su buen éxito, de versarse entre miembros de una misma familia y de no hallarse dispuesto a encargarse de dicha tienda, caso que Grajales fuera condenado a entregarla. Por lo cual, otorgan que transigen las pretensiones instauradas, ajustándose, conviniéndose y conformándose en los artículos que se mencionan en esta escritura, entre los cuales destacan: Primero, el día quince del presente mes entregará Grajales al Presbítero don José Vicente de Espino los géneros que éste designe y sean suficientes para cubrir los 2 051 pesos un real 7 y medio granos que corresponden al menor don Francisco. Segundo, los géneros expresados serán de los que haya en la tienda de don Francisco Lerdo de Tejada, y si esto no pudiese completar el surtido que pida el curador, se sacará el resto de la tienda de don Antonio José Peredo. Entre otros artículos que se mencionan.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0100 · Stuk · 1837/08/25
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Compareció doña María Ignacia Soria, de esta vecindad, mayor de edad y libre de matrimonio, otorga poder general a su sobrino político don José María Grajales, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, prosiga, continúe y finalice el intestado de su difunto hermano don Ignacio María Soria.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0060 · Stuk · 1840/04/22
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Ciriaco de Espino y Soria, vecino de la población de la Banderilla, otorga poder a don José María Grajales, de esta vecindad, para que en su nombre demande y cobre de don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, también de esta vecindad, la cantidad de pesos que le adeuda al otorgante.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0152 · Stuk · 1840/11/18
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel de Santa María, vecino de su hacienda Maxtatlán y presente en este suelo, otorga que debe y se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, vecino de la hacienda Santa Rosa, la cantidad de 16 651 pesos valor de ganado vacuno y mular que le tiene franqueado, cuyo monto se obliga a pagar en el término de siete años, comenzando a contarse en primero de enero de 1841, habiéndose de exhibir dicha cantidad en plazos anuales de 2 500 pesos cada uno de los seis primeros años y en el último el resto. Cuya deuda ha contraído el otorgante con el fin de redimir todos los capitales que reconoce sobre su hacienda y tierras anexas nombradas la Mesa de Maxtatlán.

Zonder titel