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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0092 · Unidad documental simple · 1831/07/02
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El presente escribano, Juan Nepomuceno de Arriaga, certifica que las 227 fojas que integran este registro han pasado ante él desde el día 3 de enero hasta el 31 de junio del presente año, a excepción de un poder que otorgó el Presbítero don Gabriel Ferra el 16 de febrero y comienza en la foja 68, y otro poder otorgado por don Juan Francisco de Bárcena en 5 de marzo e inicia en la foja 100, estando ambos autorizados por su compañero don Antonio María Buenabad.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0134 · Unidad documental simple · 1832/10/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan N. Llorente y don Casiano Guerrero, de cuyo personal conocimiento testificaron el señor Cura Diputado don Gabriel Ferra y el Licenciado don Manuel Núñez Guerrero, expresando que Llorente es vecino del pueblo de Santa Catarina y Casiano del pueblo de Tantoyuca, cantón de Tampico; otorgan que prometen vender a don Luis García Teruel, vecino de su hacienda de Lucas Martín, y éste último promete comprarles, cinco mil toros a 13 pesos cada uno bajo las siguientes condiciones: Que Teruel ha de pagarles al contado en el pueblo de Teziutlán, tan luego que su comisionado reciba cada partida de toros; que el ganado debe ser de tres años de edad para arriba; que los vendedores han de entregar a Teruel mil toros cada año, por el tiempo de cinco años continuos, desde noviembre hasta abril, a partir del próximo mes de noviembre; que en el pueblo de Cuespalapa se han de entregar las partidas parciales de doscientos a cuatrocientos toros; que dicho ganado ha de estar en buen estado; que dos días antes de llegar al punto de Cuespalapa, deberán los vendedores avisar al comisionado del comprador en Tlapacoyan, para que este pueda pasar comodonamente a Cuespalapa a esperar la entrega; entre otros detalles que se mencionan.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0069 · Unidad documental simple · 1830/06/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Ferra y don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, dijeron que el segundo celebró compañía con don Julián de Tellaeche para una siembra de Tabaco. Que dicho Presbítero Ferra tomó la acción de Tellaeche en 14 de diciembre del mismo año, habiéndole satisfecho a aquel las cantidades que tenía exhibidas y entrando bajo las mismas condiciones que estaban celebradas con Iriarte, quien alcanzaba a Tellaeche en la cantidad de 468 pesos 7 y 3 cuartillas reales que Ferra propuso pagar de contado en el acto, pero que habiéndolo rehusado Iriarte, se convinieron quedase esa cantidad en poder de dicho Presbítero hasta que Iriarte dispusiese de ella cuando lo tuviere por conveniente. Que éste último le ha demandado a Ferra cierta cantidad por saldo de gastos impedidos posteriormente en la siembra y por su manejo en la realización del tabaco, y que habiendo tenido el juicio de conciliación con asistencia de sus hombres buenos don José Fernando de la Peña por parte de Iriarte y el Licenciado don José Lázaro de Villamil por la del Presbítero Ferra, se convinieron en comprometer este asunto en árbitros arbitradores, habiéndose electo por Iriarte a don Andrés Farías y por el Presbítero Ferra al nominado Licenciado Villamil, así como por ambas parte a don Juan Bautista de Lezama, para tercero en caso de discordia. Y para que tenga efecto ese convenio los relacionados Presbíteros don Gabriel Ferra y don José Miguel de Iriarte otorgan que hacen formal nombramiento de árbitros el primero en el Licenciado don José Lázaro de Villamil, el segundo en don Andrés Farías y ambos en don Juan Bautista de Lezama, constituyéndolos arbitrios arbitradores a fin de que decidan las diferencias del explicado asunto, a cuyo fin les confieren tan amplio poder para que dentro de dos meses pronuncien su laudo con arreglo a los documentos e instrucciones que le sean ministradas y se les presenten. Y se obligan solemnemente a estar y pasar por el laudo que se pronuncie como si fuese por sentencia consentida y pasada en autoridad de cosa juzgada, renunciado como renuncia el derecho de apelar y toda otra excepción.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0072 · Unidad documental simple · 1830/06/19
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Ferra y don José Miguel de Iriarte de esta vecindad, dijeron que el 16 del corriente formalizaron una escritura de compromiso comprometiendo en arbitrios un asunto que tienen pendiente y se explica en la propia escritura, designándoles a dichos arbitrios el término de dos meses y al tercero en discordia quince días para que produzcan su laudo. Pero que posteriormente han acordado reducir a un mes el término que se había fijado en dos, y para que esto sea con la correspondiente formalidad, han venido en otorgarlo por medio de adicción, por lo que al presente adicionan de unánime consentimiento reducir a un mes el término de dos que se habían fijado a los arbitrios arbitradores Licenciado don José Lázaro de Villamil y don Andrés Farías, dejando vigente y en toda su fuerza lo demás que contiene la referida escritura.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0093 · Unidad documental simple · 1830/08/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Ferra, de esta vecindad, otorga poder especial al señor Presbítero Licenciado don José María Zambrano, Cura de la doctrina de Tlacotepec, para que en su nombre tome colación canónica del referido beneficio de la parroquia de Tlaxcala y ratifique las protestas que en este acto hace el otorgante.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0031 · Unidad documental simple · 1826/03/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernabé de Elías Vallejo y don Francisco Badillo, ambos de esta vecindad, albaceas dativos mancomunados del finado don Juan Esteban de Elías, que también fue de este comercio y vecindad; dijeron que don Juan Esteban fue albacea y heredero del finado don Fernando Gómez Muñoz, vecino que fue de este suelo, quién le encomendó la fundación de un legado piadoso de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco de Asís, para que con sus premios se diese culto a la Santísima Virgen del Carmen, de la cual dejó también una efigie para que se colocase en aquella iglesia. Asimismo, dijeron que para tal fin, don Juan Esteban de Elías dejó 1 500 pesos impuestos a depósito irregular sobre el molino de San Roque, que quedó por bienes de dicho don Fernando Gómez Múñoz, cuyo molino fue vendido a don Carlos Díaz y Herrero, difunto. Y ahora los otorgantes como tales albaceas, queriendo cumplir con el encargo de todo lo que manda don Juan Esteban en su testamenento, otorgan que fundan la mencionada obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco, quien percibirá anualmente 50 pesos de premios a razón del 5 por ciento, con la carga de mandar celebrar perpetuamente cuatro misas cantadas con diáconos, en el altar donde se coloque la efigie de la Santísima Virgen del Carmen, por el alma de don Fernando Gómez. Cuyo principal de 1 000 pesos lo apartan de los 1 500 pesos que impuso don Juan Esteban sobre dicho molino propiedad que fue del mencionado Díaz y Herrero, cuya viuda y albacea, doña María Josefa de Herrasti y Alba, redimirá los 500 pesos restantes en el presente año, para que los otorgantes los inviertan en adorno y culto de la Santísima Virgen del Carmen. Asimismo, han convenido los otorgantes con la Señora Herrasti que pagará 50 pesos del premio del año pasado de 1825 para que el convento comience a cumplir con lo que le incumbe; y de lo atrazado, desde la imposición hasta 1824, solo pagará 500 pesos en abonos mensuales de 10 pesos. Por lo tanto, doña María Josefa de Herrasti ratifica la escritura de obligación que otorgó su esposo el 30 de diciembre de 1803, y se obliga a seguir reconociendo dicho depósito irregular.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0075 · Unidad documental simple · 1827/05/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis García Teruel, dueño de la hacienda nombrada Lucas Martín, en las inmediaciones de esta villa, dijo que el reverendo padre fray Gabriel Ferra, actual guardián del convento de San Francisco, obtuvo buleto especial del sumo pontífice para su perpetua secularización, y para que tenga su total cumplimiento, requiere de una congrua sustentación, ínterin obtiene otro beneficio eclesiástico. Y como hace algunos años que profesa sincera amistad al agraciado fray Gabriel, ha resuelto en este caso hacerle el bien y servicio que esté de su parte al logro de su intención, a cuyo efecto otorga que se constituye y obliga a contribuirle al expresado fray Gabriel Ferra en cada un año, contado desde el día primero en que vista el hábito de San Pedro, 200 pesos en reales hasta el día en que tome posesión de algún beneficio eclesiástico que se le conceda, y en cuyos rendimientos pueda cómodamente subsistir; cuya asignación que ahora le hace, le servirá en el entretanto de congrua sustentación y le acudirá con ella por tercios corridos sin dejar de verificarlo por pretexto alguno hasta aquel caso.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0082 · Unidad documental simple · 1830/07/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Ferra y don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, dijeron que formalizaron escritura de compromiso el día 16 de junio pasado, sujetando a arbitrios la decisión del negocio que en dicha escritura se refiere, fijándoles el término de dos meses, así como al tercero en discordia le dieron quince días. Que en 19 del mismo hicieron una adición, reduciendo a un mes el término de dos que habían señalado; pero que han vuelto a convenirse en los mismos dos meses que desde el principio fijaron. Por lo que, otorgan que dan por cancelada la expresada adición de 19 de junio, y en consecuencia revalidan la escritura formalizada a 16 del propio junio, en cuanto al término prefijado a los arbitrios, pues quieren que éste sea el de dos meses.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0031 · Unidad documental simple · 1831/02/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Ferra, cura párroco de la ciudad de Tlaxcala, actual Diputado en el Congreso de este estado de Veracruz, residente en este suelo, dijo que el padre Fray José de San Agustín Sarrio, religioso Carmelita Descalzo, le confirió poder el 22 de noviembre de 1830, para que practicase en el obispado de la Puebla de los Ángeles las gestiones conducentes de que tenga efecto la secularización de dicho religioso, que no pudiendo él permanecer en Puebla, sustituyó dicho poder en don Joaquín Gorospe, quien se halla ausente de aquella ciudad. Por tal razón, el comparente, usando de dicho poder, otorga que lo sustituye en don José del Razo, vecino de la ciudad de la Puebla, para que use en los mismos términos que lo tenía conferido dicho comparente.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0078 · Unidad documental simple · 1827/05/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El reverendo padre fray Gabriel Ferra, actual guardián de este convento de San Francisco, otorga poder especial al doctor don José María Troncoso, cura del Sagrario de la Santa Iglesia Catedral, de este obispado de la Puebla de los Ángeles, para que se apersone en aquel Superior Juzgado Eclesiástico a pedir y promover las diligencias para que tenga su puntual cumplimiento el buleto que su santidad, el actual Sumo Pontífice, se sirvió expedir para su perpetua secularización; haciendo al efecto todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL