Don Francisco Fernández y Agudo y don Juan Nogueira, ambos de esta vecindad, otorga que se constituyen fiadores y principales pagadores por don Manuel Tavera, en razón del manejo que se le ha confiado con respeto a la recaudación del peaje en la ciudad de Veracruz, garita nombrada de México, obligándose los comparentes a que en el evento de padecer Tavera algún quebranto en ese manejo, satisfarán lo que fuere hasta en cantidad de 1 000 pesos cada uno.
Sans titreDon Francisco Badillo, hacendado en este cantón de Xalapa, albacea de su finado tío don Mateo Badillo, dijo que los representantes del finado don José Antonio Tavera le han cedido la casa que fue de este último, ubicada en la calle de San Francisco de Paula, en pago de una deuda. Y no siéndole conveniente a su testamentario conservar dicho fundo, otorga que la vende a doña Seferina del Prado de Tavera, esposa de don Manuel Tavera en precio de 1 000 pesos.
Sans titreDoña María del Carmen Tavera y su hermano don Manuel [Tavera], residentes en este suelo, otorgan poder al licenciado don Ramón María Terán, para que a nombre del comparente demande y cobre cuantas cantidades de pesos y bienes les deban o debieren; asimismo poder general para que los defienda en todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene o en lo sucesivo se les ofreciere.
Sans titreDoña Matiana Guevara, mayor de edad, libre de ajena administración y de esta vecindad, otorga poder especial a su sobrino don Joaquín Guevara, Diputado actual en el Congreso de este Estado, residente en Veracruz, para que en su representación, demande a don Manuel Tavera, vecino en la ciudad de Veracruz, el cumplimiento de la sentencia que los árbitros don José Manuel Moreno y don Joaquín Fernández del Campo pronunciaron en esta ciudad de Xalapa el 28 de marzo de 1827, en los autos seguidos por la relacionante contra dicho Tavera, en el juzgado de tercera nominación de esta misma ciudad. Cuyo laudo se declaró pasado en autoridad de cosa juzgada por auto de 19 de mayo del propio año, previo dictamen del asesor, como consta de los de la materia. Y en consecuencia haya, perciba, demande y cobre, dicho apoderado, del denunciante Tavera el importe de su adeudo y de todo lo que cobre otorgue los recibos correspondientes. Y si fuere preciso comparecer en juicio, ocurra desde luego, a los tribunales superiores o inferiores que importe.
Sans titreDon Manuel Tavera, residente en esta Villa, otorga poder general a su hermano el Presbítero don José María Tavera, de esta vecindad, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban. Y para que en razón de dichas cobranzas siga cualquier litigio, juicio y artículo.
Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo, Alférez Real del Ilustre Ayuntamiento de esta Villa de Xalapa, y don José Manuel Posadas, labrador en su Jurisdicción, otorgan que se constituyen fiadores carceleros comentarienses de don Manuel Tavera, cuya persona se les entrega en fiado a instancia suya, para pasar a Tehuacán, donde ha sido el lugar de su vecindad, en busca de su subsistencia, obligándose a presentarlo en la Puebla de los Ángeles y en esta Villa, siempre que se les ordene y sea necesaria su persona.
Don Domingo Franceschy, de esta vecindad, dijo que en el Juzgado del Alcalde Ordinario se está formando sumaria sobre acontecimientos que acaecieron en casa de don Manuel Tavera, a causa de haber ido el Señor Juez a estorbar un juego que había en la casa de éste la noche del 13 de agosto, y en cuya sumaria a solicitud de dicho Tavera se ha accedido a su excarcelación bajo fianza, por lo que a través de la presente el otorgante señala que se constituye fiador de dicho Tavera.
Don Manuel Tavera y don Manuel Patiño, de esta vecindad, dijeron que a espaldas del primer lavadero del aguaje público de Techacapa hay un nacimiento de agua separado de la principal toma, de que se proveen aquellas fuentes públicas al que llamaban del Nescomel, y por disposición del Ayuntamiento de esta ciudad fue recogido en una caja para conducir el agua por cañería al cuartel que se nombra del Vecindario, y como ésta debió pasar por la casa del finado don José Antonio Tavera, padre del primero, le concedieron una pequeña parte de dicha agua para el servicio de la casa, de la cual ha estado en posesión hace muchos años. Posteriormente, se le permitió a don Manuel Patiño, por el mismo ilustre cuerpo, que de la caja repartidora situada en el callejón de la Acequia tomase otra parte de agua, que condujo por cañería a la casa que en dicha calle posee por suya y tiene en corriente hasta la fecha, pero como continuamente sufre la cañería principal de descomposiciones, ya por el paso de los carruajes, ya por otros accidentes. Por lo antes mencionado, han convenido los comparentes en satisfacer por mitad los costos que demande el reparo de la cañería hasta la mencionada caja, siendo condición expresa, que si uno u otra enajenase su finca ha de ser precisamente con expresa declaración de este compromiso y con obligación el comprador de cumplirlo exactamente.
Sans titreDon Antonio José Peredo, de este comercio y vecindad, dijo que a don Benigno Farfán de los Godos, vecino de la Vanderilla [Banderilla], de estas inmediaciones, se le ha conferido por el Supremo Gobierno de la Federación el destino de recaudador de peaje nacional que obtuvo don Manuel Tavera, en esta villa, en la garita que nombran de México y restando solamente la fianza de 1 000 pesos que se le exige por esta comisaria general, deseándo el compareciente hacerle este servicio, otorga que se constituye fiador y principal pagador por el mencionado colector del peaje, don Benigno Farfán de los Godos, de tal manera que este cumplirá bien y fielmente con las obligaciones de su ministerio, hasta por la cantidad de 1 000 pesos.
Sans titreEl Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, dijo que Francisco Figueiras, de esta misma vecindad, otorgó el 23 de febrero de este presente año, un poder a favor del otorgante para que siguiese y finalizase el expediente promovido sobre aprehensión de 120 camisas de Cambray bordadas y 5 cajas de oro; cuyos autos se hayan en el Tribunal Superior de Justicia de este Estado, por apelación que interpuso don Juan Villalba y socios, interesados en dicho negocio, existiendo en los propios autos la copia del referido poder, que tiene todas las facultades precisas para el desempeño de ese negocio y entre ellas la de poder sustituir, y usando de dicha facultad el Licenciado don Ramón María Terán otorga que sustituye en la persona de don Manuel Tavera, en los mismos términos que lo haría el comparente.
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