Doña María, doña Josefa, doña Antonia y doña María Anna Díaz Mier, junto con doña Anna María Durán y Mier, vecinas de Jalapa, doncellas mayores de 25 años, hijas, nietas y herederas de don Domingo Díaz Mier, otorgan poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de la Puebla, para que en unión de don Juan Bernardo Díaz Mier, hermano y coheredero de las otorgantes, haga una escritura de imposición de censo por la cantidad de 10, 000 pesos, cantidad que han de recibir de don Carlos Suárez, Presbítero del Obispado de Puebla y se cargará a las fincas de las otorgantes a favor del Beaterio de este pueblo.
Doña María Díaz Mier, doña Josefa Díaz Mier y doña Antonia Díaz Mier, doncellas mayores de 25 años, y su hermana doña Mariana Díaz Mier, ausente en la ciudad de la Puebla, herederas de su difunto padre don Domingo Díaz Mier, otorgan poder general al Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Presbítero domiciliario del Obispado de la Puebla, hermano de las declarantes, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y esclavos que le deban y las defienda en sus demandas de carácter civil, criminal, ordinarias y ejecutivas.
El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, doña Josefa, doña Antonia, doña María y doña Mariana Díaz Mier, hermanos, hijos legítimos y albaceas testamentarios de su difunto padre, don Domingo Díaz Mier, vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don José Mariano Palomino Rendón, Procurador de la Curia Eclesiástica en la Episcopal de la Ciudad de la Puebla, para que en nombre de los declarantes imponga la cantidad de 3, 000 pesos de gravamen a la estancia de ganado mayor nombrada el Coyole, la cual linda con la hacienda del Lencero, cobrando un rédito de 5 %.