Don José María Rodríguez Roa, actual prefecto de este distrito, dijo que el licenciado don Carlos Hernández Viamonte, vecino de la villa de Yxtlalmaca [Ixtlahuaca], le ha conferido poder para que en su nombre y como albacea de su difunta esposa, doña Josefa Laso de la Vega, cobre todo lo que le deban a dicha testamentaria, pero debido a que no le es posible pasar a la heroica ciudad de Veracruz, donde existen algunos bienes de la relacionada testamentaria de la señora Laso de la Vega, ha resuelto sustituirlo para que se gestione su cobro hasta conseguirlo, por los cual otorga que lo sustituye en don Cayetano Becerra, de aquella vecindad y comercio.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, hacendado en este cantón, otorga poder especial al Licenciado don José Juan Llufriu, vecino de Puebla, para que en su nombre continúe gestionando en el negocio que tiene pendiente en la sagrada mitra, sobre librar a la hacienda de Quimiapa de la hipoteca que en unión de la del Encero, reporta a favor del convento de la Concepción y que en consecuencia se permita por el Señor Obispo la libre venta de dicha hacienda de Quimiapa, según lo acordado por los acreedores de Juan Francisco Carasa.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Josefa Reyes de Sedano, con licencia de su marido don Cristóbal Sedano, y el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, como apoderado del Presbítero don Vicente Maldonado, actual recaudador de huecos y capellanías vacantes en el obispado de Puebla, dijeron que el nominado señor Viamonte demandó a la señora Reyes por cantidad de réditos de 2 000 pesos impuestos sobre una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la plazuela que se denominó del Rey y hoy se nombra de la Constitución, cuya finca pertenece hoy a la nominada señora Reyes y fue antiguamente de doña Antonia Domínguez Ballesteros, quien la gravó en dicha suma que recibió de don Gabriel Arteaga para que se impusiese una capellanía, según consta en escritura con fecha en esta ciudad a primero de septiembre de 1770. Asimismo, dijeron que de las contestaciones habidas sobre dicha demanda entre Viamonte y la señora Reyes, quien tiene hechos gastos considerables en reponer la finca, ha resultado un acuerdo que contiene las cláusulas siguientes: Primero, que la señora Reyes acudirá con el Señor Obispo para solicitarle se reduzca la deuda atrasada de réditos a 1 000 pesos por los últimos diez años en atención a no haberse presentado ningún interesado en tiempo oportuno a cobrar dichos réditos. Segundo, en caso de denegarse dicha solicitud, se procederá a liquidar el monto de dichos réditos atrasados. Tercero, entretanto la señora Reyes ha de ir pagando cada mes de diciembre 100 pesos por el rédito corriente y 40 pesos en cuenta de lo atrasado. Cuarta, que dichas exhibiciones de 140 pesos anuales se han de caucionar con responsabilidad de don Dionisio Camacho, y en caso de no querer continuar este señor en esa caución, el año que siga al que se venza hará entrega de la casa al apoderado de la recaudación de vacantes, al mismo tiempo de exhibir en el respectivo diciembre los 140 pesos anuales. Bajo tales condiciones otorgan que formalizan el expresado compromiso y estando presente don Dionisio Camacho, otorga se constituye fiador de doña María Josefa Reyes, obligándose a satisfacer por esta señora los 140 pesos anuales al representante de recaudación de vacantes del obispado de Puebla.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, de esta vecindad, otorga en arrendamiento a don Francisco Palacio Miranda, también de esta vecindad, el trapiche nombrado Quimiapa, bajo las condiciones siguientes: Que ha de entregar la hacienda al arrendatario con sus llenos, bajo inventario que formarán las partes y el corredor que ha intervenido en el contrato, ciudadano Pascual Caballero Ortiz de Zárate, para que se sepa el estado que todo guarda. El arrendatario estará obligado a conservar la finca haciendo los gastos necesarios y el dueño, a su recibo, solo le abonará las mejoras de un asoleadero que falta por componer, y en cuyo bajo y piezas anexas va a poner el palenque; la compostura del techo de las calderas; el empedrado de todo el astillero; y los techos de la nueva caballería y hato. Que todos los derechos nacionales y municipales, diezmos y demás que se ofrezcan pagar, serán a cuenta del arrendatario y solo pagarán por mitad las contribuciones extraordinarias que por motivo de guerra u otro grave se le impongan. Que el contrato se afianza por el arrendamiento con hipoteca de las mejoras que haga en la finca y de sus demás bienes presentes y futuros. Que el arrendamiento será por cinco años a partir del 30 de junio pasado, por el precio de 700 pesos anuales, pagaderos por semestres adelantados. Que al cargo del dueño es pagar los réditos del capital que reconoce la finca y las rentas de Mabobo y del agua de Pacho. Que se liquidarán las deudas de los mozos y el arrendatario responderá de su ascendencia al devolver la finca. En cuya virtud de este contrato se agrega a este registro el inventario formal de la hacienda.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOJuan Pantaleón Pérez, vecino de esta villa, otorga poder general al licenciado don Carlos Hernández Viamonte, abogado de los Tribunales de la Federación, también residente en esta villa, para que en su nombre y representación, lo defienda en todos sus pleitos, causas y negociosos civiles o criminales que tenga o tuviere en adelante. Y si fuere necesario comparezca en juicio ante cualquier autoridad superior.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Rafael Espinosa, de esta vecindad, otorga poder general al licenciado don Carlos Hernández Viamonte, abogado de los Tribunales de la Federación, residente en esta villa, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente de todas las personas, las cantidades de dinero, género y bienes que se le estuvieren debiendo hasta el día de hoy y en adelante debieren; y de cuanto perciba otorgue las cartas de pago, finiquito y lasto.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANOLa señora doña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, mayor de edad, otorga poder especial al Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, para que a nombre de la señora comparente y representado su propia persona que la competen como propietaria que es del oficio público de esta ciudad, la defienda en todos los asuntos relativos al mismo oficio, haciendo se conserve con los goces, franquicias y usos que le pertenecen y de que ha estado y está en posesión.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Antonio María de Casas, hacendado en este cantón, dijo que el Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, es su apoderado general, pero que a pesar de eso, está mandado en los autos que se siguen en el juzgado de primera nominación sobre varios particulares relativos a la testamentaria de los finados don Francisco García Campomanes y doña Isabel Viveros y Zurita, se confiera poder especial para lo relativo a la venta de las tierras nombradas el Llano de Chiltoyac o los Garcías, situados en términos de la municipalidad de Naolinco. Por lo cual, otorga poder especial al Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, para que en su nombre concurra a las juntas que se celebren sobre convenir en la venta o no venta de las relacionadas tierras, celebrando los acuerdos necesarios, en los términos y bajo las bases que le parezcan más arreglado y justo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Licenciado don Carlos Hernández Viamonte, de esta vecindad, otorga poder general a don José María Rodríguez Roa, de esta misma vecindad, para que en su nombre siga, fenezca y acabe todos los negocios que actualmente tiene o que en lo sucesivo se le ofrezca; para que rija, gobierne y administre sus bienes; para que pueda celebrar compañías; y para todos sus pleitos, causas y negocios.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Javier Arias, hacendado de este partido, otorga se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, la cantidad de 5 099 pesos 2 reales 3 y 3 cuartos granos en tres plazos con sus réditos correspondientes a razón de un 6 por ciento anual, cuya cantidad es la misma que en liquidación de cuentas con don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, como apoderado de don Pedro Paredes y Serna, le sale debiendo a este señor hasta fin de marzo pasado, por resto de una mulada que le vendió, por una deuda que se obligó a pagar por don Carlos Hernández Viamonte y por premios de esas partidas. Y para seguridad hipoteca su hacienda de Zimpizahua, ubicada en la doctrina de Coatepec.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO