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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0034 · Item · 1825/01/28
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Juliana Chávez, de esta vecindad, de estado libre, mayor de veinticinco años, otorga que ha recibido de doña María del Carmen Robles de Zamora, de esta vecindad, viuda del finado don José María Gutiérrez de Zamora, la cantidad de 300 pesos de principal con sus réditos. Cuyo principal es el mismo por el que Zamora le otorgó escritura de obligación con hipoteca de una casita, que le vendió en unión de Dominga Chávez, su tía, en esta villa como consta la escritura pública del 17 de diciembre de 1819. Por tanto, declara a los herederos de Zamora y a la finca, exonerados de tal obligación, consintiendo que se anote y tilde en ella y en sus copias para que no valgan, mediante la presente cancelación y finiquito en forma.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0135 · Item · 1830/10/26
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, mujer legítima de don José Mariano Polanco, con licencia previa de su marido, dijo que su padre don Felipe Cruz, vecino que fue de esta villa, recibió de don José de la Fuente, como hermano mayor del Venerable Tercero de San Francisco, la cantidad de 1 055 pesos con réditos de 5 por ciento anual, pertenecientes a las memorias de misas que mandaron fundar don Manuel de Boza con 500 pesos principal y doña Josefa de Neira Claver con 550 pesos, hipotecando el nominado Felipe al seguro de ese capital dos casas suyas, una ubicada en la calle del Ganado y la otra casa hace esquina a la citada calle y la de la Caridad, ésta última propiedad también tiene impuesto la cantidad de 200 pesos a favor de don José María Gutiérrez de Zamora. También, dijo que por fallecimiento de su padre ahora le pertenecen ambas propiedades, quien del conocimiento del Síndico Actual del convento de San Francisco de esta villa y con acuerdo del muy Reverendo Padre Guardián que a la fecha es Fray José Lugo de Luna ha resuelto cargar el relacionado capital de los 1 055 pesos pertenecientes al convento sólo sobre la casa grande que es de la que primero se habló, quedando exceptuada de este gravamen la casita de la esquina. Y que debiendo formalizar esto que se ha dicho, por el presente la nominada doña María Josefa Cruz otorga que se obliga a reconocer ese capital sobre la casa grande ubicada en la calle del Ganado con los réditos de un 5 por ciento anual. Y estando presente don Francisco Fernández y Agudo, Síndico actual de dicho convento aprueba que el capital quede impuesto sólo en la casa ubicada en la calle del Ganado y por tanto da por libre de todo gravamen la otra casita, para que su actual poseedora pueda disponer de ella como le convenga.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0098 · Item · 24/11/1820
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, Regidor del Ayuntamiento, contratista del Hospital Militar de esta Villa, otorga poder especial a don Joaquín Ruiz, para que en su nombre perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de los Ministros de las Cajas Nacionales de la Nueva Veracruz, 1 607 pesos y 7 reales a que ascendió el valor de las estancias causadas por los militares enfermos en el Hospital de su cargo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0154 · Item · 1821/12/05
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Juliana Chávez, de esta vecindad, mayor de veinticinco años y de estado libre, otorga poder especial a don Francisco Peña, también de esta vecindad, para que en su representación perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don José María Gutiérrez de Zamora, de esta vecindad, la cantidad de 300 pesos con sus réditos correspondientes vencidos desde el 17 de diciembre de 1819, con descuento de los abonos que le ha hecho en partidas parciales. Cuyo principal es el mismo que Gutierrez de Zamora se obligó a reconocer a premio de 5 por ciento, durante el tiempo que le faltase para salir de la menor edad a la otorgante y que ya ha cumplido; y es la mitad del valor de una casa que le pertenece a la otorgante y a su hermana Dominga [Chávez], que le vendieron a Gutierrez de Zamora, ubicada en la calle de Santiago de esta villa, en la que consta la obligación del acreedor, con especial hipoteca de la misma finca vendida. Asimismo, otorga dicho poder para que haga todas las pretensiones, presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales, hasta percibir el principal y los réditos y de lo que recibiere otorgue recibo y cancelación en forma.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0053 · Item · 1824/02/20
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Don José Javier de Olazábal, don Pedro Miguel de Echeverría en representación de su hijo don Javier de Echeverría, por estar ausente, don José María Gutiérrez de Zamora, don José María Pastor y los señores Cortecano y compañía, todos vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, residentes en esta villa, otorgan que dan poder general a don Domingo de Olazábal, también vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, frutos, géneros y efectos que les deban. Y para que de todo cuanto en virtud de este poder percibiere y cobrare, otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos; así como para que administre, gobierne y rija, cualquiera de sus bienes. Además, para que demande o los defienda y a cada uno en sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales. Y para que comparezca en juicio ante cualquier señor juez y justicia en sus reales audiencias y tribunales superiores e inferiores.

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0030 · Item · 1826/03/09
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Don Feliciano José Mirón, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, curador ad litem de los tres menores hijos y únicos herederos de don José María Gutiérrez de Zamora, que falleció en esta villa, vecino y del comercio de la Veracruz, otorga poder especial a don Cayetano Mirón, su hermano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su representación, reciba el traslado del inventario y justiprecio de los bienes mortuorios que ha formado el albacea don Antonio Micon.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0160 · Item · 1830/12/04
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Doña María del Carmen Robles de Zamora, viuda de don José María Gutiérrez de Zamora; don José Miguel Gutiérrez de Zamora y Robles, hijo de los susodichos, mayor de veinticinco años; don Pedro Pérez de Llera, curador ad litem de don Francisco Gutiérrez de Zamora y Robles, otro hijo menor de los citados al inicio; dijeron que el repetido difunto don José María Gutiérrez de Zamora le franqueó a don Felipe Cruz, vecino que fue de esta villa, hasta la cantidad de 225 pesos y 5 reales que se obligó a pagar en el término de dos años, con pensión de réditos de un 5 por ciento en cada uno, que para el seguro del capital y réditos el citado Cruz hipotecó dos casas, pero que últimamente la hipoteca se redujo a una que está situada en la calle de la Caridad. Que al presente los herederos de Cruz no han hecho ningún pago desde la imposición de aquel, e importando los premios que son 180 pesos 5 reales y un grano, monta toda la deuda 414 pesos 2 reales y un grano, y cuya suma no pueden desembolsar los actuales poseedores. Que por eso han negociado traspasarle dicho crédito a don Manuel de la Torre y Carvia, por lo que reduciendo a efecto los comparentes otorgan que le traspasan al citado don Manuel de la Torre el relacionado crédito de 414 pesos 2 reales y un grano, mismo que les tiene entregados Torre y Carvia, y los comparentes han percibido a su entera satisfacción; en cuyo concepto verifican el presente traspaso y le ceden a don Manuel de la Torre todos los derechos y acciones respecto al referido crédito.

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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0041 · Item · 1825/02/07
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Doña María del Carmen Robles de Zamora, de esta vecindad, viuda del finado don José María Gutiérrez de Zamora, otorga que vende en favor de don Mariano Rincón, actual regidor del Ayuntamiento de Xalapa, a saber una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, a medio fabricar, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle del Calvario o Amargura, a la que hace su frente hacia el oriente con 19 varas y del otro lado casa del finado Pascual Cabañas y 62 de fondo al poniente por donde linda como por el costado del sur, con el de casa y solar de los herederos de don Juan Antonio Pérez Pensado y por el costado del norte con el de casa de Félix Mellado. Cuya casa es la misma, que en el estado a medio hacer en que se halla, la hubo y compró su difunto marido de don Juan Feliciano Díaz, por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa el 7 de diciembre de 1820. Dicha casa la vende para pagar a don Joaquín Ruiz, de esta vecindad, parte de mayor cantidad que le adeudaba Zamora y le suministró a principios del año de 1823, en esta villa a la otorgante para la subsistencia de la familia, porque Zamora residía en México. Y cuya enajenación la hace libre de empeño, censo e hipoteca especial ni general que no la tiene, pues el único que reportaba era este. En virtud del cual estaba en poder de Ruiz la posesión la escritura y títulos de adquisición y aún la posesión de la finca, aunque sin uso todavía por las razones antedichas. La enajenación la hace por la cantidad de 600 pesos, que el mismo Ruiz declara haber recibido en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0082 · Item · 04/10/1820
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Don Francisco González, de esta vecindad, como Síndico del concurso formado en esta Diputación Consular, a bienes de Valentín Luna, dijo que en la junta de acreedores habida en dicho Tribunal el 12 de septiembre pasado, don José María Gutiérrez de Zamora, tiene la acción de 500 pesos que le entregó el deudor, valor de una casa, ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, cuya casa tiene hipotecada a favor de Ignacio Sánchez, vecino de Teocelo por mayor cantidad, quien le pagó dicha cantidad a Gutiérrez de Zamora, por lo que se otorga en venta a este último la mencionada casa de paredes, que hace su frente con dicho callejón y del otro lado casa de Juan Ladrón de Guevara, al norte linda con solar del presbítero José Alejandro de Campo, al oriente con solar de la viuda de Antonio Salado y al poniente son solar de Micaela Chávez; más otra casita ubicada en el mismo callejón. La venta se hace en 500 pesos la primera y de 44 pesos con 7 reales la segunda.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0081 · Item · 1823/01/10
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Don José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, dijo debe a don Victoriano Guapillo, también se este comercio y vecindad, la cantidad de 300 pesos que le suministró en varias partidas; mismos que se obliga a satisfacer, luego que se abra la comunicación con Veracruz, que se encuentra obstruida a causa de las convulsiones políticas. Por dicha deuda, hace hipoteca de una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa en el callejón que nombran del Chorro del Poblano, bajo los linderos y dimensiones contenidos en la escritura de su adquisición, misma que se obliga a no enajenar, hasta no estar pagado dicho principal. El otorgante y acreedor convinieron que este pago lo hará en el término de cuatro años, contados desde esta fecha, con el premio de 5 por ciento anual, con la misma obligación y gravamen de la finca referida.

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