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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0009 · Item · 1830/02/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Dolores Ortega de Muñoz, viuda, mayor de edad, vecina del pueblo de Naolinco, residente en este pueblo, otorga poder general a don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, de esta vecindad, para que en su nombre administre todos sus bienes, vendiéndolos, acensuándolos o arrendándolos, por las cantidades, tiempo y con las condiciones que por bien tuviere; para que pueda concertar, transigir y convenir todos los asuntos que en la actualidad tiene pendiente o en adelante se movieran. Para que pida y tome cuentas a todas las personas que deban dárselas, haciendo cargos, recibiendo sus descargos. Para que demande y cobre todas las cantidades y géneros que a la fecha le adeudan o en adelante le deban. Para que lo defienda en todos los pleitos, causas y negocios que al presente tenga y en lo sucesivo se le movieran.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0026 · Item · 1838/02/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ana Josefa Moreno, de esta vecindad, mujer legítima de don José María Campoverde, otorga poder a don Joaquín Guevara, de esta vecindad, para que en su nombre y representando sus propia persona, derechos y acciones y las que le corresponden como legataria del quinto de los bienes que quedaron por fin y muerte de su hija política, doña Dolores Ortega de Muñoz, esposa que fue del hijo de la compareciente, don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, y como heredera que es de su nieto, don Fernando Gómez Muñoz y Ortega; se presente ante el señor alcalde segundo donde se hallan pendientes los autos de la testamentaria de ambos difuntos, demandando la herencia de su nieto y la parte del quinto de que le hizo legado en forma su citada hija política doña Dolores Ortega.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0055 · Item · 1835/04/30
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis García Teruel, hacendado en este cantón, dijo que en los autos de la testamentaria de doña Dolores Ortega de Muñoz, está nombrado como curador ad litem de los menores doña Ana Josefa y don Fernando Gómez Muñoz y Ortega, hijos de dicha finada, y que no siéndole posible radicar en esta ciudad ni estar viniendo para las gestiones que se ofrezcan, otorga poder al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en su nombre como tal curador gestione en la referida testamentaria todo lo conducente y con arreglo al discernimiento que obra en los autos que giran en el juzgado de segunda nominación de esta ciudad, haciendo todas sus veces en el asunto de los indicados menores pues con ese fin sustituye en dicho apoderado la curaduría. Asimismo, otorga poder para que en cuantos negocios se le ofrezcan en esta ciudad pueda representarle judicial o extrajudicialmente.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0022 · Item · 1838/02/23
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ana Josefa Moreno, natural de la Heroica ciudad de la Veracruz, hija legítima de Juan Antonio Moreno y de doña Manuela Antonia López, difuntos, de edad de setenta y un años, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara estar casada con don José María Campoverde, de cuyo matrimonio no han tenido sucesión. Asimismo, declara que antes de este matrimonio, tuvo tratados esponsales de futuro matrimonio con don Fernando Gómez Muñoz, natural de los reinos de Castilla de la península española, de quien tuvo dos hijos naturales nombrados don Fernando y don José María Gómez Muñoz y Moreno; de los cuales José María murió sin sucesión en defensa de la justa causa de la libertad de la patria, por el año de 1815. En cuanto a su hijo Fernando, habiendo seguido las mismas banderas, obtuvo el grado de teniente coronel y después de haberse casado con doña Dolores Ortega de Muñoz, falleció repentinamente en esta ciudad en el año de 1829, sin haber dejado sucesión testamentaria y dejando a dos hijos vivos de los seis que tuvo en su matrimonio, nombrados doña Ana Josefa y don Fernando Gómez Muñoz y Ortega. También declara que doña Dolores Ortega falleció el año de 1831, bajo la disposición testamentaria que otorgó en el pueblo de Naolinco, de donde era vecina, dejando como herederos a sus dos hijos y como albacea a don Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara del partido de Misantla. Declara que su nieto don Fernando Gómez Muñoz y Ortega, también falleció a la edad de doce a trece años. Lega a su actual esposo el quinto de sus bienes. Nombra albacea a su esposo don José María Campoverde. Nombra heredera a su nieta doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega.

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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0029 · Item · 1838/11/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Rodríguez Rojo, dueño de la hacienda de Santa Bárbara del partido de Misantla, actual residente en este suelo; dijo que como albacea de la difunta doña Dolores Ortega de Muñoz, esposa que fue del finado don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, otorga poder general al licenciado don Luis Gonzaga Gago, para que en nombre del comparente y representando sus propios derechos y acciones que le competen como tal albacea, gestione jurídica y extrajudicialmente cuanto conduzca al giro y conclusión de la testamentaria de dicha finada y la de su citado esposo, con quien está ligada por haber fallecido aquel en intestado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0093 · Item · 1839/07/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, dijo que don Luis García Teruel, dueño de la hacienda de Lucas Martín, de este partido, y residente en ella, ha servido el cargo de curador ad lítem de la menor Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega hasta la aprobación de la cuenta de división y partición de los bienes que quedaron de sus difuntos padres don Fernando Gómez Muñoz y Moreno y doña Dolores Ortega de Muñoz, y después de su hermano don Fernando y su abuela paterna doña Ana Josefa Moreno. El señor Sayago señaló que a la mencionada menor Ana Josefa, le correspondieron por todas las herencias, la cantidad de 5 765 pesos 6 reales 10 y medio granos que se le pagan en los términos que explican las partidas de dicha cuenta. Por lo que el comparente, otorga que se constituye fiador del señor don Luis García Teruel, de manera que en el evento de que se le origine algún desfalco en lo bienes que reciba, satisfará el comparente en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0107 · Item · 1839/08/31
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel de Cano y Valle, de esta vecindad y comercio, dijo que don Luis García Teruel, dueño de la hacienda de Lucas Martín, de esta vecindad y residente en ella, ha servido de curador ad litem de la menor doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega hasta la aprobación de la cuenta de división y partición de los bienes que quedaron por fallecimiento de sus padres don Fernando Gómez Muñoz y Moreno y doña Dolores Ortega de Muñoz, y después el de su hermano don Fernando Gómez Muñoz y Ortega y su abuela paterna doña Ana Josefa Moreno. Por dichas cuentas, en escrito del 27 de mayo del presente año, se mandó que la dicha menor nombrase curador de sus bienes, lo que verificó el 26 del mismo mes en don Manuel Patiño, quien aceptó y ofreció por su fiador al relacionante. Por lo que, a través de la presente, el señor Cano y Valle dijo que a la mencionada menor, doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega, le corresponden por todas las herencias la cantidad de 5 765 pesos 6 reales 10 y medio granos que se le pagan en los términos que explican las partidas de dicha cuenta, y otorga que se constituye fiador de don Manuel Patiño, en el evento de que se le origine algún desfalco, él los satisfará.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0126 · Item · 1839/09/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio Rodríguez Rojo, vecino de la hacienda de Santa Bárbara, jurisdicción del pueblo de San Francisco Colipa del partido de Misantla, residente en este suelo, dijo que como albacea de la finada doña Dolores Ortega de Muñoz, vecina que fue del pueblo de San Mateo Naolinco, vendió a don Antonio Vital de Alarcón, una casa de dicha testamentaria, situada en el citado pueblo, con su correspondiente patio y solar, en la esquina de la plaza, en la calle que sale al camino de esta ciudad y frente a la parroquia de aquel pueblo, con 24 varas de frente el patio y 6 de fondo, el cual linda por el norte con solar Eugenio Gonra y por el oriente con el expresado solar que corresponde a dicha casa; tiene de frente 20 varas y una tercia, y de respaldo las mismas varas, por el derecho 14 varas y media y por el izquierdo 16 y media, y linda por el oriente con casa y solar del ciudadano Julián Domínguez, por el poniente con la plaza, y por el sur con la calle que sale al camino de Xalapa. Siendo el precio de dicha casa en cantidad de 500 pesos, como consta de escritura de 23 de febrero de 1832, por ante el ciudadano José María Domínguez, alcalde de aquel partido. El otorgante dijo que en las diligencias que se hicieron a los bienes de la citada difunta y de su esposo don Fernando Gómez Muñoz y Moreno, que también falleció antes que ella, se mandó que se anulase la venta de la casa hecha a Vital Alarcón, ordenando el señor juez de letras al licenciado don José María Cordera, que el curador a bienes de doña Ana Josefa Gómez Muñoz y Ortega se posesione de los bienes que le correspondieron por la cuenta división y partición. Entre ellos se encuentra la casa vendida a Vital de Alarcón, hoy también difunto, y por ello ocurrió a su viuda doña María Josefa Domínguez para que le hiciese entrega de ella, en cuya virtud ésta lo hizo al que va hablando, por lo que han convenido en que dicha señora entregará la finca con las condiciones siguientes: 1ª, don Antonio Rodríguez Rojo se obliga a satisfacer a dicha señora otra casa con iguales comodidades. 2ª, que mientras esto se verifica, permanecerá la señora Domínguez en la expresada casa, pagando Rodríguez de su precedido los alquileres que le imponga el curador de dicha menor. 3ª, le entregará la señora Domínguez a Rodríguez la escritura citada y las primordiales con que ha poseído hasta el día la finca. Estando presente la señora Domínguez otorga que acepta la promesa que incluye las dos cláusulas y los convenios que tiene celebrados con el señor Rodríguez, para subsanar el defecto del saneamiento de la casa que le vendió a su esposo, misma que entregará al curador de la menor, luego que Rodríguez lo haga a la comparente de la que le ofrece por aquella libre de todo gastos, y que con arreglo a la tercera cláusula le hace la entrega de todos los títulos al señor Rodríguez con que ha poseído la finca, comprendido de doce fojas.

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