Don Bernardo Sayago, vecino y del comercio de ella, dijo que a consecuencia de la venta que en el mes de junio último, celebró con don Joaquín Reyes, del comercio de la ciudad de Tehuacán, perteneciente al estado de Puebla, de varios géneros de ropa, en cantidad de 1 093 pesos, se formó expediente en aquel juzgado primero a virtud de denuncia dada por el administrador de la aduana, en el que se declararon caídos en la pena de comiso dichos efectos; y siéndole tal fallo gravoso en todas sus partes, así por la ilegalidad que envuelve, ha interpuesto el recurso de apelación y para que este y los demás remedios legales los haga valer en los tribunales superiores competentes, ha deliberado conferirle toda su representación al licenciado don José María Prieto, vecino de dicha ciudad; y reduciéndolo a escritura otorga poder especial al referido Prieto, para que en su legítima representación haga personería y agencias en los Tribunales Superiores del Estado Libre y Soberano de la Puebla de los Ángeles y en todos los demás que sean necesarios; y en su virtud interponiendo el recurso y todos en cuantos derechos convengan haga los alegatos, informaciones y probanzas.
Sans titreDon Francisco Fernández y Agudo, vecino y del comercio de esta villa, dijo que habiendo contratado don Bernardo Sayago, de la misma, la compra de 200 piezas de brines, al precio de 18 pesos seis reales cada una, cuyo total asciende a la cantidad de 3 750 pesos, se le pidió fianza para caucionar el pago. Por cuya razón, el otorgante se constituye fiador del citado Sayago y se obliga a satisfacer en el plazo de cuatro meses, contados desde la fecha, sin pedir nueva fecha y pagará las costas que por morosidad se eroguen.
Sans titreDoña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera del finado don Manuel Allén, vecina de esta ciudad, dijo que por bienes que le quedaron por la citada herencia, se halla una casa de altos y bajos, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran Nueva, haciendo esquina al callejón de San Vicente que baja al del Diamante. Dicho fundo linda por oriente con el referido callejón de San Vicente, y del otro lado casa que fue de doña Rita Casimira Morales y hoy posee don Bernardo Sayago, por norte linda con la expresada calle Nueva, haciendo frente con casa del finado don Juan Antonio Figueiras y con la entrada del callejón del Síndico, por sur con el callejón nombrado de Quiñones, y por el poniente con casa baja que fue del mismo Allén y se la vendió a don José Carrillo de Hermida. Que dicho Allén por escritura de 7 de octubre de 1816, compró al presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, como apoderado del señor canónigo don Francisco Ángel del Camino, albacea del licenciado don Francisco Javier de Gorospe, la mitad del agua corriente que entra en la alcantarilla de la casa baja chica del finado Gorospe, situada en el callejón de Quiñones. Dicha compra la hizo para sus dos casas contiguas, es decir, para la baja que vendió a Carrillo y el alta, a que ahora se trata, siendo también el pozo medianero de uso para las dos casas. Al tiempo de comprar Allén la casa alta, reconocía 38 pesos y 5 reales a favor de doña Antonia Ugarte y su hija doña María Bañares, y 800 pesos a los herederos de don José MaríaValero, según consta por escritura de 26 de enero de 1816, por la cual le vendió don Juan Lucas de Olavarrieta. Las mencionadas cantidades están canceladas, como consta por anotaciones de los años de 1818, 1820, y 1822, y por descuido no han sido anotadas. Siendo dueño, Allén de la casa alta, la grabó en 2 000 pesos en favor de don Juan Lucas de Olavarrieta, por escritura de 27 de enero de 1816, a cuenta de dicho capital, se le redimieron 500 pesos a Olavarrieta, quedando de ese capital 1 500 pesos, mismos que endosó Olavarrieta a favor de unos herederos de don Juan de Unanue, a los cuales ha representado don Pedro Unanue, por cuya orden fueron entregados a don Francisco Fernández y Agudo, por lo que dicha casa, se halla absolutamente libre de todo gravamen, que por problemas de trámites entre don Pedro Unanue y el presbítero don Atenógenes María Lombardini no se ha formalizado la cancelación. Cuya casa deslinda y todo lo expuesto doña María Salomé, otorga la vende a don Juan Ignacio Saldaña y Bonilla, y es la misma que con la casa baja contigua que la otorgante le vendió a don José Carrillo por escritura de 6 de octubre de 1824, compró el marido de la otorgante a don Juan Lucas de Olavarrieta, según escritura de 26 de enero de 1816. La venta se efectúa en precio de 2 000 pesos, con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, el medio pozo divisorio, el agua corriente de que se ha hablado y demás que de hecho y de derecho le corresponden.
Sans titreEl señor alcalde de primera nominación de esta ciudad, don Bernardo Sayago, con la investidura de juez, y el licenciado don Luis Gonzaga Gago, como defensor de la testamentaria del finado don Carlos Arias, dijeron que en el Juzgado de Primera Nominación se han girado autos promovidos por don Miguel Palacio, a nombre propio y en el de sus coherederos contra los bienes de dicha testamentaria por cantidad de pesos procedentes de capitales escriturados, sobre una casa titulada de la Campana, ubicada en esta ciudad a la calle del Calvario, y un rancho nombrado Jaltepec a la linde de la hacienda de Sosocola, y por réditos de esos capitales. De lo antes mencionado, los otorgantes señalan que adjudican a Miguel Palacio, la casa y rancho de que se ha expresado, como también cinco mulas anexas al propio rancho, en precio todo, de 3 152 pesos 4 reales y 10 granos, que son las tercias partes del valúo de esos bienes.
Sans titreDoña María de Jesús Hidalgo, cuya identidad testifican don Bernardo Sayago y don Manuel Cosa, viuda que dijo ser de Bernardo Guevara, y madre de María de la Paz y de Hilario [Guevara], otorga poder al ciudadano José María Cao, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, y la de sus relacionados hijos recaude todos los bienes e intereses que por fallecimiento del nominado Guevara han quedado en Tampico, y lo que existan en cualquier otro punto.
Sans titreDon Juan Young, vecino de Veracruz, cuya identidad testifican don Bernardo Sayago y don Nicolás Pastoressa, otorga poder a don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, le defienda en el Tribunal de Segunda Instancia de este Departamento, en el expediente que el otorgante ha girado en el Tribunal Mercantil de Veracruz contra la casa de don José Welsh y Compañía en aquel puerto, y en el cual el otorgante obtuvo sentencia favorable.
Sans titreDon Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a don José María Barrientos, vecino de San Juan de los Llanos, para que en su nombre requiera de pago a don Pedro Rodríguez de Álamo y en defecto a su esposa doña María Rosalina Molina, su fiadora, por la cantidad de 1 075 pesos.
Sans titreEl licenciado don Antonio María de Rivera, de esta vecindad, dijo que por escritura con fecha de 15 de los corrientes, don Manuel Arizavalo, por sí y en nombre de sus hermanos don Santiago y don Juan [Arizavalo], le vendió una casa de edifico bajo, situada en esta ciudad, en la primera cuadra de la calle que nombran de Belén, habiéndose verificado dicha venta en cantidad de 3 950 pesos en plata de oro de los que recibió Arizavalo 1 000 pesos al siguiente día, quedando reconociendo 100 pesos sobre la misma finca a favor de una obra pía que debe imponerse y los 2 850 pesos restantes que ha de pagarle en tres partidas de 950 pesos cada una, caucionando su pago con la obligación que hizo de no vender, ceder, traspasar, acensuar, ni en ninguna manera enajenar la finca hasta que esté satisfecho su total importe. Y el señor Rivera expresó que don Manuel Arizavalo le ha manifestado que, con el importe total de la venta de la casa, trata de establecer una compañía de comercio en esta misma ciudad y que para afianzar más su contrato, le pidió le diese un fiador que respondiese de la suma de los 2 850 pesos que le restan. Y poniéndolo al efecto, declara que debe al mencionado don Manuel Arizavalo la suma indicada y ofrece por su fiador a don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, y éste estando presente otorga que se constituye fiador y principal pagador del comparente.
Sans titreDon José María Rodríguez Roa, de esta vecindad, como apoderado de doña María Josefa de Herrasti y Alba, quien es albacea testamentaria de su difunto esposo don Carlos Díaz de la Serna y Herrero; dijo que habiendo verificado dicha señora personalmente de una paja de agua en cantidad de 100 pesos a don Bernardo Sayago, de este mismo comercio y vecindad, hace más de dos años, la cual introdujo en la casa de su propiedad que antes fue de la finca de la finada doña Rita Casimira Morales, habiendo asegurado dicha finca por medio de un sorteo o rifa pública, que se verificó en esta ciudad el 25 de septiembre pasado, tocándole la suerte al número 374, cuyo boleto pertenecía a don Felipe Carrau, vecino de la heroica ciudad de Veracruz. Pero como le faltaba el título de propiedad de la citada paja de agua ocurrió a dicha señora Herrasti para que se lo librase en favor del expresado señor Carrau. Por tanto, otorga que vende a don Felipe Carrau la paja de agua que la señora Herrasti vendió al señor Sayago, que tomó éste del frente del zaguán de su casa, de la cañería que baja a la casa de otra señora, situada en la calle Principal, por el precio de los citados 100 pesos que recibió del señor Sayago.
Sans titreDon Bernardo Sayago, de esta vecindad, dijo que, don Paulino Benítez es deudor a don Rafael Herrera de Veracruz, de la cantidad de 248 pesos, 7 reales, que para este cobro el acreedor le encomendó al comparente; y después de varias gestiones, salió fiador don Juan Agustín Sánchez, pero con la condición de que a este le caucionase Benítez por medio de obligación, sujetando al pago tres solares unidos existentes en Coatepec y unas paredes continuas en ellos, cuyo instrumento fue otorgado el 14 de febrero de 1834, fijándose el pago para fines de agosto del siguiente año, sin embargo no se ha logrado. Que a virtud de la muerte de Sánchez el relacionante entabló sus gestiones con el albacea, quién le dijo el estado de quiebra en que se hallaba la testamentaria. Así que convinieron que fuese endosada en favor del señor Sayago la caución que le dio Benítez a Sánchez, y se formalizó dicho endoso. Y usando de dicho endoso Bernardo Sayago vende el sitio, casuquita y paredes a don José María Covarrubias en precio de 248 pesos, 7 reales.
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