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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0140 · Pièce · 1821/08/25
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco González, natural, vecino de esta villa y de su comercio, hijo natural de doña María Nicolasa Mendieta, difunta, otorga su testamento en la forma que va declarada: Ordena que, de sus bienes se saque la cantidad de 600 pesos y se entreguen al mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora del Carmen para que los imponga a réditos a finca segura y con el premio se celebren anualmente treinta misas, veinticuatro por intercesión de su alma y las seis misas restantes por la de su madre. Ordena que a los dos ñiños expósitos en su casa, José María Cornelio de cinco años y María Guadalupe de cuatro, les hace donación o legado en forma de la cantidad de 500 pesos a cada uno para sus alimentos y educación, cuyas cantidades percibirá y cuidará su albacea, cuidando de su justa inversión, pues para ello la nombra su tutora y curadora. Encarga que a su prima, Joaquina González, se le den de sus bienes 40 pesos, de que le hace legado en forma. Declara que por el mes de agosto de 1814 contrajo matrimonio con doña María Gertrudis Rodríguez, siendo de estado doncella, en cuyo matrimonio ninguno trajo caudal y no han procreado hijos. Declara por bienes una tienda que tiene en esta villa, en la casa de don José Castañeda, que hace frente a la casa del mercado. Encarga que, de sus dependencias, se satisfaga lo pasivo y recaude lo activo, para que aumente a la masa de sus bienes, los que se dividirán en dos partes iguales, por pertenecerle a su esposa una de ellas como bienes gananciales del matrimonio. Nombra por albacea fide y comisionario y tenedor de bienes a su esposa doña María Gertrudis Rodríguez. Y del remanente que quedare en atención a no tener heredero forzoso, es su voluntad que su albacea la entregue al mayordomo de la referida cofradía de Nuestra Señora del Carmen, para que también se impongan a réditos en finca segura y lo que produzca se invierta en misas. Al firmar el otorgante dispuso que del sobrante de sus bienes que debe entregarse al mayordomo de la cofradía del Carmen, se saquen 100 pesos y se entregue al Ilustre Ayuntamiento de esta villa, como patrono del Hospital de Mujeres, para que se inviertan en beneficio de las enfermas. También, expresó que habiendo reflexionado que los niños que tiene en su casa quedarían sin ningún recurso luego que fuese invertida toda la cantidad que a cada uno le donó y en razón que los considera como sus propios hijos, es su voluntad que los 1 000 pesos se impongan a réditos empleando sus frutos en beneficio de los menores y se les entregarán sus 500 pesos cuando tomen estado o tengan la edad, señalada por la ley para percibirlos. Finalmente, en caso de situaciones que menciona en el acta y si falleciere su esposa o pasare a segundas nupcias, nombra por tutor y curador de los menores a don José María Becerra, de este comercio y vecindad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0110 · Pièce · 1823/05/28
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

José María González y Campoverde, de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de Juliana Chávez de esta vecindad, una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que baja para los Berros a la vuelta de la de San Miguel a la que hace su frente hacia el sur; y del otro lado con casas que fueron del difunto maestro de albañil Juan Manuel Rodríguez y por su fondo al norte que se compone de 20 varas linda con terreno de los herederos de Ignacia Molina y hoy de los de José Rivera; por el costado del oriente linda, con casa y terreno de don Diego Morales y hoy de don José Fernández de Castañeda; y por el poniente con casa de los herederos de don Domingo Franceschi. Cuya deslindada finca la hubo por fin y muerte su padre José María González y Martínez, quién la hubo y compró de doña María Gertrudis Rodríguez por escritura que le otorgó a su favor en esta villa a 15 de enero de 1800; y la que ahora, la vende en la cantidad de 260 pesos libres de todo gasto, en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0146 · Pièce · 1832/11/13
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco González, viudo que fue y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez de esta vecindad y comercio, dijo que sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, le confirieron poder y en uso de las facultades y las que le concedió su difunta esposa en su testamento, ha consentido en escriturar el contrato de venta que su padre político don Juan Manuel Rodríguez celebró con Florencio Zacarías, del solar que se hará mención adelante y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó, restando solo el otorgamiento de esta escritura. Por tanto, a nombre de sus poderdantes, otorga que vende realmente a Florencio Zacarías, un solar eriazo compuesto de 34 varas de frente y 20 de fondo, siendo sus linderos por un lado un caño que baja de Xallitic y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre, todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont, por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad, el 27 de abril de 1829. Cuya venta la hace por la cantidad de 102 pesos que pagó el comprador al citado Juan Manuel Rodríguez.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0147 · Pièce · 1832/11/13
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco González, de esta vecindad y comercio, viudo y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez, dijo que como apoderado de sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, en uso de dicho poder y de las facultades conferidas por su difunta esposa en su testamento; ha consentido escriturar el contrato de venta que su padre político celebró con doña Ana Josefa Márquez, del solar que adelante se expresa y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó; por lo cual, otorga que vende realmente a doña Ana Josefa Márquez, un solar eriazo, compuesto de 12 varas de frente y 50 de fondo, siendo sus linderos por un lado con solar del ciudadano José Rufino Rojas y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre; todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante, como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad a 27 de abril de 1829. La venta la hace por la cantidad de 48 pesos que pagó a su citado padre político.

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MX UV.USBIX ANX-P-0050-PX_0050_0226 · Pièce · 27/10/1778
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Gertrudis Rodríguez, natural de Tlacotalpan y vecina del Castillo de San Juan de Ulúa y de la Antigua Veracruz, residente en Jalapa, hija legítima de José Rodríguez y Felipa Fernández, difuntos, casada en primeras nupcias con don Juan Bautista Migoni, y en segundas nupcias con don José Alcalá, difunto, otorga poder para testar a don Esteban Gutiérrez de Olea, asimismo lo nombra albacea testamentario y como heredera universal nombra a Ángela Josefa Alcalá, de 11 años de edad, su hija legítima del segundo matrimonio.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0155 · Pièce · 1832/11/27
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Merced Rodríguez, don José Francisco Rodríguez y don Francisco González, mayores de edad, el segundo soltero y la primera casada con dicho don Francisco González, albacea y esposo en primeras nupcias de la difunta doña María Gertrudis Rodríguez, hermana de las expresados doña María Merced y don José Francisco Rodríguez, vecinos de esta vecindad; dijeron que, en observancia de los dispuesto en la ley 10 Título 4º libro 5º de las recopilaciones de Castilla y en la pragmática fecha en el Pardo a 2 de febrero de 1766, publicada en 6 del mismo, procedieron a la descripción, valuación y división extrajudicial de los bienes de sus padres difuntos don Juan Manuel Rodríguez y doña María Mauricia Rodríguez, como consta de una memoria confidencial que formaron unánimemente. Y conformándose con cuanto acordaron en dicha memoria, asegurando que han cumplido con todo lo que ordena la pragmática antes citada, pues a los expresados sus señores padres hicieron todos los honores funerarios sufragios, misas y demás que en ella exige; por la presente otorgan que adjudican al mismo don José Francisco Rodríguez, lo siguiente: Una casa baja de pared, cubierta de teja, situada en esta ciudad en la calle de la Raqueta, con su frente al poniente, por donde cierra la calle llamada Nueva; y linda por el oriente con el callejón llamado de la Capitana, con el caño de Xallitic, calle en medio por el norte; y con casa de los herederos del difunto don Juan Francisco Cardeña por el sur. Y un solar eriazo, situado en la cumbre de la calle que llaman de Alfaro, en esta ciudad que tiene de frente 131 y tercia varas y por el fondo se tendrá por su extensión hasta el caño de Xallitic, donde linda por el poniente; por el sur con terreno de los herederos de don José María Alfaro; por el norte con tierras de la ciudad; y por el oriente con la citada calle de Alfaro; debiendo excluirse de todo este terreno 12 varas de frente y 50 de fondo, que se le han vendido a doña Ana Josefa Márquez, 34 varas de frente y 20 de fondo a Florencio Zacarías y 57 y tercias varas de frente y 50 de fondo a José Rufino Rojas. Cuyos dos bienes raíces deslindados se le adjudican en precio de 750 pesos, de los cuales se le abonaron 481 pesos, 4 reales, 11 y cuarto granos que le corresponden, exhibiendo de contado 268 pesos, 3 reales y 3 cuartos de grano restantes, de los cuales doña María Merced Rodríguez y don Francisco González se dan por recibidos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0122 · Pièce · 1827/10/20
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

María Gertrudis Rodríguez, natural y vecina de esta villa, hija legítima de Juan Manuel Rodríguez y de María Mauricia Rodríguez, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser casada con don Francisco González, a cuya alianza no llevó bienes, y no han tenido hijos. Declara por bienes de sus citados padres una casita y unos pedacillos de terreno, resto de un solar, pero adeudados de una porción de créditos superiores a su valor. Declara que si pagados algunos otros picos, y purificado un crédito de consideración con su tía Candelaria Rodríguez, si resultara algo a su favor, como de algún residuo, y si hubiere aumento en sus bienes durante su matrimonio, lo que así fuere, quiere lo invierta y distribuya en bienes y sufragios por su alma y por la suya; a cuyo efecto lo nombra por su albacea fideicomisario, con todo el poder y facultad de albaceazgo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0009 · Pièce · 19/01/1803
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Domingo González de Castro, natural del reino de Galicia, en la feligresía de Santa Olaya, Arzobispado de Santiago, y residente en esta Villa, hijo legítimo de don Andrés González y doña Marta de Castro, difuntos, viudo de doña María Ignacia Díaz de Acosta, la cual a su vez era viuda de don Juan Rodríguez, del que tenía por hijos legítimos a María Gertrudis Rodríguez, casada con Francisco Javier de Olartegochea, y a María de Jesús Rodríguez; y el declarante tuvo por hijo legítimo con la citada María a don José Mariano González de Castro, Clérigo Presbítero, a quien nombra como albacea, junto con el Capitán don José de la Fuente, y como heredero universal a su citado hijo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0154 · Pièce · 1832/11/23
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Tomás Guevara, de quién da conocimiento don José Mariano Domínguez y don Juan Pedro Rivera, de esta vecindad, asegurando que es vecino de Puente Nacional, otorga que vende realmente al mismo Juan Pedro Rivera, una casa de piedra y lodo, cubierta de madera y teja, situada en esta ciudad y ubicada en sitios de los indígenas de ella, por el que se pagan de renta 5 pesos anuales; lindando por el oriente, calle en medio del Calvario, con casa de José Guillermo Rivera; por el poniente y sur, que es el fondo, con solar de Juan de la Cruz Sánchez; y por el norte con solar de los llamados Pascuales. Cuya casa ha estado en quieta y pacifica posesión por más de cinco años, sin reconocer otro gravamen que 80 pesos que sobre ella le prestó la señora María Gertrudis Rodríguez; y precisamente, con el objeto de cubrir esta cantidad, ha resuelto vender dicha finca. En cuya virtud hace esta venta en precio de 130 pesos, de los que ha recibido 21 y el resto que le entregará dentro de dos meses contados desde esta fecha. Y para mayor seguridad del adeudo, el comprador hipoteca la deslindada casa, la cual no podrá enajenar hasta que dicha cantidad este enteramente satisfecha.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0152 · Pièce · 1824/12/05
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco González, natural y vecino de esta villa, hijo de padres difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera, en el cual encarga a su albacea que dé 150 pesos a la cofradía del Señor de la Santa Veracruz de esta parroquia, 300 pesos para la curación y alimentos de las enfermas del hospital del Señor San José de esta villa. También ordena que a sus dos huerfanitos, José María Cornelio de ocho años y María Guadalupe de siete años de edad, se dé a cada uno 800 pesos, por tanto, hace legado en forma a cargo de su esposa doña María Gertrudis Rodríguez, a quién nombra por su tutora y curadora ad bona de los menores. Declara que habrá como diez años que contrajo matrimonio con doña María Gertrudis Rodríguez, siendo de estado doncella, de cuyo matrimonio no han tenido sucesión Declara que sus bienes y dependencias sabe su esposa las que son, que más o menos podrán ascender a 6 000 mil pesos adquiridos en su vida conyugal, por lo que ella le pertenece la mitad y además el monto de la deuda que con él tiene la casa que fue de sus padres, por lo que hace legado o donación en forma. Designa como albacea doña María Gertrudis Rodríguez, su esposa y el remanente que quedare, en atención a no tener herederos forzosos, lo distribuya en misas, bienes y sufragios por su alma. Finalmente revoca y anula cualquiera testamento, codicilo, poderes para testar u otras últimas disposiciones, que antes de este, haya hecho ya sea de palabra o por escrito; especialmente revoca el que otorgó en esta villa el 25 de agosto de 1821.

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