El señor don José María Bonilla y Flores, actual Alcalde de tercera nominación en esta ciudad, apoderado legítimo de don Pablo Beti, albacea del finado señor Prebendado don José Joaquín de la Pedreguera, el cual poder fue otorgado en la ciudad de México; que en uso de las facultades que le están conferidas por dicho poder y en atención a que por virtud de aquel intervino el comparente en la toma y liquidación de cuentas al señor Presbítero don José Vicente de Espino y a su sobrino don José María, por lo respectivo a la administración de la hacienda Orduña que fue al cargo de ambos desde el 3 de enero de 1830 hasta el 21 de mayo de 1831 que la entregaron. Habiendo resultado contra los expresados señores Espino un alcance de 1 007 pesos y 6 reales, los cuales están cubiertos según una hoja de papel común, y estando como está terminado ese negocio con la purificación de las cuentas y con la aquiescencia del señor Beti, es llegado el caso de ministrarles a los expresados señores Espinos el resguardo que solicitan. Y reduciéndolo a efecto, el nominado señor don José María Bonilla y Flores por voz y nombre de don Pablo Beti, confiesa y declara solemnemente que los repetidos señores Presbítero don José Vicente de Espino y don José María su sobrino quedan libres absolutamente de todo reclamo y responsabilidad respecto a dicha administración de la hacienda Orduña que tuvieron a su cargo; sobre todo lo cual renuncia el otorgante a nombre del señor Beti poder de decir o alegar lo contrario ahora ni en tiempo alguno.
Sans titreDon Francisco Bustillos, de esta vecindad y comercio, otorga que recibió lo siguiente: del presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura del Pueblo de Coatepec, una escritura de obligación de 2 000 pesos; del capitán don José de Arias [y Torija], 669 pesos; de don Francisco de Castro, como representante o comisionado de don José Miguel de Iriarte, 2 500; de don Juan Mata, según obligación que le otorgó, 1 400 pesos; de don Cristóbal Pastrana, vecino de Veracruz, 681 pesos y 6 reales; de don José Francisco Vázquez, vecino de Puebla, según la cuenta, 500 pesos; de don Jaime Tutsol, una fianza de 2 000 pesos. Las siete partidas ascienden a 9 760 pesos y 6 reales, y con acuerdo de sus acreedores, se obliga a pagar por el término de 6 años.
Don Manuel Allén, de este comercio y vecindad, se constituye fiador y principal pagador por el Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, quien ha sido destinado para tomar colación del curato de esta Villa de Xalapa, de la cantidad que importe en cada bienio el expendio que haga en su feligresía de las bulas de la Santa Cruzada y las de indulto para comer carnes saludables en los días cuadragesimales que estás señalan.
Don Idelfonso de la Maza, de esta vecindad, marido y conjunta persona de María Teresa de la Pedreguera y Baizabal, otorga que recibió de don José María de Bausa, de este comercio y vecindad, por cuenta y orden del Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura del Pueblo de Coatepec, como albacea del difunto don Fernando Mirones de la Pedreguera, la cantidad de 647 pesos 5/2 reales, resto del legado secreto que dicho difunto dejó a beneficio de la citada su consorte.
El presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura propietario del pueblo de Coatepec, residente en esta Villa, otorga poder general a don Juan Antonio Bárcena, de este comercio y vecindad, para que pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos y bienes materiales que le deban, así para que lo represente y defienda en todos sus pleitos causa y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.
El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura Propietario, Vicario Foráneo, y Juez Eclesiástico de esta Villa de Xalapa, otorga poder general a su hermano el señor don Manuel de la Pedreguera, Caballero de la orden de Alcántara, Marqués de Herrera, vecino de la Real Villa y Corte de Madrid, para que a nombre de él comparezca ante la piedad del Señor Augusto Soberano, el Señor don Fernando VII, en su Real Consejo de Indias, o en cualquier otro Tribunal que convenga, y con manifestación que haga de sus méritos, pida se digne concederle las gracias y mercedes que a su piedad tenga a bien conferirle; a cuyo efecto haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.
Don Manuel de Goiri, vecino y del comercio de esta Villa, ha recibido de don José Antonio de la Peña, de esta vecindad y comercio, de cuenta de don José Simón de la Portilla Cabello, residente en México, 300 pesos mitad de 600 pesos que le debía la casa de don José Antonio de la Pedreguera por harina y azúcares que suministró el otorgante a dicha casa en tiempo que tuvo a su cargo la tienda mestiza el Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, sobre cuyo adeudo había litis por los motivos que el dicho don José Simón y el otorgante expusieron ante don Miguel de Arieta, Diputado del Real Tribunal del Consulado de Veracruz.\t
El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, otorga poder especial al Presbítero don Mateo López Gamboa para que en su nombre pueda aceptar el curato de esta Villa de Xalapa, a que se ha promovido en el presente concurso, y comparezca a tomar colación de él.
El Bachiller don José Joaquín de la Pedreguera, Cura Propietario y Juez Eclesiástico de esta Villa de Xalapa, y don Rafael Velad, Mayordomo de la Cofradía del Santísimo Sacramento de esta Parroquia, otorgan poder especial a don Pedro Blanco, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre de ellos, perciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de los Señores Ministros de la Real Hacienda de la enunciada ciudad, la cantidad de pesos que adeudan a este curato y a la cofradía, en razón de los réditos devengados de los capitales que entraron en la Real Caja de Consolidación.
Don Pedro López Herrera Gómez, natural del Reino de Sevilla, de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda, en Andalucía Baja, hijo legítimo de don Juan López de Herrera y de doña María Carrasco y Gómez, difuntos, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Micaela de Aguilar, con quien procreó a doña María del Rosario López, casada con don Joaquín Delgado Fernández, Capitán de Fragata de la Real Armada; a doña María Dolores López, casada con don Antonio Fernández de Landa, Capitán de Navío de la Real Armada; y doña María del Carmen López, casada con don Fernando Roco, Jefe de Escuadra de la Real Armada, quienes fallecieron junto con una hija que tuvieron. Declara por bienes una hacienda nombrada La Quinta; ocho aranzadas de tierra superior de plan labrar en el partido que llaman Cabeza de Vaca; el ingenio de San Pedro Buenavista, alias La Orduña, habilitado con más de 43 suertes de caña y ganado. Nombra como albaceas al Licenciado don José Joaquín de la Pedreguera, cura párroco de la doctrina de San Gerónimo Coatepec, a su esposa doña Micaela de Aguilar, ausente en los Reinos de Castilla; a don Francisco Lerdo de Tejada, del comercio de Cádiz; a don Antonio Matías Rebolledo, vecino de Coatepec; y a su nieto don Antonio Fernández de Landa, Alférez de la Fragata de la Real Armada. Nombra como administrador de la hacienda a don José María Gorrón y Contreras, vecino de Coatepec, y como herederas nombra a sus dos hijas.