Doña María Josefa Casanova, don Antonio Guzmán y don Francisco de Castro, de esta vecindad, viuda y los tres albaceas de don Domingo Aravalles, otorgan escritura de adjudicación a favor de doña María Teresa Aravalles, hija y una de las herederas del citado difunto, por la cantidad de 4 801 pesos 5 y medio real que le correspondieron por el reparto del remanente del quinto de sus bienes, como también del valor de una casita situada en el Callejón de Acazingo.
Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, curador ad bona de doña María Francisca y doña María del Carmen [Merino], hijas del finado don Francisco Merino, cuya curaduría y diligencias están agregadas en este mismo protocolo; dijo que, ante el alcalde de segunda nominación de esta ciudad, puso demanda el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del Presbítero del Francisco de Campo, que lo fue del expresado Francisco Merino, por 258 pesos y los premios corridos al 5 por ciento desde el 22 de junio de 1819, que el propio Merino se obligó a pagarle a don Fernando de Cubas, que es a quién pertenece dicho crédito. Pues el intento del Presbítero Ulloa es que se libere a la testamentaria del Presbítero Campo de la responsabilidad que éste quiso contraer como garante según se percibe al pie de la obligación que otorgó Merino y le eximan igualmente de contestaciones, respecto a que hay una finca propia del principal deudor. Y a que Cubas está corriente a entenderse con el actual representante de los bienes de Merino, siempre que se le otorgue formal escritura con hipoteca de la casa del repetido finado deudor. Y el comparente convencido de la legitimidad de la deuda y considerando el prejuicio que les resultaría a sus menores de que se entablase un juicio o se quisiera practicar algunas otras diligencias judiciales, tuvo por más benéfico a dichas menores convenir en los términos que se expresan en la copia del acta conciliatoria. Y en consecuencia de lo expuesto, don Bernabé de Elías, como curador ad bona de las citadas menores otorga que obliga los bienes del finado don Francisco Merino al pago de los relacionados 258 pesos y los premios que correspondan, desde la fecha que se menciona, por lo que verifique el pago, tan luego como se logre la venta de la casa que va a hipotecarse. Y para la mayor seguridad del adeudo hipoteca una casa de la testamentaria del finado Merino, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de Alba y cuyos linderos según la escritura de venta que le otorgaron a Merino el 26 de abril de 1810 que son los siguiente: su frente al poniente con 24 y media varas y del otro lado la boca del callejón que nombran de Tomás Campos y casas bajas de doña María Josefa Casanova dicha calle en medio; y 50 de fondo hacia el oriente por donde linda con solar que fue de Domingo Roldán, y al tiempo de la venta pertenecía a los herederos de Roque Ortiz; y por el sur con casa y solar que fue del difunto Antonio de los Reyes. Y no cumpliendo así, podrá el acreedor sacarla de terceros o más poseedores, vendarla y rematarla para reintegrarse del repetido crédito, réditos y de las costas que en la cobranza se originen.
Sans titreDon Mariano Rincón, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido del Muy Ilustre Ayuntamiento de esta villa, por mano de su regidor comisionado don Cristóbal Montes de Oca, la cantidad de 300 pesos, cuyo principal es el mismo que se redimió en 22 del presente por parte de la testamentaría de doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria que lo reconocía sobre sus casas en la calle de la Raqueta, para el aceite de la lámpara que ardía en la iglesia que fue de este hospital. Y se obliga a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular en el término de cinco años, satisfaciendo al Ayuntamiento o a quien administre el hospital, el premio de 5 por ciento en cada año.
Sans titreDoña María Josefa Casanova, de esta vecindad, ha recibido de don [José] Miguel Rodríguez Rojo, albacea de su difunto padre don Andrés Rodríguez Rojo, por mano de su apoderado don José María de Bausa, la cantidad de 50 pesos, suma que por cláusula del testamento del citado difunto, deben imponerse en finca segura para que de sus réditos y los de otras personas particulares que se sumen al mismo fin, se destinen en la construcción de un hospital para mujeres pobres en esta Villa, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por término de 5 años y el pago de 5% de réditos anuales, que se han de entregar al Diputado que del Ilustre Ayuntamiento fuere nombrado protector de hospitales. Y para más seguridad del principal, hipoteca una casa ubicada en el confín de la Calle de Alba, haciendo esquina con el Callejón de los Luises de esta Villa.
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda del finado don Domingo Aravalles, tutora y curadora ad bona de doña María Guadalupe Aravalles, hija única, otorga poder especial a don Cristóbal Álvarez, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación del mencionado encargo de tutora de su hija, perciba y cobre del Real Tribunal del Consulado de dicha ciudad, la cantidad de 3 000 pesos y réditos que le adeudan desde el año pasado de 1812, de cuyo capital y premio le otorgaron carta de obligación y reconocimiento el mismo tribunal, en aquella ciudad el 29 de diciembre de 1809, por ante el escribano don José Ramón de Betancurt, cuya obligación fue por el término de cinco años, ya vencidos con exceso, y para el seguro de la deuda hipotecaron en ella los arbitrios de avería y peaje que les están concedidos a dicho consulado, pues este capital se invirtió en la obra del camino carretero de Veracruz a Perote.
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, de estado viuda, vende a favor de Joaquín Martínez, también de esta vecindad, una casa de edificio bajo, situada en el confín de la Calle de Alba, que baja para la Alameda conocida antes por la de Luis de la Flor, compuesta de 14 y cuarta varas de frente hacia el oriente, dicha Calle en medio, y del otro lado casa de don Francisco Merino; y 32 y 3 cuartas varas de fondo hacia el poniente, por donde linda con el de la casa de Juana [Francisca] Vanegas, viuda de Juan Bermon. Por el costado del norte linda con el callejón cerrado últimamente que atravesaba a la Callejuela de los Luises y por el costado del sur linda con el de otra baja de las que tiene contiguas la vendedora. La vende en precio de 810 pesos, cuya casa posee un gravamen de 50 pesos a favor del Hospital de Mujeres de esta Villa, a premio de 5% anual.
El Bachiller don Domingo Aravalles, Médico Cirujano, vecino de este pueblo, vende a doña María Josefa Casanova, viuda, una casita de edificio bajo con su solar más dos pedazos de solares contiguos, con 29 varas de frente y 66 de fondo, ubicado en la calle que baja a la Alameda, saliendo de la que llaman de Alba, al sur linda con casa de María Josefa Rodríguez Castro, hace esquina con callejón que llaman Lucifer. La venta la hace en 310 pesos que le ha dado y pagado.
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda de don Domingo Aravalles, su primer albacea, y tutora curadora ad bona de la única menor heredera, otorga que da en arredramiento a don Manuel Cruz, de esta vecindad, una casa de paredes, cubierta de madera y teja, cercada con el solar que le corresponde, de paredes de lodo repellada, situada en la cumbre de la cuesta que sube desde el puente que nombran de lagos hacia el camino Real de México, la cual quedó por bienes del mencionado difunto y se adjudicó en cuenta del haber de su hija doña María Guadalupe Aravalles. El arrendamiento lo hace por el término de 5 años, en 6 pesos mensuales.\r\n\r\n
Don Juan José Garibay, de esta vecindad, otorga poder especial a don Matías Martínez de Espinosa, para que en su representación proceda al otorgamiento de la escritura de venta de una casa a don Francisco Merino, ubicada en la Calle de Alba, de cal y piedra y edificio bajo, linda al frente con casa de doña María Josefa Casanova, por precio de 3 000 pesos, 1 000 de ellos los ha recibido, otros 1 000 los entregará en el término de un año y los último 1 000 pesos al vencimiento de otro año.
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda de don Domingo Arabaes, tutora y curadora de su menor hija, otorga poder general a don Juan Bautista de Campo, Oficial primero Interventor de la Real Renta de Correos, para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona lo que le estuvieren debiendo al día de hoy.