Nicolás y José María Aguilera, y sus hermanas Mariana y Juliana, los tres primeros libres de ajena administración y mayores de edad, y la última casada con el ciudadano Francisco Borja Lotina, vecinos todos de esta ciudad, dijeron que por fallecimiento de sus padres quedó una casita de rajas con cubierta de madera y teja, ubicada en esta misma ciudad a la calle que se nombra de Cantarrana, y el sitio en que está formada, el cual tiene 11 y tres cuartas varas de frente que lo hace al sur, y 44 y una tercia varas de fondo al norte por cuyo rumbo linde con solar del ciudadano Francisco Santa María, por oriente con casa del ciudadano Juan Benítez, y por poniente con casa del ciudadano José Francisco Rivera. Que el expresado sitio y casita se le ofreció en venta al nominado ciudadano Juan Benítez por el referido Nicolás Aguilera y por la madre, siempre que al vencimiento de un año que comenzó a correr en 15 de mayo de 1833 no le hubiese podido satisfacer Aguilera a Benítez lo que pactaron ministrase para alimentos y entierro de la madre, debiendo verificarse la venta en 155 pesos, según consta del documento que formalizaron en la expresada fecha. Que habiendo cumplido Benítez con los suministros y vencido el año sin podérsele satisfacer, es llegado el caso de realizar la venta; que a más de los comparentes hay otros dos hermanos que lo son José Mariano [Aguilera] ausente y María Liberata [Aguilera] demente; y que en razón a no quedar casi ningún resto del precio de la casa pues todo se invirtió en los alimentos y entierros de la madre, omiten toda gestión relativa al poder que pudiera otorgar José Mariano y al nombramiento de curador de María Liberata, pues carecen de recursos para hacer esos gastos y que por otra parte no son necesarios en razón de que casi no se hace otra cosa que realizar o ratificar la venta que propalo la relacionada madre de los comparentes, y de que como queda dicho se invirtió en ella misma la ministrada por Benítez; que de consiguiente no restando otra cosa más que la extensión de la escritura, otorgan que desde ahora para siempre le venden realmente al prenotado Juan Benítez el sitio que queda deslindado y la casita de rajas en precio de 155 pesos que tiene ya entregado el comprador.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOJosé Ricardo González, de esta vecindad, otorga que vende a favor de don Mariano Cadena, de esta vecindad, un pedazo de solar con unas paredes comenzadas y un pozo, situado en la calle que atraviesa de San Cristóbal a la del Molino, que nombran de Cagigas, con 23 varas de frente que lo hace a la banda del sur y del otro lado solar de don José Cabañas, y 43 de fondo por donde linda con solar del regidor don Francisco Santa María, y por el Poniente con otro de don Domingo Aravalles. La venta la hace por 225 pesos.
Petrona y Ana María Méndez, viudas, y Cristóbal Méndez, vecinos de esta Villa de Xalapa, dijeron que heredaron de su difunta madre María Martín Blanco, una casa de piedra y lodo con el solar que tiene de frente 33 varas, y lo hace al poniente con calle que de la gradas del Convento de San Francisco baja al molino de don Francisco Maniau y Ortega, y del otro lado solar de la casa del mismo, al norte linda con calle que atraviesa de la pila de San Cristóbal a la del molino y del otro lado casa de Pablo Viveros, por el oriente que es el fondo linda con solar que fue de los Castillos y hoy es de Francisco Santa María, al costado del sur linda con solar de los herederos de Joaquín Viveros, propiedad que otorgan venden al Maestro Cirujano Domingo Aravalles, al precio de 200 pesos que tiene recibidos.
Don Juan Antonio de Espinosa, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que por muerte de doña Ángela Francisca del Pino quedaron como herederos 5 de sus nietos, y de sus bienes hicieron inventario sus albaceas don Manuel de Boza, difunto, y don Juan de Bárcena, vivo, y por causa de que la mayoría de los herederos son menores de edad, don Juan Antonio de Espinosa otorga que ha recibido de don Juan de Bárcena, como albacea, 503 pesos 4 reales en calidad de depósito irregular pertenecientes a doña Rafaela Josefa y doña Manuela Josefa Salvo, herederas de la difunta, obligándose a tener dicha cantidad hasta que las dos menores se hallen habilitadas. Como seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la calle Real, que hace esquina con las de don Nicolás Manuel Fernández,don Francisco Santa María y don Juan de Estrada.
Don Mariano Cadena, de esta vecindad, se obliga a pagar a la testamentaria pro indivisa de don José de Arias y Torija, a la viuda y albacea doña María Josefa Fernández de Ulloa, a sus hijos, herederos o a quien por ellos fuere parte legitima, la cantidad de 1 587 pesos 3 reales que se da por entregado, cantidad que pagará en esta ciudad dentro de un año y medio, a partir de hoy en adelante. Para lo cual, hipoteca una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja que el otorgante construyó en un pedazo de solar eriazo, situado en esta ciudad, en la calle que atraviesa de la de San Cristóbal para la del molino que nombran de Cagigas, con 23 varas de frente, que lo hace a la banda del sur, dicha calle en medio, y 43 de fondo, lindando hacia el norte con solar del Regidor don Francisco Santa María, por el oriente con solar de doña María Carolina, por el poniente con el de don Domingo Aravalles, y por el sur con el de don José Francisco Cabañas, cuyo solar compró el otorgante de Ricardo González por escritura de 25 de agosto de 1809.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Teniente de Milicias don Isidro Posadas, vecino de esta Villa, vende a don Manuel Pacheco, de esta misma vecindad, una casa de paredes cubierta de madera y teja, con 18 varas de frente hacia el oriente, por donde linda con el Callejón de San Antonio de esta Villa y del otro lado casas que fueron de don Bartolomé Salvo, por el norte con solar que de dicha casa le queda al vendedor, por el sur linda con casa de don Juan de los Reyes y de don Francisco Santa María, por el fondo, con igual número de varas que el frente, al oriente linda con la pared que divide este sitio con el que quedó por bienes de don Bartolomé Salvo. La vende en 800 pesos.
Don Manuel de Goiri, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que como Hermano Mayor actual que es de la Tercera Orden de Penitencia del Convento de N. S. Padre Señor San Francisco de esta Villa, en quien reside el patronato de obras pías de dicho convento, otorga que ha recibido el día de hoy del Regidor don Francisco Santa María, de esta vecindad, en calidad de albacea dativo del difunto don Gregorio Ochoa de Amézaga, 500 pesos correspondientes al principal de una memoria de misas cantadas que fundó don Francisco González de Ortega y que el difunto don Gregorio Ochoa de Amézaga, se obligó a reconocer sobre dos casas, por escrituras de 5 y 8 de mayo de 1798, las cuales da por canceladas el dicho don Manuel de Goiri.
Juan Sánchez, de esta vecindad, otorga que vende realmente al ciudadano Juan Benítez, una casita ubicada en esta propia villa a la calle que llaman del Molino o Cantarranas, en sitio que también es de su propiedad, con 11 varas de frente hacia el sur con sitio y solar de las Terrazas dicha calle en medio, lindando por el oriente con solar que fue del difunto Pascual de Ledezma; por el norte con solar de Francisco Santa María y por el poniente con casita y solar que fue de María Carolina y hoy es de Francisca Barradas. La vende en precio de 153 pesos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Antonio Meneses, Vicente Mendoza, Juan Salazar, Juan de Santiago, Apolinario Mendoza, Francisco Santa María, Juan Antonio Ortiz, Francisco Mendoza, Santiago Velasco, Dionisio Ortiz, Ignacio de Ortega y Juan Antonio Carreto, los primeros indios ladinos y los últimos españoles, descendientes del cacique don Juan Mendoza, vecinos del pueblo de Tlacolula, otorgan poder general a don Cristóbal de Ortega, español y vecino de Tlacolula, para que en sus nombres los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Juan Gómez de Estrada vecino y del comercio de Jalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Ignacio de Herrasti, de la misma vecindad y comercio, 1, 500 pesos en calidad de depósito irregular por tiempo de 5 años, con el 5 % de réditos en cada año, y para el seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la esquina de la calle Real y callejón de la casa de la Tercera Orden, al oriente linda con casa de la testamentaria de don Ignacio Javier de Urrutia, al poniente con dicho callejón y casa del otro lado de don Francisco Santa María, y por al sur con casa de la Tercera Orden.