Francisco de Orduña, residente en su ingenio nombrado San Pedro, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a su hijo Don Francisco de Orduña Loyando, y al regidor Juan de la Calleja, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, a los dos juntos y a cada uno de por sí in solidum, para que en su nombre y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, pipas de vino, cargas de cacao, mercaderías, u otro cualquier género de géneros; y una vez vendidos, y hecho barata y salida de todo ello, queden horros de todas costas y daños, 6 000 pesos de oro común de los cuales han de hacer, según les tiene comunicado.
Francisco de Cárdenas, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido al regidor Juan de la Calleja, su hermano, vecino de la nueva Veracruz, ausente, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otro cualesquier bienes que le fueren debidos, y de lo que recibiere, pueda dar cartas de pago finiquito y lasto que convengan.
Diego del Villar y Melchora de Rivas su legitima mujer, vecinos de Jalapa, venden a Juan de la Calleja, vecino de La Antigua Veracruz, una esclava nombrada María , de nación Angola, en el precio de 200 pesos de oro común.
Diego del Moral, hijo legítimo de Gaspar González del Moral y de María de las Nieves, vecinos de la ciudad de Los Ángeles, con poder de su madre, vende a Juan del Moral, vecino de Jalapa, 300 reses vacunas, toros, novillos y becerros cimarrones, y 100 yeguas cimarronas de edad que se hallaren, en la estancia de Buenavista, en los llanos de Almería; dicho ganado será entregado en la estancia de Juan de la Calleja que está una jornada de la Buenavista, por el precio de un peso y cuatro tomines de oro común por cada unos de los 400 animales.
Juan de la Calleja, vecino de Jalapa, dueño de sus estancias de Buenavista, en la jurisdicción de Misantla, y Eugenio Jiménez, maestro de albañilería, vecino de Jalapa, se concertaron en esta manera: el dicho Eugenio Jiménez se comprometió a construir una casa de madera de 28 varas de largo y 10 de ancho al citado Juan de la Calleja, en la estancia de Buenavista; de piedra y barro, entre horcón y horcón, con sus puertas y ventanas, para lo cual, de la Calleja le ha de dar los bueyes y carretas para llevar los materiales y 600 pesos de oro común.
El dicho Alcalde Mayor, hizo pregonar las carnicerías y abasto de este pueblo, a son de trompeta por voz de Juan Feliciano; y en este día, pareció Don Juan Lorenzo Velázquez, mercader, vecino de Jalapa, en nombre de Don Juan de la Calleja, criador de ganado mayor, e hizo postura de 7 libras de carne de toro o novillo por un real, y 2 libras de carnero por un real.
El dicho Alcalde Mayor, habiendo hecho tocar una trompeta por voz de Juan Feliciano, diciendo quién quiere hacer postura a las carnicerías de este pueblo, y pareció Don Juan Lorenzo Velázquez, mercader de Jalapa, y con poder de Don Juan de la Calleja, hizo en su nombre postura de dar 7 libras de carne de toro o de novillo por un real, y 2 libras de carnero por un real.
Don Juan Lorenzo Velázquez, vecino y mercader de Jalapa, en nombre y con poder de Don Juan de la Calleja, criador de ganado mayor, hizo postura de dar 7 libras de carne de toro o novillo por un real y 2 libras de carnero por un real, con todas las condiciones acostumbradas, fianzas y demás obligaciones de carnicerías, menos de la de repeso, que esa ha de ser a costa de los vecinos o de quien la pidiere; por todo ello, solicitó se le admita su postura.
Juan de la Calleja, vecino de la ciudad de Los Ángeles, residente al presente en este pueblo, habiendo nombrado a Juan de Argaiz, vecino de Los Ángeles, mayordomo de las haciendas de ganado menor de los herederos del Mariscal de Castilla, Don Tristán de Luna y Arellano, que tiene en arrendamiento Bernabé Bravo, vecino de la jurisdicción de Tepeaca; el otorgante, se obligó a dar cuenta con pago por el dicho Juan de Argaiz, administrador de las citadas haciendas de ganado menor.
Juan Bautista Marín, como principal deudor, y Miguel de Aviñón, como su fiador, residentes en el ingenio de Almolonga, de esta jurisdicción, se obligaron a pagar a Juan de la Calleja y a Rodrigo Hernández, su hermano, 235 pesos de oro común que restan de 335 pesos precio de 30 novillos a 9 pesos y medio cada uno y 10 toros a 5 pesos cada uno, para fin del mes de octubre del presente año, todos juntos en una paga.