Don Matías Martínez de Espinosa, vecino de esta villa, otorga poder general a don José Miguel Contreras, de la misma vecindad, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de oro, plata, joyas u otros de cualquier género y porción que sean que se le estuvieren debiendo o se le debieren en adelante. Y para que en cuanto percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago, finiquito y demás documentos que le fueren pedidos. Y en caso de ser necesario puedan comparecer en juicio.
Zonder titelLos ciudadanos Francisco Diego, Esteban Miguel, José Martín y José Casiano, el primero juez de paz, todos vecinos del pueblo de Santa María Magdalena Coapan de este partido, dijeron que por sí y en nombre de los demás vecinos del citado pueblo, por quienes prestan voz y caución, otorgan poder general a don José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que en sus nombres haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que les deban. Para que principie, prosiga y concluya todos los pleitos, causas y negocios, civiles o criminales. Para que apele, deslinde y amojone no solo los términos de dicho pueblo, sino también, los que recayeran en él y de todos los bienes raíces que posee el pueblo.
Zonder titelDon José Miguel Contreras, de esta vecindad, otorga que se constituye en fiador de doña María Tomasa Cervantes, como tutora y curadora ad bona de los menores hijos del finado su marido Luis Chacón y de la misma Cervantes, en tal manera que, si ésta resultase en algún descubierto en los intereses de dichos menores, pagará el otorgante con sus propios bienes la cantidad a que ascienda el descubierto.
Zonder titelDoña María Paulina Espejo y Nava, viuda de don Francisco Pensado, otorga poder especial a don José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que a nombre de la comparente y en representación de las acciones que la competen, como madre legítima del infante Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava, hijo del referido difunto don Francisco, comparezca en los tribunales que corresponda a defender el derecho que le asiste a la otorgante para que permanezca en su poder el referido su hijo.
Zonder titelEl ciudadano José Francisco Cabañas, de esta vecindad, dijo que posee una casita de madera con cimiento de cal y canto, cubierta de teja, ubicada en esta villa a la tercera calle del Calvario, cuyo sitio tiene 8 varas de frente que lo hace al poniente en dicha calle y 96 de fondo al oriente por donde linda con tierras del Señor del Calvario, de que es Capellán el Presbítero don José Ignacio Ibáñez; por el norte linda con casa y solar de don Antonio Sánchez y por el sur con casa que fue de don Jacinto Álvarez y hoy es de la ciudadana Zavaleta. Cuya finca hubo por herencia de su madre doña Gertrudis Cabañas y se halla libre de todo gravamen y bajo este concepto ha tratado la venta de ella con don José Miguel Contreras en precio de 100 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de alcabala y escritura. Por lo que reduciéndolo a efecto otorga que vende a don José Miguel Contreras la casita y sitio que queda deslindado, en precio de 100 pesos, de cuya suma se da por entregada.
Zonder titelLos ciudadanos Pedro Antonio y Gregorio Antonio, jueces primero y segundo de paz del pueblo de Santiago Cuacuazintla [Coacoatzintla], en unión de Hilario Francisco Mendoza y Manuel Trinidad Moro, hijos del mismo pueblo, dijeron a nombre propio y en de los demás vecinos de dicho pueblo por quienes prestan voz, que otorgan poder a don José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que en nombre de todos los vecinos del mencionado pueblo de Santiago Cuacuazintla [Coacoatzintla], en representación de sus propias personas, derechos y acciones, se encargue de los asuntos administrativos y judiciales que tengan o en adelante tuvieren.
Zonder titelDoña María Francisca y doña María del Carmen Merino, con su curador don Bernabé de Elías Vallejo, expresan que por fallecimiento de don Francisco Merino padre de las dos primeras, quedó una casa de edificio bajo ubicada en esta ciudad a la calle de Alba conocida hoy las Recogidas, con la cual hace frente al poniente, lindando por oriente con tierras de la Purísima; por Norte con casa y solar que fue de los herederos del difunto Roque Ortiz y hoy es de José Miguel Contreras; por sur con casa y solar que fue del finado Antonio de los Reyes, midiendo de frente 24 y media varas y de fondo 52. Que habiendo quedado debiendo Merino al tiempo de su muerte a don Fernando de Cubas 258 pesos con calidad de réditos y promesa de hipoteca de la casa, formalizaron la hipoteca por la expresada cantidad y los réditos corridos. Que no cesando Cubas de agitar por la venta para que se le pague, han logrado ahora un comprador que lo es don José de Alcalde, quien da por ella 1 200 pesos. Por lo que reduciendo a efecto otorgan que venden al nominado don José de Acalde, la casa que queda deslindada en precio de 1 200 pesos; y como la expresada venta se hace con el objeto de satisfacerle a don Fernando de Cubas, se comprometen los otorgantes a quitar inmediatamente ese gravamen para dejarle al comprador el fundo libre absolutamente.
Zonder titelDon José Miguel Contreras, de esta vecindad, dijo que el 27 de junio del año pasado en esta ciudad, le confirió poder general la señorita doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi, en el cual poder se contiene la facultad de poderlo sustituir, según es de verse en la copia que obra en los autos que siguen don Juan Hilario de Echagaray y socios contra la expresada señora, como albacea que es de su difunto padre don Matías Martínez de Espinosa, cuyos autos se encuentran el Tribunal Superior de Segunda Instancia de este Departamento. Y no pudiendo el comparente continuar en el desempeño de dicho poder, otorga lo sustituye en don Austacio María Durán, de esta vecindad, para que lo use en los mismos términos que lo haría el comparente.
Zonder titelDoña María Manuela, doña María Josefa, don Martín y doña Juana Ortiz, hermanos enteros, mayores de veinticinco años, la primera casada con don Lorenzo W. Benjamín, quién le concedió licencia para el otorgamiento de este instrumento, y en unión de los demás hermanos, otorgan que venden en favor de José Miguel Contreras, una casita de paredes baja, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que baja para la Alameda, con la que hace su frente hacia el poniente y del otro lado casas del hospital de San José y de los herederos de don Domingo Franceschi; cuyo frente se compone de 12 varas y 50 de fondo hacia el oriente, por donde linda con solar que fue de Manuel Vizcaíno; por el costado del norte linda con solar de don José María Becerra; y por el del sur con casa que fue de don Juan Garibay. Cuya casita es la misma que hubieron, por muerte de su padre, don Roque Ortiz, quién la hubo y compró de don Domingo Roldán, por escritura otorgada en esta villa el 23 de diciembre de 1793. La vende por precio de 600 pesos que declara haber recibo en reales de contado.
Zonder titelJosé Diego Baltazar, como juez de paz del pueblo de San Pablo Coapan, jurisdicción de este partido, por cuyos vecinos presta voz y caución de rato et grato, otorga poder general a José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que, en nombre y representación de todos los referidos vecinos de San Pablo Coapan, los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Asimismo, para que halle, demande y cobre todo lo que le deban a dicho pueblo. Y para que apee, deslinde y amojone no solo los términos de dicho pueblo, sino también, los que recayeran en él y de todos los bienes raíces que posee el pueblo.
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